Algún abogado - asesor laboralista?

Karlos BMW

Curveando
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Bilbaino de Deusto, en Lardero (La Rioja).
Cuento un caso.

En una empresa de Construcción, hace 2 años a un amigo que le iban a hacer fijo después de trabajar como asalariado 3 años, le indicaron que sino le importaba que se hiciera autónomo, con los mismos derechos y obligaciones de asalariado.

Los autónomos se lo pagaban, aunque no me especificó si se lo pagaban en el salario o lo pagaba directamente la empresa, cosa que dudo.

Además, como le indicaron que iba a perder el paro a la hora de hacerse autónomo, le indicaron que consumiera paro y el resto a autónomos.

Ahora, resulta que con la crisis, se tiene que ir fuera, y sorpresa, sin paro ni nada.  :o

Ahora la empresa le critica que si está sin paro es por haberlo consumido, pero como el dice, que tiene que ver el hambre con las ganas de comer, cuando de lo que se trata es que no ha cotizado al paro durante los dos últimos años.

Por ahora tiene un mes.

Por lo que se ve, no tiene ningún tipo de contrato ... creo que dijo mercantil?

En teoría le deberían compensar por 45 días por despido improcedente, ya que el comenta que tiene trabajo, aunque están liquidando a la gente con 20 días.

Lo que ya es indignante, es que le intenten convecer que a falta de paro, pille una baja por depresión, y que deje de cotizar en autónomos para tener más líquido.

Yo he realizado alguna gestión y le he indicado que podría tratarse como un falso autónomo, al trabajar para una única empresa, en la misma empresa, y que llegado el caso, se podría llegar a Magistradura.


En todo caso, veo mal su caso.

Si fuera una multa, ya se la recurria yo, pero esto, se me escapa.  :-?
 
Re: Algún abogado laboralista?

No entiendo yo mucho del tema, pero si trabaja como automo para una empresa ésta puede alegar que contrata autonomos como si se tratase de una subcontrata, es decir, yo tengo un trabajo a realizar, puedo hacerlo con mis trabajadores o con una empresa externa (entiendase un autonomo que es tu amigo) o varias empresas o autonomos externos :-?
 
Re: Algún abogado laboralista?

Si, pero si desempeña el trabajo dentro de la misma empresa, con el mismo horario laboral, tal y como le comenté, pudiera darse el caso de que trabajara por lo que por ley considera un falso autónomo.

Y además, que si solo factura a esa empresa, a todos los efectos legales, debería considerarse como un empleado asalariado, con todas sus ventajas.

Es más, llegada una inspección de trabajo, y pidiera la documentación de dicho trabajador, por muy autónomo que fuera, podría comprometer a la empresa. :-?
 
Re: Algún abogado laboralista?

marcos dijo:
No entiendo yo mucho del tema, pero si trabaja como automo para una empresa ésta puede alegar que contrata autonomos como si se tratase de una subcontrata, es decir, yo tengo un trabajo a realizar, puedo hacerlo con mis trabajadores o con una empresa externa (entiendase un autonomo que es tu amigo) o varias empresas o autonomos externos :-?

En parte puedes tener razon, pero si previamente ha estado trabajando en esa misma empresa y llegado el momento de hacerle fijo, le "obligan" a hacerse autonomo y todas sus facturas son a esa empresa la sentencia mas probable en caso de ir a juicio es que el juez le considere fijo desde que se formalizo el primer contrato. Es un caso muy tipico y la mayor parte de las veces que se va a juicio las sentencias van en el sentido que te he expuesto.
Pero para una "comprobacion previa" que tu amigo amenace a la empresa con ir a juicio y a ver por donde salen.
 
Re: Algún abogado laboralista?

Karlos BMW dijo:
Si, pero si desempeña el trabajo dentro de la misma empresa, con el mismo horario laboral, tal y como le comenté, pudiera darse el caso de que trabajara por lo que por ley considera un falso autónomo.

Y además, que si solo factura a esa empresa, a todos los efectos legales, debería considerarse como un empleado asalariado, con todas sus ventajas.

Es más, llegada una inspección de trabajo, y pidiera la documentación de dicho trabajador, por muy autónomo que fuera, podría comprometer a la empresa.  :-?

Hace poco a una empresa en la que trabajaba una clienta le hicieron una inspeccion de trabajo. Ella estaba en autonomos y era la resposable del laboratorio.
Sentencia: Regimen general desde el primer dia que empezo a trabajar ya que en ningun caso se le considera autonoma a una persona que trabaja con horario impuesto, en el centro de trabajo de la empresa y con los medios de la misma.
Si demuestra esto tiene todas las de ganar
 
Parece que en la misma empresa, hay hasta 4 empresas, con el mismo domicilio social. :o

Por lo que me comenta, fué facturando a varias empresas. :-?

Toda la facturación de este año, figura a nombre de una, y los ingresos, se los realizan y figuran en la cuenta bancaria, como nómina. :o


Ya le he pasado el enlace a este post, aunque no tenga moto, que ayuda hay que pedírsela hasta al diablo. 8-)

No lo digo por el foro, en todo caso por un servidor. ;D ;D ;D
 
Hombre un poco colorao, con cuernos y rabo ::) no se si te he visto así alguna vez :P (lo digo por lo de diablo).
Mandame un privi si tu amigo es de Barna o alrededores, (tengo un buen amigo con un buffete de abogados, .... ) .

V'ss
 
Karlos, lo que ha dicho F650 esta muy encaminado, no obstante yo te aconsejaria que tu amigo si no lo esta se afilie a algun sindicato, yo por experiencia y no por ninguna otra cuestion los mas eficientes son los de CCOO, con esto conseguiria un asesoramiento y una representacion bastante coherente y a muy bajo coste.
Un saludo
 
Mi grano de arena:

Hace tiempo salió una ley que dice que si un autonomo trabaja en mas de un 80 % ( creo que es ese el porcentaje ) para un unico cliente, el autonomo tiene derecho a paro.

Como por ejemplo, un camionero, o un fontanero que trabaja para una empresa solamente.

Saludossssssssss
 
Chin dijo:
Mi grano de arena:

Hace tiempo salió una ley que dice que si un autonomo trabaja en mas de un [highlight]80[/highlight] % ( creo que es ese el porcentaje ) para un unico cliente, el autonomo tiene derecho a paro.

Como por ejemplo, un camionero, o un fontanero que trabaja para una empresa solamente.

Saludossssssssss

Estas en lo cierto, aunque la ley de autonomos lo cifra en [highlight]75 %[/highlight].
Pasate por aqui, hablan de ello;
http://www.laboral-social.com/medid...bajo-autonomo-economicamente-dependiente.html

Vssssssssssssss.
 
BLUE_BIRD dijo:
Karlos, lo que  ha dicho F650 esta muy encaminado, no obstante yo te aconsejaria que tu amigo si no lo esta se afilie a algun sindicato, yo por experiencia y no por ninguna otra cuestion los mas eficientes son los de CCOO, con esto conseguiria un asesoramiento y una representacion bastante coherente y a muy bajo coste.
Un saludo

Esto vamos a cojerlo con pinzas...

Sin ir mas lejos, a mi un "compañero" de la empresa, delegado sindical de CCOO, puso en las manos de la dirección un informe en el que pedía mi despido por no se cuantas faltas graves y muy graves, un delegado sindical pidiendo el despido de un trabajador.

Obviamente el tiempo me dió la razón a mi pero el mal trago, el disgusto y la rabia no me lo quita nadie.

>:( >:( >:( >:( >:(

Cada sección sindical es un mundo independientemente de siglas.
 
Juan Xixon dijo:
[quote author=BLUE_BIRD link=1219910795/0#8 date=1220003959]Karlos, lo que  ha dicho F650 esta muy encaminado, no obstante yo te aconsejaria que tu amigo si no lo esta se afilie a algun sindicato, yo por experiencia y no por ninguna otra cuestion los mas eficientes son los de CCOO, con esto conseguiria un asesoramiento y una representacion bastante coherente y a muy bajo coste.
Un saludo

Esto vamos a cojerlo con pinzas...

Sin ir mas lejos, a mi un "compañero" de la empresa, delegado sindical de CCOO, puso en las manos de la dirección un informe en el que pedía mi despido por no se cuantas faltas graves y muy graves, un delegado sindical pidiendo el despido de un trabajador.

Obviamente el tiempo me dió la razón a mi pero el mal trago, el disgusto y la rabia no me lo quita nadie.

>:( >:( >:( >:( >:(

Cada sección sindical es un mundo independientemente de siglas.
[/quote]

Yo he tenido 2 malas experiencia con los abogados de CCOO

Curiosamente las 2 iban en contra mia, y me hacian perder mucho dinero, ¿pero no me tenian que defender????

Que casualidad, que ningun abogado de prestigio trabaje para los sindicatos

Yo no los quiero ni ver.

Al fin lo barato sale caro.



Saludos ;) ;)
 
Chicos estamos llegando a unos extremos, que aunque no soy persona que escriba mucho, de ahora en adelante lo hare menos, vamos a ver si os ha ido mal, COÑO decirlo sin mas y a los demas, en este caso a mi dejarme en paz, que ni soy de uno ni del otro ni del de mas alla y de sabios esta el mundo lleno.
Saludos
 
Los autonomos aun no tenemos el derecho a paro pues no podemos aun cotizar..... vamos que le gobieno no ha crado la ley que permite cotizar por desempleo pese a contenplarlo el estatudo de autonomo que aprobaron la legislatura pasada, y ademas mis 15 años de cotización de autonomo anterior no sirve para nada.

Respecto a temas sindicales....... Existe una asociación de atonomos, que pagas unos 40 euros creo recordar, puedees incluir hasta 3 socios autonomos por esa cuota y te asesoran bastante bien (a mi no me ha ido mal aun)

ATA se llama, y ademas tien el detalle de usar un telefono 900 (gratis hasta desde una cabina o el movil ) y no un 901 o 902 que no es gratis ni con tarifa plana de llamadas con el fijo..

Te dejo el telefono:

900-100-060


Por ciento si consumio el paro, (encima mientras trabajaba >:( y los demas cotizabamos) esa suetre tuvo, pues ahora no tendria derecho tampoco.

P.d. si podeis evitar el ser autonomos, evitarlo, es un rollo macabeo sin derecha a nada, mas que a medico y sin segunda opinión.
 
Por lo que me ha contado, ha pedido a la empresa 45 días de indemnización por despido improcedente dado la carga de trabajo que tiene, totalmente justificable, así como el equivalente a 4 meses de paro por los 8 correspondientes no cotizados.

En cuanto a que la empresa sigue erre que erre con que agotó el anterior paro, el comentó que eso fué un punto y a parte, por los malos consejos de la empresa, y que el problema es que no ha cotizado los dos últimos años, cosa que desconocía.

Creo que comenté que estuvo en paro una temporada, se dió de alta en aútonomos y solicitó el pago único o algo así, para la actividad. :-?

Por tanto, yo entiendo que no cobró el paro mientras estaba trabajando, ya que si una persona se da de alta en el IAE, el INEM le deniega cualquier tipo de prestación por desempleo. ::)
 
si no hay contrato mercantil por medio en el que figure la indemnización lo tiene complicado, aun así podría ir a la inspeccion de trabajo de su provincia y comentar que aunque esta de alta en el regimen de autonomos el horario, los medios, la facturacion y todo lo que se le ocurra lo pone la empresa que le paga, así la inspeccion le hará una visita a la empresa y recabara toda la documentación en relacion con ese "autonomo" y determinará y si le es aplicable el regimen general o no. Si determinan que sí le harán cotizar a la empresa en el regimen general por el tiempo que estimen y por tanto el trabador cotizaria al desempleo.
 
Karlos BMW dijo:
Creo que comenté que estuvo en paro una temporada, se dió de alta en aútonomos y solicitó el pago único o algo así, para la activida0d



Karlos BMW dijo:
Por tanto, yo entiendo que no cobró el paro mientras estaba trabajando, ya que si una persona se da de alta en el IAE, el INEM le deniega cualquier tipo de prestación por desempleo.  

Correcto, cobro el paro, aunque no trabajando, una opcion que eligen muchos que se instalan como autonomo.

Una vez cobrado, no le queda derecho a paro por esa cotización al haberla agotado, y el tiempo cotizado por autonomo no tine derecho a paro.

¿los ultimos 2 años no ha cotizado como autonomo?

Que la empresapara la que trabajaba  lo ha engañado... casi seguro, pero una vez que es autonomo, la empresa es el.

A menos que consiga el reconocimiento de autonomo economicamente dependiente o algo asi que se aprobo hace poco en el nuevo estatuto de autonomo.
 
Karlos BMW dijo:
Una pregunta.  :-?

Como calcula el salario diario?  ::)

Entiendo que es la base por [highlight]14 pagas[/highlight], entre 12 y entre 30 días.  :-?

Depende del convenio. Puede ser por 14, 15 o 16, habria que mirarlo.
 
Karlos BMW dijo:
Si tiene 12 pagas y dos extras, el salario diario será el [highlight]salario base [/highlight]/ 30 días.  ::)

No exactamente. El salario diario seria la [highlight]base de cotizacion [/highlight]entre 12 ya que, como los seguros sociales se pagan 12 veces al año, en la base de cotizacion estan incluidas [highlight]todas[/highlight] las pagas. Si te fijas, un paga extra solo tiene como deduccion la retencion de IRPF. Esto es asi salvo que tenga algun concepto en la nomina por el cual no cotice a la seg. social como es el complemento por transporte.
 
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