ayuda multa grave

pablo_k1200r

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11 Abr 2008
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hola a todos

el tema es el siguiente:
tengo una multa de radar por circular a 113 estando limitado a 60km me sacaron la foto pero solo sale la parte delantera de la moto es decir la matricula no se ve, me pararon me sancionaron y estando la moto parada me sacaron una foto de la matricula, he recurrido dos veces y nada

mi pregunta es me merece la pena ir al juzgado o me fastidio y pago y a ir con mas cuidado la proxima

la multa son 450 euros y un mes de retirada y es de enero de este año

gracias
 
si te pararon despues tal como cuentas... to que tu no recurriria te darà igual :( :(, tas jodio :-?
 
Si no se ve la matrícula en la foto dudo que te puedan multar, la verdad. Cual es la prueba ? Una foto de tu matrícula hecha por un agente ? Y quien dice que esa moto eras tu ?? La foto de la matricula no creo... ya que no te la ha hecho un radar.....

Cuantos tenemos por ejemplo una GS roja, vamos en vaqueros y una chupa negra y llevamos un system V negro ?


Y toda manera, ojo que a 113 en zona 60 es un buen despiste !! ( no lo juzgo, lo comento...)


Alguien puede aportar más luz ?
 
Ayer pararon a dos motos... el primero era yo (60km/h en limitación 60 km/h y el segundo..... 182 km/h en limitación de 60 km/h...)... porque me avisó un compañero, me hubieran pillado (no a 180 pero sí a más de 60). A la media hora, me dan la salida tras saber que no era yo... al de atrás, me temo que le pusieron algo más que la espera.

Una lástima por exceso o defecto...
 
No tienes nada que hacer en este caso,si te sacan la foto y te paran unos metros más adelante no importa que el radar no sacara la matrícula,supongo que serías la única moto en pasar en ese momento.Me pasó algo similar y palmé.
 
mbereng3 dijo:
Si no se ve la matrícula en la foto dudo que te puedan multar, la verdad. Cual es la prueba ? Una foto de tu matrícula hecha por un agente ? Y quien dice que esa moto eras tu ?? La foto de la matricula no creo... ya que no te la ha hecho un radar.....

Cuantos tenemos por ejemplo una GS roja, vamos en vaqueros y una chupa negra y llevamos un system V negro ?


Y toda manera, ojo que a 113 en zona 60 es un buen despiste !! ( no lo juzgo, lo comento...)


Alguien puede aportar más luz ?


Hombre, vamos a ver:

1-La prueba es que al estarle notificando la sanción el esta alli.
2-La moto tambien esta alli, no ha llegado sola.
3-A mi corto entender la foto es irrelevante, tienen la moto y al conductor en un contencioso la cosa la veo cruda, cruda a ver si un letrado da su parecer.

Un saludo ;)
 
Mi opinión como Abogado:

El caso es defendible, siempre y cuando, la distancia entre el radar, y los agentes que te pararon impida a estos últimos ver el primero, bien porque sea una distanica considerable, bien porque existan curvas o edificios que impidan la visión.

En juicio, existe la presunción de veracidad de lo señalado por los agentes, salvo prueba en contrario; por lo tanto, en ningún caso podrás rebatir que te pararon a la hora que fuese, y que tu moto era la que consta en el boletín de denuncia.

Ahora bien, si dichos agentes no tenían visibilidad, no podrán acreditar que tu moto fue la que pasó por el radar, entre otras cosas, porque podría haber sido cualquier otra moto igual a la tuya, que se desvió al ver la foto, o que paró antes, o lo que sea. Siempre, suponiendo que el radar fuese fijo, y que no hubiese otros agentes junto a él, porque entonces estarías igualmente jodido, si ratificasen que la moto del radar coincide con la matrícula de la tuya.

Hay que tener en cuenta que lo que el radar acredita de forma objetiva, es la velocidad de paso; la identificación del vehículo, puede realizarse de muchas maneras, ya sea por la matrícula, en caso de la foto, ya sea por otros medios de prueba. Lo que exije la Ley, es objetividad en la medición, lo cual sólo se logra con medios técnicos, lo demás, se puede probar de cualquier otra forma.

Mi opinión personal:

Salvo que tengas un colega Abogado, date por jodido, pues el recurso contencioso-administrativo te va a salir más caro que la multa, pues es necesario comparecer asistido de Abogado (el Procurador es voluntario).

A veces los agentes no comparecen a ratificar el boletín, y los jueces absuelven

Suerte, y ve con más cuidado con los paparazzi
 
zapatas dijo:
[quote author=mbereng3 link=1225118600/0#2 date=1225127642]Si no se ve la matrícula en la foto dudo que te puedan multar, la verdad. Cual es la prueba ? Una foto de tu matrícula hecha por un agente ? Y quien dice que esa moto eras tu ?? La foto de la matricula no creo... ya que no te la ha hecho un radar.....

Cuantos tenemos por ejemplo una GS roja, vamos en vaqueros y una chupa negra y llevamos un system V negro ?


Y toda manera, ojo que a 113 en zona 60 es un buen despiste !! ( no lo juzgo, lo comento...)


Alguien puede aportar más luz ?


Hombre, vamos a ver:

1-La prueba es que al estarle notificando la sanción el esta alli.
2-La moto tambien esta alli, no ha llegado sola.
3-A mi corto entender la foto es irrelevante, tienen la moto y al conductor en un contencioso la cosa la veo cruda, cruda a ver si un letrado da su parecer.

Un saludo ;)
[/quote]

A ver, que la moto y el conductor estan, está claro. Que en una multa de velocidad la identificación del vehículo sea irrelevante, no me parece tan claro.

Si por ejemplo hay un cruce o el agente no alcanza a ver el trozo entre el radar móvil y él mismo de manera completa, no veo que sea tan claro. Si la foto fuera por atrás no habría la más mínima duda, pero de cara, sigo sin tenerlo muy claro. Creo que un abogado podría defenderlo si se diera alguna de estas circunstancias.

Saludos a todos :)
 
Si es radar fijo todo lo que decís de que el agente ha de ver y tal es posible que tenga un fundamento, pero... si es un radar movil (tipo turismo aparcado fuera de la calzada o en la parte practicable del arcen) normalmente hay un agente dentro del vehiculo que es el que marca los vehiculos y lo notifica a los que estan esperando.
 
Jethro_Tull dijo:
Si es radar fijo todo lo que decís de que el agente ha de ver y tal es posible que tenga un fundamento, pero... si es un radar movil (tipo turismo aparcado fuera de la calzada o en la parte practicable del arcen) normalmente hay un agente dentro del vehiculo que es el que marca los vehiculos y lo notifica a los que estan esperando.


Es evidente que se trata de un radar móvil con agente que marca los vehículos a denunciar, ya que un radar fijo no marca esos vehículos a los agentes, (y menos de cara) por lo que los agentes no sabrían en ese momento la velocidad de paso del vehículo.
 
Y pregunto yo: En lugar de pensar en el posible recurso de la multa, que, además, sabes que fuiste merecedor de ella (por lo que cuentas, claro), ¿no sería mejor que pensaras en aprender del error y aplicarte para la próxima vez? Que una cosa es pasarte un poco en la velocidad y otra es ir casi al doble de lo permitido :o. Después nos quejamos que nos restringen con las leyes que saca el Pere Navarro, pero es que a veces se lo ponemos a huevo :-/.

Saludos :).
 
lceman dijo:
Y pregunto yo: En lugar de pensar en el posible recurso de la multa, que, además, sabes que fuiste merecedor de ella (por lo que cuentas, claro), ¿no sería mejor que pensaras en aprender del error y aplicarte para la próxima vez? Que una cosa es pasarte un poco en la velocidad y otra es ir casi al doble de lo permitido :o. Después nos quejamos que nos restringen con las leyes que saca el Pere Navarro, pero es que a veces se lo ponemos a huevo :-/.

Saludos :).

Si te fijas bien, en como es la cosa. Todos los radares móviles, se colocan en zonas de circulación a 60 Km/h., tal como comentan mas arriba, o si no el 90% de los casos que yo conozco.
Recriminarle que iba muy rápido, que aprendas del error y tal, me parece fuera de lugar, a una persona que ha tenido la impotencia de haber sido cazado por un radar.
No se si alguien de los que comentáis, habéis sufrido dicha multa, pero es traicionera, están emboscados literalmente y su único afán es recaudatorio, o casi el 99% de los casos. El espíritu de la norma, es el de evitar accidentes y regular el trafico. La prevención y no la recaudación.
No digo yo, que estuviera bien el exceso de velocidad, pero en carretera de montaña o cualquier otro lado, que marque 50, piénsalo ¿tu vas, a esa velocidad en moto?
No hablo de circular en ciudad o zonas urbanas, con peligro evidente para otros vehículos o personas. También las señales de 50, tienen su cometido y función, en muchos casos.
Pero no seré yo el que recrimine, porque un despiste lo tiene cualquiera.
Cada cual tiene su opinión y yo solo dejo la mía.

Un saludo a tod@s
 
pablo k1200r dijo:
hola a todos

el tema es el siguiente:
tengo una multa de radar por circular a 113 estando limitado a 60km me sacaron la foto pero solo sale la parte delantera de la moto es decir la matricula no se ve, me pararon me sancionaron y estando la moto parada me sacaron una foto de la matricula, he recurrido dos veces y nada

mi pregunta es me merece la pena ir al juzgado o me fastidio y pago y a ir con mas cuidado la proxima

la multa son 450 euros y un mes de retirada y es de enero de este año

gracias  

recurristes dos veces y nada (no responden o k?)
les entrastes por aki ::)
Así mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 35 e) de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre y 79.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por R.D. Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo, les solicito que me envíen fotocopia ó copia de todos los documentos que obren en el expediente sancionador, haciendo especial referencia no solo al boletín de denuncia del Agente actuante, sino también a la prueba fotográfica y certificados del cinemómetro.

III.- Solicito que con relación al medio mecánico con que se midió la velocidad señalada se me faciliten sus datos y entre ellos, en concreto los siguientes:
1.- Marca y modelo del Cinemómetro utilizado.
2.- Número de la antena del aparato con que se hizo la foto prueba de la denuncia.
3.- Número del equipo en el que está implantada la antena.
4.- Fecha de la aprobación individualizada, es decir, del aparato en concreto con que se detectó la infracción.
5.- Fecha de la revisión anual comprensiva de la fecha de la denuncia.
6.- Fecha de la revisión última que haya sido efectuada en el aparato cinemómetro o en cualquiera de las partes que lo componen, realizada con ocasión de alguna reparación que tras su revisión anual haya sido necesaria por avería u otra circunstancia similar.

IV.- Asimismo, se solicita certificado de aptitud para manipular el cinemómetro, por los Agentes denunciantes, ya que el funcionamiento de estos aparatos es de alta precisión y cualquiera de las operaciones previas que se realizan manualmente, puede modificar la velocidad detectada, en cuyo caso esta posible medición puede resultar errónea. Y, por supuesto, comprobar las pruebas de inicio del carrete como prueba de buen funcionamiento del radar en su conjunto (equipo de motor). En caso de haber más de un vehículo en el fotograma, solicito sea comprobado mediante plantillas que la infracción corresponde a mi vehículo y no a otro u otros. Saber la posición del Vehículo-Radar en ese momento con relación a la línea de calzada y si ésta es recta o curva, pues los dos extremos varían totalmente la velocidad controlada por el radar, y no sería correcta en curva y dependiendo igualmente del carril que ocupara el vehículo infractor en ese momento; todo ello dice mucho sobre la veracidad o no de la velocidad controlada en ese momento.


si kieres mas por privi :)
 
Perdona pero todo eso que pide el recurso es una tonteria como una catedral...es el viejo dicho de los punkies, cuando esté todo perdido aún nos queda el molestar, ante una infracción administrativa de tráfico el que debe demostrar su "inocencia" es el infractor, y por muchos papeles que pidas no te van a dar mas que la foto, ya que el numero de antena y la marca y modelo del cinemometro, que son los datos que han de constar, ya han de venir en la denuncia, por lo tanto para que pedirlo otra vez, y si no te contestan pues se trata del silencio administrativo, con lo cual o te queda solo el recurso de reposición o te vas al contencioso administrativo, que seguro que te cuesta mas caro que pagar la multa, eso sí, tendrás tiempon de ahorrar para pagarla.
No te comas el coco, ibas rápido, te han cazado, te han parado y notificado la denuncia en persona, apechuga y págala, o no la pagues tu mismo, pero espero que no tengas cuentas, pisos, motos etc.. a tu nombre o pringarás igualmente...
 
hola a todos y gracias por las respuestas,

en mi caso como en la malloria estaban a recaudar estaban colocados escondidos detras de un muro yo iba por la nacional y aun no se por que motivo habia una señal de 60 km "que tube que dar la vuelta para verla" y ni me di cuenta.

pero eso a ellos no les interesa cazado y punto pero fastidia un poco bastante creo que voy a pagar y listo, como tengo el carnet de conducir camiones creo que puedo hacer un curso de recuperacion de puntos por año

gracias un saludo
 
pablo k1200r dijo:
hola a todos y gracias por las respuestas,

en mi caso como en la malloria estaban a recaudar estaban colocados escondidos detras de un muro yo iba por la nacional y aun no se por que motivo habia una señal de 60 km "que tube que dar la vuelta para verla" y ni me di cuenta.

pero eso a ellos no les interesa cazado y punto pero fastidia un poco bastante creo que voy a pagar y listo, como tengo el carnet de conducir camiones creo que puedo hacer un curso de recuperacion de puntos por año

gracias un saludo  

tu mismo   :)

http://www.dgt.es/portal/es/oficina...n_puntos/?tit=Curso de Recuperación de puntos
 
En el caso de la carretera del pardo (madrid), está limitado a 60 km/h porque eran las señales que quedaban en el "camión de poner señales en las carreteras"... vale que es parque natural, que se cruzan ciervos (¿?... si los tienen aislados con una valla, coño), que en una recta con 1 km de visibilidad te limiten a 60 no tiene sentido (insisto, no me cazaron porque me avisó otro motero que volvía de verlos).

SÍ. ESTÁN EMBOSCADOS ENTRE ARBUSTOS. NO ES POR MI SEGURIDAD. (sólo es para recaudar).

Siento lo que te ha pasado. No encuentro forma de sacarte la multa.
 
sin entrar en mas valoraciones,solo decir que a mi me hicieron una foto en las mismas circustancias ya casi dos años,se lo di a devuelta recursos de multas, y me dijeron como muy inportante si se veia el lugar de la foto desde donde me pararon en mi caso no se ve, los guardias que a mi no me hicieron foto posterior.para ellos(devuelta) en un 90% me olvide de la multa.suerte y recurre es mi consejo.un saludo.
 
La solución está en respetar los límites de velocidad. Creo que en algunos casos no están muy justificados pero es así. A mi también me han puesto alguna multa por exceso (ninguna de pérdida de puntos) y creo que la única forma de librarse de los radares tricioneros es ésa.

Saludos.
 
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