Sacado de El Periodico, http://www.elperiodico.com/default....&idnoticia_PK=354392&idseccio_PK=1022
BCN prohibirá aparcar motos en las aceras que no dejen tres metros de paso
AGENCIAS
BARCELONA
El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado la propuesta de modificación de la ordenanza de circulación de viandantes y vehículos que prohíbe el estacionamiento de motos y la circulación de bicicletas y patines por la acera cuando no dejen un mínimo de tres metros de anchura libres para los peatones. Los usuarios que no respeten esta normativa serán sancionados.
La reforma, que puede entrar en vigor el próximo mes de enero, supone un endurecimiento de la actual normativa, de acuerdo con las nuevas posibilidades que contempla la Carta Municipal, y pretende garantizar que los viandantes dispongan siempre de un espacio mínimo de tres metros de acera, con el objetivo de "garantizar la convivencia de todos los usuarios" de la vía pública, según el consistorio.
Prohibido estacionar ante paradas de bus
De esta manera, las bicicletas podrán circular por las aceras, siempre y cuando tengan una anchura mínima de tres metros o, en caso de tener una mayor superficie, permitan que el peatón pueda circular libremente en un espacio de tres metros, según ha explicado en rueda de prensa el portavoz del ayuntamiento, José Cuervo.
De la misma manera, el estacionamiento de motocicletas en las aceras deberá permitir que el paso para los peatones tenga un mínimo de tres metros, prohibiendo el aparcamiento en aceras de menos superficie.
Además, se prohíbe especialmente el estacionamiento de vehículos de dos ruedas en la acera frente a una reserva de aparcamiento para discapacitados o paradas de transporte público, y establece que los motoristas deberán acceder a la acera con el motor parado y sin ocupar el asiento. Solo se prevé utilizar la fuerza del motor para salvar los desniveles de la acera, sin que se pueda acceder por los pasos destinados a peatones.
Inmovilización de vehículos
Los patinadores se regirán por la misma normativa de circulación que los ciclistas, aunque con el agravante de que tendrán el paso prohibido en las zonas con aglomeraciones, entendiendo como tal aquellas calles en las que no se puede circular más de cinco metros en línea recta, como podría ser el caso, en algunas horas del día, de la Rambla de Catalunya y el Portal de l'Àngel, por ejemplo.
Por otra parte, la nueva normativa establece la posibilidad de inmovilizar los vehículos en circulación si los usuarios no presentan el seguro obligatorio o bien no han renovado a tiempo el permiso de conducción.
De la misma manera, la Guardia Urbana podrá intervenir cautelarmente el permiso de circulación por el uso indebido de señales acústicas, la emisión de humos o gases contaminantes o la producción de sonidos molestos graves o reiterados. En este caso, el titular tendrá un plazo de cinco días para solucionar las deficiencias detectadas en su vehículo.