En otro hilo tagomago me ha mandado un enlace estupendo con la legislacion de cada comunidad sobre la circulacion fuera de pistas.
http://www.quadtreros.com/spa/subcategory/qua02/SF086.html
Despues de leerlo todo no entiendo casi nada, y eso que acabe la EGB. ;D
Si yo voy por una carretera asfaltada y me salgo por un camino de tierra que veo y no hay ninguna señal ni abro ninguna valla ni nada, estoy en una via pecuaria y por tanto ilegal?
Como se si una via es historica o no?
La ley de montes dice: La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar.
Como se si la pista por la que voy pertenece o no a la red de carretaras?
Cual es la servidumbre de paso que ha lugar?
http://www.quadtreros.com/spa/subcategory/qua02/SF086.html
Despues de leerlo todo no entiendo casi nada, y eso que acabe la EGB. ;D
Si yo voy por una carretera asfaltada y me salgo por un camino de tierra que veo y no hay ninguna señal ni abro ninguna valla ni nada, estoy en una via pecuaria y por tanto ilegal?
Como se si una via es historica o no?
La ley de montes dice: La circulación con vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras quedará limitada a las servidumbres de paso que hubiera lugar.
Como se si la pista por la que voy pertenece o no a la red de carretaras?
Cual es la servidumbre de paso que ha lugar?