Venturello
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Estoy considerando alquilar mi casa, vivienda habitual, e irme a un piso más pequeño, por unos años. Es una casa grande (unos 260m2 de area), seminueva (2 años), bien ubicada, con vistas, en un pueblo muy guapo con muy buen transporte (autopistas, tren de cercanías) - Sant Quirze del Vallés.
Como pago hipoteca sobre ella, para mi el riesgo de impago en un alquiler es bastante peligroso. He estado investigando formas de reducir este riesgo, me han sugerido pedir un aval alto (una anualidad, por ejemplo) pero se hace más difícil encontrar inquilinos. Una de las opciones muy interesantes que he encontrado es la corte de arbitraje. Ver documentos anexos en orden (siento la calidad mala, es una foto y no un scanner, y la página web de esta entidad está 'en mejoras').
Básicamente, el inquilino acepta que un tercero, la corte de arbitraje, haga como arbitro en caso de problemas y que su juicio se lleva a ejecución rápidamente. Ventajas para los inquilinos, menos requisitos de avales, trabas, etc, más viviendas disponibles. Ventajas para los arrendatarios, las obvias. Por lo que dicen, está amparado totalmente por la ley y ante impago, en menos de 3 meses tienes la persona en la calle.
Si esto funciona así, junto a un aval de 3 meses, se me hace como algo muy seguro.
Las preguntas, ya se las pueden imaginar:
Algo más que tengo que hacer, es hablar con un asesor fiscal sobre el efecto que tendrá sobre mi IRPF el hecho de tener una renta por alquiler, no residir en mi vivienda, etc.
Gracias por los comentarios,
Juan Miguel Venturello
Como pago hipoteca sobre ella, para mi el riesgo de impago en un alquiler es bastante peligroso. He estado investigando formas de reducir este riesgo, me han sugerido pedir un aval alto (una anualidad, por ejemplo) pero se hace más difícil encontrar inquilinos. Una de las opciones muy interesantes que he encontrado es la corte de arbitraje. Ver documentos anexos en orden (siento la calidad mala, es una foto y no un scanner, y la página web de esta entidad está 'en mejoras').
Básicamente, el inquilino acepta que un tercero, la corte de arbitraje, haga como arbitro en caso de problemas y que su juicio se lleva a ejecución rápidamente. Ventajas para los inquilinos, menos requisitos de avales, trabas, etc, más viviendas disponibles. Ventajas para los arrendatarios, las obvias. Por lo que dicen, está amparado totalmente por la ley y ante impago, en menos de 3 meses tienes la persona en la calle.
Si esto funciona así, junto a un aval de 3 meses, se me hace como algo muy seguro.
Las preguntas, ya se las pueden imaginar:
- Alguien conoce esta entidad, ha tenido experiencia con ellos?
- Sabeis si es legitima, si lo que ofrecen es efectivo? No me generó confianza la página web... http://www.cortearbitraje.es/ (cualquiera registra un dominio y una página sencilla en un servidor en algun lugar.
- Algún otro medio existente para alguien que quiere alquilar pero no tiene un pastón y tiene una hipoteca que pagar sobre ese inmueble cada vez?
Algo más que tengo que hacer, es hablar con un asesor fiscal sobre el efecto que tendrá sobre mi IRPF el hecho de tener una renta por alquiler, no residir en mi vivienda, etc.
Gracias por los comentarios,
Juan Miguel Venturello