Coincidencia baja laboral y dias baja Forense

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BANDIDO

Invitado
Como consecuencia de un accidente de moto en el que se ha visto implicado un camión, que se salto la preferencia de la motocicleta, el conductor ha estado de baja (baja concedida por la Mutua) 60 días.
Ayer llamó la abogada del motero diciéndole que la forense le ha concedido 21 de indemnización; aclaro que se ha iniciado un proceso judicial por parte de la Policía por dar positivo el camionero en el test de alcoholemia.
¿Como es posible que no coincidan los días de baja y los días de indemnización?.
Según la abogada esto es muy corriente y no suelen coincidir.
Como todos sabemos las mutuas no se caracterizan por regalar las bajas.
Las consecuencias del accidente fueron dos costillas rotas, en 21 días no creo que nadie se encuentre en condiciones de trabajar.
¿Alguno sabéis algo al respecto, se puede impugnar esta decisión?
 
Los dias que de el forense no tienen por que coincidir con la baja laboral. Es un criterio a tener en cuenta, pero no es vinvulante.

Si no estás de acuerdo con los dias del forense lo único que se puede hacer es dicutirlo de buena manera con la compañia contaria y, si no hay acuerdo, ir al juicio con un buen informe de un médico valorador.

La negociación puede dar resultado. La compañía contraria tiene informes y sabe bastante bien lo que puedes conseguir. Sabe que has estado 60 días de baja laboral y probablemente su propio médico haya dado una cifra similar. Ahora bien, como el forense dice 21 dias, miel sobre hojuelas, te ofrece 21. Sin embargo, si te ve firme, con un informe razonado que da 60 dias, que puede coincidir con el de sus propio mádicos, estará abierta a negociar.
 
Lo único que esta en nuestro poder son las sucesivas bajas entregadas por la Mutua Laboral en los días de seguimiento de la lesión.
No creo que las Mutuas regalen las bajas, ya que lo que les interesa es que estes trabajando cuanto antes.
¿No se si con esto será suficiente?,
El caso es que la Abogada defensora da como hecho que lo único que cuenta es la opinión del Forense y los partes de baja no tienen importancia.
 
BANDIDO dijo:
Lo único que esta en nuestro poder son las sucesivas bajas entregadas por la Mutua Laboral en los días de seguimiento de la lesión.
No creo que las Mutuas regalen las bajas,  ya que lo que les interesa es que estes trabajando cuanto antes.
¿No se si con esto será suficiente?,
El caso es que la Abogada defensora da como hecho que lo único que cuenta es la opinión del Forense y los partes de baja no tienen importancia.


Lo definitivo es cuanto ha tardado realmente en curar la lesión. Si las mutuas regalan o no las bajas no es más que un débil argumento dialéctico con poca fuerza ante un informe médico.

Comentas que se ha iniciado un proceso judicial por alcoholemia. Los juzgados penales en casos por alcoholemia suelen ser muy propensos a fijar la indemnización según el informe del forense, sin romperse más la cabeza. Desde luego, sin un informe médico contradictorio, practicamente no hay nada que hacer. Así que la abogada no anda muy desencaminada.

La solución suele ser reservarse acciones civiles e ir a la via civil, donde es  más fácil obtener la indemanización. Eso si, siempre con informe médico. El problema es el coste. Un buen informe médico de valoración con ratificación en el juzgado viene a costar unos 500 €. Añade gastos del juicio. Y todo para discutir una diferencia por esos 40 días de 1.000 € Lo comido por lo servido ... Y eso si ganas, que se puede perder.

Un buen abogado en estos casos debería intentar y forzar un buen acuerdo sin necesidad de juicio. Creo que se puede.
 
Ante todo enhorabuena porque el percance no fue a mayores.
Estaba escribiendo una respuesta cuando he visto que el compañero te ha respondido de forma muy acertada y sobre todo con gran sentido común.
Aun estando de acuerdo con toda su argumentación y viendo como se expresa, probablemente se relacione con el derecho, si hay un dato cierto y sin posibilidad de duda: el paciente, el accidentado ha estado 60 dias sin acudir a su trabajo, por lo que ha sufrido un perjuicio. Este hecho es incontrovertible y por mucho que el forense diga que han sido 21 días, la situación de incapacidad temporal han sido 60. Tan solo una prueba fehaciente, en sentido contrario, podría desvirtuar este hecho y veo dudosa que con esa duración una compañia de seguros haga un seguimiento con detectives para controlar la actividad fisica del lesionado, por poner un ejemplo.
Dicho esto tambien tengo que decirte que esa duración de 21 días es totalmente posible.
Esto que dices:
"Las consecuencias del accidente fueron dos costillas rotas, en 21 días no creo que nadie se encuentre en condiciones de trabajar." es muy matizable.
¿Se puede trabajar con un pie roto, un pierna o un brazo?. Segun ese razonamiento no sería posible. Bueno pues yo he tenido pacientes con lesiones bastante mas importantes que 2 costillas rotas y han estado trabajando, dias de baja 0.
El simple hecho de 2 costillas rotas no nos dice nada a los que estamos en este mundillo: 2 simples "fisurillas" oseas ya son 2 "fracturones" segun el profesional (medico y/o abogado) que tenga que hacer uso de ese diagnostico. P. ej. si esas 2 costillas se rompen, rasgan la pleura y lesionan el pulmon subyacente, provocando hemorragia, incapacidad de respirar, etc, etc, estamos hablando de una urgencia vital, que requerirá casi seguro estancia en UCI y demas parafernalia.
2 costillas rotas, sin mas, sin desplazamiento ni afectación de organos importantes, en una persona sin trabajo de esfuerzo, p.ej. un administrativo, un gestor, etc, a las 3 semanas puede estar trabajando perfectamente. Por eso el forense, que conoce el caso y el alcance real de las lesiones, Y LA PROFESION HABITUAL del paciente habrá puesto esa duración, una media standard.
Con esto no quiero darle la razón, sino matizar un poco y explicar por donde pueden ir los tiros.
Saludos.
 
Muchas gracias Jose-LF u Capitan veneno por tomaros la molestia de contestarme.
Como habreis podido comporbar no cuento con ninguna experiencia en este tipo de casos.
Esperare a ver que me contesta mi abogada.
Un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda.
 
Capitan veneno dijo:
Ante todo enhorabuena porque el percance no fue a mayores.
Estaba escribiendo una respuesta cuando he visto que el compañero te ha respondido de forma muy acertada y sobre todo con gran sentido común.
Aun estando de acuerdo con toda su argumentación y viendo como se expresa, probablemente se relacione con el derecho, si hay un dato cierto y sin posibilidad de duda: el paciente, el accidentado ha estado 60 dias sin acudir a su trabajo, por lo que ha sufrido un perjuicio. Este hecho es incontrovertible y por mucho que el forense diga que han sido 21 días, la situación de incapacidad temporal han sido 60. Tan solo una prueba fehaciente, en sentido contrario, podría desvirtuar este hecho y veo dudosa que con esa duración una compañia de seguros haga un seguimiento con detectives para controlar la actividad fisica del lesionado, por poner un ejemplo.
Dicho esto tambien tengo que decirte que esa duración de 21 días es totalmente posible.
Esto que dices:
"Las consecuencias del accidente fueron dos costillas rotas, en 21 días no creo que nadie se encuentre en condiciones de trabajar." es muy matizable.
¿Se puede trabajar con un pie roto, un pierna o un brazo?. Segun ese razonamiento no sería posible. Bueno pues yo he tenido pacientes con lesiones bastante mas importantes que 2 costillas rotas y han estado trabajando, dias de baja 0.
El simple hecho de 2 costillas rotas no nos dice nada a los que estamos en este mundillo: 2 simples "fisurillas" oseas ya son 2 "fracturones" segun el profesional (medico y/o abogado) que tenga que hacer uso de ese diagnostico. P. ej. si esas 2 costillas se rompen, rasgan la pleura y lesionan el pulmon subyacente, provocando hemorragia, incapacidad de respirar, etc, etc, estamos hablando de una urgencia vital, que requerirá casi seguro estancia en UCI y demas parafernalia.
2 costillas rotas, sin mas, sin desplazamiento ni afectación de organos importantes,  en una persona sin trabajo de esfuerzo, p.ej. un administrativo, un gestor, etc, a las 3 semanas puede estar trabajando perfectamente. Por eso el forense, que conoce el caso y el alcance real de las lesiones, Y LA PROFESION HABITUAL del paciente habrá puesto esa duración, una media standard.
Con esto no quiero darle la razón, sino matizar un poco y explicar por donde pueden ir los tiros.
Saludos.

Tu razonamiento sobre si con dos costillas rotas rotas se puede trabajar o no, me parece pauperrimo y cercano a la hipocresía , vete tu a trabajar en una obra, conduciendo un autobus, cargando mercancía o cualquier actividad que conlleve el más leve esfuerzo fisico con unas costillas rotas hace 21 días, como se nota que no te las rompiste nunca ni sabes de lo que hablas.
Y no me vale el cuento del que se encontró la lampara y pidió una salud de hierro y el genio le dió una cartilla de Autónomo.
Un administrativo tiene que estar ocho horas en una posición que parte del peso corporal lo sujetan las costillas, dejate de milongas que con una costilla rota el más leve estornudo o carraspeo te hace ver las estrellas.

A tí te quería yo ver con esos dolores y trabajando.
 
cerilla dijo:
Tu razonamiento sobre si con dos costillas rotas rotas se puede trabajar o no, me parece pauperrimo y cercano a la hipocresía , vete tu a trabajar en una obra, conduciendo un autobus, cargando mercancía o cualquier actividad que conlleve el más leve esfuerzo fisico con unas costillas rotas hace 21 días, como se nota que no te las rompiste nunca ni sabes de lo que hablas.
Y no me vale el cuento del que se encontró la lampara y pidió una salud de hierro y el genio le dió una cartilla de Autónomo.
Un administrativo tiene que estar ocho horas en una posición que parte del peso corporal lo sujetan las costillas, dejate de milongas que con una costilla rota el más leve estornudo o carraspeo te hace ver las estrellas.

A tí te quería yo ver con esos dolores y trabajando.


Sorprendente contestación a un comentario muy acertado :-?
 
cerilla dijo:
[quote author=Capitan veneno link=1163569681/0#4 date=1163628787]
Tu razonamiento sobre si con dos costillas rotas rotas se puede trabajar o no, me parece pauperrimo y cercano a la hipocresía , vete tu a trabajar en una obra, conduciendo un autobus, cargando mercancía o cualquier actividad que conlleve el más leve esfuerzo fisico con unas costillas rotas hace 21 días, como se nota que no te las rompiste nunca ni sabes de lo que hablas.
Y no me vale el cuento del que se encontró la lampara y pidió una salud de hierro y el genio le dió una cartilla de Autónomo.
Un administrativo tiene que estar ocho horas en una posición que parte del peso corporal lo sujetan las costillas, dejate de milongas que con una costilla rota el más leve estornudo o carraspeo te hace ver las estrellas.

A tí te quería yo ver con esos dolores y trabajando.

No acostumbro ha hacerlo, pero me voy a meter en un tema ajeno, y lo hago porque me parece muy desacertada tu forma de responder a quien solo quiere ayudar. Está claro que un albañil no puede trabajar con una costilla rota -- para deducir eso no hace falta tener un coeficiente intelectual demasiado elevado -- , pero si te hubieses entretenido en leer hasta el final la contestación de Capitán antes de entrar en cólera, te habrías percatado de que habla de trabajos que no requieran esfuerzos.

Ah! Y yo no querría ver a nadie con esos dolores, ni siquiera sin trabajar.
 
Ante todo gracias a Jose_LF y Basilio por vuestra compresión.
Creo que cerilla no ha entendido bien el razonamiento. Y no quiero entrar en polémica con nadie, pues no suelo postear en los foros, pero en este caso creía, y creo, que podía ayudar a que Bandido tuviese las ideas mas claras a su duda.
En los casos que os he mencionado de pacientes trabajando con lesiones iguales o mas graves incluso que las referidas de 2 costillas rotas, es obvio que es el propio paciente de acuerdo con su medico el que toma la decisión de seguir trabajando. Tambien es obvio que realizan trabajos compatibles con la lesión de que se trate. Todo el mundo no es mozo de almacen, estibador, albañil, etc. Hay otros trabajadores que se ocupan de tareas mucho mas livianas, sin esfuerzo fisico, y muchas veces su tarea es mas intelectual o burocratica que fisica. En cualquier caso si un paciente con un trabajo sin esfuerzo fisico no puede seguir trabajando por esa lesión ningun medico le va a negar la baja.
El sentido de mi post era ayudar a un compañero no soliviantar a nadie.
Saludos.
 
Pido disculpas por mi agria contestación a Capitan Veneno y si no entendí el trasfondo de su contestación, quiero explicar que se lo que es que te quieran mandar a trabajar con una costilla rota antes de una completa recuperación y os puedo asegurar que trabajo sentado ante unas pantallas y solo utilizo el ratón, las dos primeras horas bien, luego viene el ibuprofeno más tarde los paseos cortitos y a la 5ª hora pides la cama a gritos.

Lo dicho me disculpen.
 
No hay ningun problema por mi parte.
Tu rectificación indica que eres una persona que reflexiona.
Es mas dificil hacer lo que tu has hecho ahora.
Para mi habla bien a las claras de tu autentico espiritú motero, que es lo que, por lo menos yo, espero encontrar en este foro.

Saludos y un abrazo. :)
 
Al margen del tema, opino que la decisión de Cerilla de rectificar su anterior comentario me parece excelente y le felicito, porque la mayor parte de las agrias disputas que se generan en el foro, se deben a no hacer uso de la palabra "tenias razón".


:)
;)
:D
;D
8-)
::)
 
Coincido totalmente con Cerilla, y lo que yo tengo MUY CLARO, es que si el medico que sigue mi proceso de recuperacion me da 60 dias de baja, la indemnización será de 60 dias, y si no nos veremos en los tribunales.

Lo seguros siempre a la misma, a pagar poco. Hace un año mi hijo tuvo un golpe con una XT sin tener la culpa, bueno pues la primera oferta del seguro fue de 800 euros por los restos, como les dije que la habia reparado y presente factura por 1.800 euros, mi propia correduria (EUROLLOYD) se encargo de poner las pilas al seguro y al final pagaron la reparación completa.
 
buscacosas dijo:
Coincido totalmente con Cerilla, y lo que yo tengo MUY CLARO, es que si el medico que sigue mi proceso de recuperacion me da 60 dias de baja, la indemnización será de 60 dias, y si no nos veremos en los tribunales.

Lo seguros siempre a la misma, a pagar poco.  Hace un año mi hijo tuvo un golpe con una XT sin tener la culpa, bueno pues la primera oferta del seguro fue de 800 euros por los restos, como les dije que la habia reparado y presente factura por 1.800 euros, mi propia correduria (EUROLLOYD) se encargo de poner las pilas al seguro y al final pagaron la reparación completa.


Si te pagaron los 1800 € es porque te los tenian que pagar.

El protocolo de actuación del tramitador del siniestro probablente dirá que ante factura se paga y ante presupuesto no. Como tu no conoces el protoccolo te ofrece primero el valor venal, 800, a ver si picas, pero esta viendo en el ordenador que tiene autorización para pagar 1800. Si tragas con 800 no te va a sacar del error. Es un negocio como otro cualquiera ...

En el caso que ahora tratamos es igual. ¿Que dice el protocolo de actuación del tramitador?. Probablementne que la cantidad que debe ofrecer es lo que dice el informe del médico forense, 21 días. Pero puede que en su pantalla haya una nota que dice: ¡ojo! tenemos un informe de nuestro médico que dice que hay una baja laboral de 60 días. Eso significa que debe defender los 21 días del forense pero que si advierte resistencia o deseo de ir a juicio puede ofrecer algo más. Ante la amenaza de juicio puede que pida informe a la asesoria juridica. - ¿Que hago? Respuesta: - Mantente firme que por 1.000 euros no van a juicio y, en todo caso, ese juzgado siempre hace caso al forense :-[ Respuesta del tramitador: - Es que el expediente va a cumplir 6 meses abierto y voy a tener que informar. Contestación: - Pues "mátalo" con 500 €   :-[ - ¿Me pasas informe para justificar el pago?. - Jo*** ¿por 500 €?, vale, te lo mando ...

Y a otra cosa ...   8-)

En el arte de la negociación es importante saber como piensa y actua la parte contraria.
 
Lo de los 21 días según el forense del juzgado me escama muchisimo, los forenses y los jueces suelen decantarse mucho por la parte afectada y es muy raro que con el informe de la Mutua le enmienden la plana a otro medico salvo que el caso sea flagrante y si es como se explica aquí, no está claro que lo sea, tambien puede ser que lo que le diga el informe sean 21 de baja impeditiva y el resto no impeditiva que se abonan a distinto precio.

Ahora que si el forense que es, debe ser y se le supone que lo es persona justa y no implicada tened en cuenta que el juez hará lo que el forense( persona que tiene un ford) que es auxiliar en temas médicos y para eso le tiene.

Un saludo.
 
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