¡AYUDA! EN LA M-30 A 109 Km/h = 92€

JESUS_RT

Curveando
Registrado
24 Ene 2005
Mensajes
2.886
Puntos
113
Ubicación
Marina Alta (Alicante)
Hola, es la primera vez que hago una consulta en este apartado por lo que ruego disculpas si este tema es recurrente.

El caso es que me ha llegado una multa del AYUNTAMIENTO DE MADRID por exceso de velocidad; nada menos que la escalofriante velocidad de 109 km/h en la M-30 (vía con 4 carriles) estando limitada a 90 km/h.

No me han mandado foto ni nada parecido y lo que me ha llegado es el requerimiento para que identifique al conductor (la moto está a nombre de mi empresa), que era yo, claro.

¿Tengo alguna forma de recurrirla o directamente "aflojo" la pasta?

Otra consulta (ya aprovecho), me llegó una multa de 300 € por no identificar al conductor de mi coche en una multa de aparcameinto ¿tengo algo que hacer?

Llevo un año que me han puesto más multas que en toda mi vida:  5 de aparcamiento, 2 de velocidad (300 €) y una de no identificar al conductor (300€) ... ¡este mes trabajo para la Administración![/size]
 
Yo pagaría las multas, sinceramente, ya que no se puede hacer mucho en estos casos. Puedes pasarte por la concejalía de hacienda (o tráfico), donde tengan los expedientes para ver si te pueden enseñar la foto. Como tengan la prueba gráfica, ahí hay poco que hacer. Con lo que respecta a la multa de aparcamiento, pues me parece que más de lo mismo, a no ser que puedas probar de alguna manera que tú no conducías el coche en ese momento. :-/


Saludos.
 
Estás en tu derecho de pedir la foto. Puede que tengas suerte y no aparezca, y si no hay foto no hay multa. Esto le pasó a un hermano mio en diciembre y se libró de la multa.

Lo de no declarar al conductor solo sirve para pagar una multa extra de 300 euracos. En tu caso te podría venir bién si la sanción implicara una retirada temporal del permiso de conducir, ya que por 300 euros te libras de la retirada, y no le van a quitar el carnet a la empresa.

;)
 
en la denuncia por estacionamiento deberias identificar al conductor y ahorrarte los 300 € ya que esta no comporta retirada del carnet, lo que me parece de mucho morro es que el ayuntamiento exija la identificacion en un estacionamiento ya que es una denuncia estatica, no dinamica y se denuncia al vehiculo independientemente de quien sea su conductor, que en esa infraccion carece de importancia
 
marcos dijo:
en la denuncia por estacionamiento deberias identificar al conductor y ahorrarte los 300 € ya que esta no comporta retirada del carnet, lo que me parece de mucho morro es que el ayuntamiento exija la identificacion en un estacionamiento ya que es una denuncia estatica, no dinamica y se denuncia al vehiculo independientemente de quien sea su conductor, que en esa infraccion carece de importancia

La denuncia por exceso de velocidad debe ir acompañada de la prueba practicada, en este caso, la foto en la que se demuestra que el vehículo infractor circulaba a una velocidad fuera de la permitida. Estás en tu derecho de efectuar un pliego de descargo exigiendo tal prueba. En caso contrario, considero que la denuncia carece de base para seguir adelante.

En cuanto a la denuncia por no identificar al conductor infractor, no te sería más cómodo identificarte como el infractor y ahorrarte así esos 300€? Me parece una decisión mucho más lógica.
 
Primero vete reuniendo la pasta porque lo mejor es pagar pero de todas formas haz un recurso por el exceso de velocidad pidiendo la fotografia (asi la tienes de recuerdo) y que te demuestren que el aparato está calibrado y ha pasado sus pertinentes revisiones.
 
Pues muchas gracias a todos por los consejos.

Reclamaré la multa de velocidad (identificándome como conductor) a ver si suena la flauta...

En la de los 300 € por no identificar al conductor me temo que ya no puedo hacer nada porque cuando me llegó la multa de aparcamiento no leí lo de la identifiación y se me pasó el tiempo, por lo que ahora creo que no me queda otra que pagar.

De todas formas, como bien decíais, es injusto que en una multa de aparcamiento te exijan decir quién conducía cuando el coche estaba parado... es un contrasentido. No se si por ahí puedo hacer algo...

Muchas gracias, un saludo:

Jesús
 
JESUS_GS dijo:
De todas formas, como bien decíais, es injusto que en una multa de aparcamiento te exijan decir quién conducía cuando el coche estaba parado... es un contrasentido. No se si por ahí puedo hacer algo...

La verdad es que yo es la primera vez que lo veo.
Como te dice Marcos más arriba, las multas por infracciones estáticas no llevan consigo la identificación del conductor. Si no está identificado se remite al domicilio que figura en el permiso de circulación y a nombre del propietario y listo.
Igual con la copia de la denuncia me acercaría a la Oficina de Tráfico correspondiente y pediría que me lo explicaran que también puede tratarse de un error.......que la gente también se equivoca. :-/
 
Creo que el ayuntamiento de madrid por sistema lo primero pide identificación de conductor, aunque el vehículo esté estacionado, basándose en que el culpable es el que ha dejado el coche allí, sea o no el dueño, tiene su lógica, no?
Saludos
 
En la multa de exceso de velocidad, como dicen otros foreros, pide la foto, y además si no viene en la denuncia la homologación, ni la última revisión del radar, también solicítala (tienen obligación de enviarlo). Seguramente tendrás que pagarla, pero a lo mejor con suerte entre tanto trámite la notitificación se traspapela y pasa el plazo, o la homologación y la revisión no son correctos (no recuerdo cuando había que hacerla).

En cuanto a la denuncia de aparcamiento, si es en doble fila, ¡ojo!, los controladores de la hora no pueden denunciarlo, no tienen competencia en materia de tráfico, ahora si han sido los agentes de movilidad mal asunto.


un saludo, suerte y v´sssssssss.
 
respecto a la multa por ir a 109 Km/h en una via limitada de 90 km/h no te salva ni la caridad, porque tienes de margen un aproximadamente 10%, eso serian 99 km/h
lo unico que se me ocurre es que si has tenido ultimamente algun conocido que haya fallecido, dios no lo quiera, endosarsela a el, no creo que le importe que le reitiren el carne de conducir por impago,
suena macabro pero ultimamente lo lei en algun sitio que habia gente que lo hacia, hay que tener estomago, V,s
 
A un conocido,en una recta,limitada a 50km/h y cogido a 90km/h,suspensión d carnet por un año y más d 1.000 euros d multa... :o :o :o :o :o

Si es q tienen q recaudar...

Eso es un abuso total. :-/

P.D. La recta está en una carretera nacional sin ningún paso por población.

Saludos.

TOFF. :-*
 
Para el recurso, pide la foto, la homologacion del cinemometro, la revision por el organismo de metrologia correspondiente, la capacitacion de quien lo está usando (para ese modelo concreto) y, sobre todo.... pide la foto y que se te vea a ti solo..... como salga tan solo un piquito de otra moto o de una lata.... ya puedes aducir que quien iva a esa velocidad era el otro y a ti te estaban adelantando......


V´sssssssssssss pa tos
 
El conductor era Omar Yussuf al Wazziri residente en La República de Tunicia, de vacaciones en España amigo tuyo por Internet.   Su dirección es Bab el Khadra, 12 - Tunis.   8-)

Que no, que es broma, que esto no se debe hacer. ::)
 
En cuanto a la denuncia de velocidad tienes el derecho a que la administracion que instruye el expediente sancionador, mediante escrito de alegaciones a la misma, te aporte a ti como administrado y parte en el procedimiento, las pruevas solicitadas y oportunas.
(por ejemplo la foto). y si la sancion fuere acompañada de la retirada del permiso de conducir, evidente que tendrias que identificar al conductor.

Lo de la identificación del conductor en una denuncia por estacionamiento(puro y llano) , y se sobrentiende que éste esta ausente en el momento, pues es la primera vez que lo oigo.
 
Bueno, pues muchas gracias por las ideas y las orientaciones respecto a la documentación a exigir para la reclamación.

De momento he presentado un pliego de descargo contra la multa de identificación del conductor estando el coche estacionado y para la de velocidad de 109 km/h he presentado la identificación del conductor (que soy yo mismo en el mismo docimicilio que la empresa), a ver si entre pitos y flautas la cosa se alarga o se pierde en el limbo (lo dudo)

Me ha llegado también otro embargo de Hacienda directamente por otra multa de velocidad (a 73 km/h... ¡voy como loco!) de 240 €. He llamado a Hacienda y me dicen que todos los organismos oficiales han llegado a un acuerdo con Hacienda para que sean ellos los que ejecuten los procedimientos de ambargo y luego tu ya te entiendes con la administración que sea y si tienes razón ya te lo devolverán, pero de momento ellos te pegan el palo a la cuenta corriente. Efectivo de verdad.

Bueno, a ver cómo acabo de todo esto porque voy a tener que montar un equipo de abogados para que me siguan las multas...
 
Pues con la multa de radar has tenido mala suerte ya que en principio en límite de 90 se debe sobreseer hasa los 106 km/h, comenzando a denunciar la infracción a partir de los 107 (la multa es la misma normalmente de 107 a 123 km/h). Algunos tienen la picaresca de pagar aprovechando el 30% de descuento y después de eso recurrir la denuncia, pero no suele colar. Al final, te reclaman el 30% que no pagaste antes...
Respecto a lo del estacionamiento creo que no se hace en todos los sitios igual. Yo siempre he dado por sentado que se notifica la denuncia al titular del vehículo para que identifique al conductor responsable de la infracción, y si no los 300 € que dices, que por cierto ahora va de los 310 a los 1500 €, dependiendo de la infracción que se haya cometido (te ponen el doble de la cuantía de la infracción cometida con un mínimo de 310).
Vs
 
Certifico y doy fe que, al menos también en Vitoria-Gasteiz, una multa de aparcamiento de 30€ en la cual no se identifica al conductor se convierte en 300€. Eso es un problema muy gordo para las empresas en las cuales los vehículos se rotan aleatoriamente dependiendo de las necesidades. Y al igual que a Jesus se nos pasó el tiempo.

A joderse y a pagar. Absurdo
 
Atrás
Arriba