En otro foro he visto este post.
¡¡¡ Necesito que alguien me diga que esto no es verdad y porqué¡¡¡¡
Aprovechando el lamentable tirón de noticias sobre los fallecidos durante esta semana santa, daré pistas para los temerarios, infratores en potencia y asesinos y homicidas con volante en mano; sobre como conducir teniendo el permiso de conducción retirado:
1.- Cuando te llegue la notificación de la JPT para entregar del permiso de conducción por vía administrativa, haces caso omiso a la carta, paga la sanción para que no te venga con recargo pero no entregues el documento que te habilita para seguir conduciendo. NO PASA NADA, NO ES PUNIBLE PENALMENTE.
2º Como no has entregado el carnet de conducir, podrás recorrer todas las carreteras españolas con toda impunidad. Si te paran en un control policial, muestra el permiso de conducción, que deberías haber entregado, verán que es legal y te dejarán continuar tu feliz viaje. Al mostrar este documento los Agentes no comprobarán que lo tienes retirado porque has mostrado un documento válido para conducir.
3º Los Agentes, los pocos que hay, no tienen medios eficaces para comprobar si el documento en cuestión ha sido propuesto para su retirada temporal. Los únicos medios son las transmisiones radiotelefónicas que contactan con una cada vez más saturada Central Operativa COTA atendida por un solo Guardia Civil, que seguramente estará haciendo otras labores como: tipo burocráticas, operador de central telefónica, atención a llamadas de periodistas, reprimendas de los mandos por que se les ha olvidado un telex notificando sobre la desparición de nieblas, lluvias, etc.
¡¡¡ Necesito que alguien me diga que esto no es verdad y porqué¡¡¡¡
Aprovechando el lamentable tirón de noticias sobre los fallecidos durante esta semana santa, daré pistas para los temerarios, infratores en potencia y asesinos y homicidas con volante en mano; sobre como conducir teniendo el permiso de conducción retirado:
1.- Cuando te llegue la notificación de la JPT para entregar del permiso de conducción por vía administrativa, haces caso omiso a la carta, paga la sanción para que no te venga con recargo pero no entregues el documento que te habilita para seguir conduciendo. NO PASA NADA, NO ES PUNIBLE PENALMENTE.
2º Como no has entregado el carnet de conducir, podrás recorrer todas las carreteras españolas con toda impunidad. Si te paran en un control policial, muestra el permiso de conducción, que deberías haber entregado, verán que es legal y te dejarán continuar tu feliz viaje. Al mostrar este documento los Agentes no comprobarán que lo tienes retirado porque has mostrado un documento válido para conducir.
3º Los Agentes, los pocos que hay, no tienen medios eficaces para comprobar si el documento en cuestión ha sido propuesto para su retirada temporal. Los únicos medios son las transmisiones radiotelefónicas que contactan con una cada vez más saturada Central Operativa COTA atendida por un solo Guardia Civil, que seguramente estará haciendo otras labores como: tipo burocráticas, operador de central telefónica, atención a llamadas de periodistas, reprimendas de los mandos por que se les ha olvidado un telex notificando sobre la desparición de nieblas, lluvias, etc.