con carnet libre i moto limitada a 25kw. consultas legales¡¡¡¡

miavi

Curveando
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hago 2 años del A el proximo 2 de julio es decir este viernes

la moto entra en el taller el lunes para el cambio de embrague que ya toca i quitar la limitacion, ahi me entran dudas si dejarla o no puesta.

el del taller me dice que no ahi problema alguno al yo poder llevar cualquier moto al pasar 2 años de limitacion

pero en caso de que haya un accidente....

el seguro se puede negar a apgar la llevar una moto con potencia distinta de la que sale en la ficha de la itv?

algun problema en la itv por no llevar la limitacion.

algun problema con las autoridades de trafico?
 
Yo la llevo limitada y así la dejaré los dos años de rigor, pero lo hago por prudencia más que nada, porque soy novato.

Desde mi punto de vista es muy complicado que haya problemas legales por quitar la limitación. Los precintos son un cachondeo, hay multitud de modelos de limitadores, cada marca usa su sistema (que si tope de acelerador, admisión, etc...). Todo esto complica muchísimo la vida a las autoridades a la hora de controlarlo y al final sólo piden la documentación (certificado de taller y ficha de inspección técnica). Supongo que habrá casos en que se lo hayan tomado muy a pecho y haya habido alguna sanción, pero entiendo que no será lo habitual.

En caso de accidente y el tema del seguro.....lo veo aún más complicado. Entiendo que tendría que haber un peritaje casi "in situ", porque si no el accidentado siempre podría alegar una manipulación posterior al accidente, y supongo que habría que probar que en el instante mismo del accidente ya no existía físicamente tal limitación. No me imagino a la GC ni a la Policía precintando una moto y custodiándola hasta que llegue un perito del seguro :-?

En definitiva, yo en tu caso particular y por motivos prácticos, la quitaría.

Un saludo.
 
mi tema es diferente al tuyo. hago 2 años del carnet de moto, con lo cual ya no tengo limitacion de potencia.

mi pregunta es si quito la limitacion, que la voi a quitar al pasar el tiempo legal, i lo dejo en papeles. en caso de algun accidente tendria algun problema legal al poner en la tarjeta de la itv que la moto esta lim a 25kw i fisicamente no llevarla, es decir llevar la potencia de origen los 90cv o 67kw que da la k100 base
 
Hola amigos, con el tema de la ITV. yo creo que se debería de pasar para que en la ficha técnica conste que ya no esta limitada, ya que se considera una reforma de importancia. Y con el seguro pasara lo mismo, ya que el precio te lo han calculado sobre muchos menos caballos de los que tendrá cuando le quites el limitador, y por consiguiente hay un agravamiento del riesgo. Si tienes un accidente el seguro se agarrara a lo que sea para pagar lo menos posible.
 
A mi en el seguro no me tuvieron en cuenta la limitación, al igual que para pagar el impuesto de circulación, así que no es problema ¿no?
 
122D2D2B37580 dijo:
[highlight]A mi en el seguro no me tuvieron en cuenta la limitación, al igual que para pagar el impuesto de circulación[/highlight], así que no es problema ¿no?

+1

Perdona miavi, porque por lo visto no había entendido bien tu pregunta. De todas formas, digo lo mismo que el compañero, a mi no me han tenido en cuenta la reducción de potencia para contratar el seguro, vamos, que ni me han preguntado sobre ese tema. Creo que lo mejor será que les llames y se lo preguntes directamente.

Un saludo.
 
En todo caso es recomendable comunicar el cambio en tráfico y a nuestra cía aseguradora. Si tráfico nos pilla, por eejemplo tras tener un accidente, nos podrían multar o sancionar por fraude al estar pagando menos por el impuesto de circulación. La aseguradora, por su parte, quizá nos modifique la póliza, pero supongo que el aumento de potencia tiene que ser bastante considerable para que sea así. Más allá de ahí, problemas legales pocos
 
Si le sacas la limitación a la moto, tienes que pasarle la ITV para que conste en los papeles. Si no lo haces y te paran los verdes, estos te pueden multar por llevar el vehiculo modificado (no te multaran por no llevar la licencia ya que la tienes).

Para hacer esto, creo que tienes que tener un certificado del mecánico como que ha sacado la limitacion.

Yo de ti, me pasaria por la ITV (no llega a los 50€) y una vez hecho, llamaria al seguro para informarles que no creo que te cambie gran cosa...

Aqui te aclararan dudas: http://www.foropolicia.es/foros/vie...5426&sid=912029798b1488232aa5498ddeb7ee98
 
Esto es lo que tienes que hacer:

Pedir, en el taller donde te hacen la modificación para quitar la limitación de potencia, un certificado que deberás llevar a la ITV.  En la ITV, después de pasar la inspección, te darán la documentación nueva que deberás presentar a tu seguro para no tener ningún tipo de problema en caso de accidente.

No te la juegues.  Piensa en las consecuencias, en el supuesto de que tu compañía de seguros no cubriera tu responsabilidad civil si causaras un accidente: tendrías que pagar la indemnización correspondiente con tus propios bienes.

Un saludo
 
a ver que me toi liando

seugn al itv pa quitarla en papales

neceisto informe del taller que me lo dan en el taller
informe de fabricante en este caso acudo a antimpex


peor lo del seguro e impuesto de circualacion, el seguro consta que aseguro una k100 base de 1000cc nada de que ta limitada ni nada. el asegururador me dijo esto. yo te aseguro la moto si tu no la limitas es responsabilidad tuya i en caso de accidente no te cubririamos al no tener carnet. pero no esta asegurada limitada.

con el impuesto de circulacion, que recuerde se paga por cilindrada no por cv.

tengo una gpz 500 que paga 48e con 70cv i una 500 con 32cv que paga lo mismo

i sobre guardia civil me dio por rpeguntarlo i segun ellos solo me multaria en el caso de no tener carnet pa llevarla o por exceso de velocidad si se diera el caso.

el problema gordo seria en caso de accidente que el seguro se niegue a pagar por conducir un vehiculos con carazterisiticas diferentes de lo reflejeado en la itv.

peor no se donde dirigirme, aunque vuestra ayuda ah sido de utilidad.

por la bmw toi pagando casi 120euros
 
1- vas al taller para que la deslimiten
2- en el taller te dan los informes que tienes que presentar en la ITV.
3- pasas la ITV y en la ficha Tecnica de la moto harán constar la nueva potencia de la misma.
4- llamas a tu compañía para darles cuenta del cambio (por si hay que modificar alguna clausula).
5- ya puedes circular totalmente legal por donde quieras.

Saludos.
 
Buenas, seres humanos!!!


He entendido que quieres quitar la limitación y dejar los papeles como están. Pues bien, eso no puedes hacerlo, debes de llevar los papeles como llevas la moto. O lo dejas así todo o lo quitas todo.
Como tienes intención de quitar la limitación, deberás pasar por ITV para que te sellen los papeles nuevos con la potencia que le corresponde a la moto y sí, creo que para eso hacía falta el informe de la reforma que te ha hecho tu mecánico.
Si has ido dos años legal, ¿por qué ahora vas a hacerlo mal?


Saludos en V
 
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