Contrato de compraventa

Miguel_f800

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Buenas tardes,

¿quería haceros una pregunta acerca del contrato de compraventa.

Si vendes una moto, firmas el contrato de compraventa junto con el comprador ¿sirve como documento legal para alegar que la moto es ya propiedad del nuevo dueño? Lo digo porque si se ha firmado dicho contrato con el compromiso por parte del comprador de cambiar los papeles y le ponen una multa... aunque la moto siga a nombre del primer dueño ¿podría justificar con dicho contrato que la moto ya estaba en posesión del nuevo dueño a la espera del cambio de papeles?

Gracias por vuestra respuesta
 
Con el contrato de compra-venta en la mano, firmado por ambas partes, vete a tráfico para hacer constar que la das de baja como propiedad "tuya". ;)

De cambiar la moto de nombre ya se encargará el nuevo propietario...pero, por lo menos, en tráfico ya habrá constancia de que esa moto tuya ya no es desde la fecha del contrato.

En mi caso, cuando vendimos la VFR, lo hicimos así.
 
El_Uve dijo:
Con el contrato de compra-venta en la mano, firmado por ambas partes, vete a tráfico para hacer constar que la das de baja como propiedad "tuya". ;)

De cambiar la moto de nombre ya se encargará el nuevo propietario...pero, por lo menos, en tráfico ya habrá constancia de que esa moto tuya ya no es desde la fecha del contrato.

En mi caso, cuando vendimos la VFR, lo hicimos así.

muchas gracias,

me quedo un poco más tranquilo. En el contrato de compraventa viene la fecha en la que se ha firmado. Además, ese mismo día consta en que di también de baja el seguro de la moto.

Un saludo.
 
Buenos días Miguelf800. Perdona que utilice tu post pero estoy en tu misma situación, y así no duplicamos post. ;)

Una vez firmado el contrato y cobrado el dinero.......¿quien tiene que hacer la transferencia, comprador o vendedor?, ¿qué plazo de tiempo tiene para ello?.

Gracias de antemano.

Saludos.
Luis.
 
Hola, las multas supuestamente se las ponen al conductor no al vehículo, de todas formas haz el contrato compra-venta interesa a las dos partes, te cuesta el papelito unos 6€ en estancos. Luego ya sabes que tiene, creo que era, unos 10 diás hábiles para hacer la trasferencia. En cuanto quién hace la trasferencia o quién la paga es negociarlo entre las partes. Espero haberos ayudado. Un saludo
 
El cambio de nombre (y el pago de él) en un principio lo suele hacer el comprador, salvo que se pacte lo contrario.

De plazos ya no tengo ni idea.... :-X :)
 
renacentista.3 dijo:
Hola, las multas supuestamente se las ponen al conductor no al vehículo, de todas formas haz el contrato compra-venta interesa a las dos partes, te cuesta el papelito unos 6€ en estancos. Luego ya sabes que tiene, creo que era, unos 10 diás hábiles para hacer la trasferencia. En cuanto quién hace la trasferencia o quién la paga es negociarlo entre las partes. Espero haberos ayudado. Un saludo

El papelito ¿es un documento oficial? yo he descargado un modelo de internet y lo hemos firmado lo dos. El problema es que no pusimos ninguna cláusula donde decía el tiempo para el cambio de propietario en tráfico.

Un saludo.
 
Hola,

os paso información al respecto

Se puede hacer de dos formas:
- Notificación de Transferencia: el vendedor notifica a la Jefatura de Tráfico la transmisión del vehículo y posteriormente el adquirente solicita la inscripción a su favor.
- Solicitud de Transferencia: el transmitente y el adquirente solicitan de forma conjunta el cambio de titularidad.

SOLICITUD DE TRANSMISIÓN.

- Requisitos y documentación necesaria:
Obligaciones del adquirente (el que compra o se queda con el vehículo).
El adquirente ha de efectuar la transferencia en la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio o en la que se matriculó el vehículo, salvo que la transferencia la presente de forma conjunta con el transmitente, en cuyo caso lo puede hacer también, en la Jefatura del domicilio de éste, para ello ha de presentar los documentos siguientes:

1. Solicitud en impreso oficial facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma del adquirente
En el caso de que el transmitente no hubiera notificado la transmisión, deberá figurar también datos y firma. En el caso de haber comprado el vehículo a un compraventa, deberá figurar en la solicitud:
a) Los datos de identidad y domicilio del transmitente que se lo entregó en su día al compraventa.
b) Los datos del propio compraventa.
c) Los datos del adquirente.
Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán también en la solicitud los datos y firma de la persona que lo representa, así como el concepto en que lo hace ( padre, madre o tutor).
Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.

Un saludo
 
Hola,

os paso información al respecto

Se puede hacer de dos formas:
- Notificación de Transferencia: el vendedor notifica a la Jefatura de Tráfico la transmisión del vehículo y posteriormente el adquirente solicita la inscripción a su favor.
- Solicitud de Transferencia: el transmitente y el adquirente solicitan de forma conjunta el cambio de titularidad.

SOLICITUD DE TRANSMISIÓN.

- Requisitos y documentación necesaria:
Obligaciones del adquirente (el que compra o se queda con el vehículo).
El adquirente ha de efectuar la transferencia en la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio o en la que se matriculó el vehículo, salvo que la transferencia la presente de forma conjunta con el transmitente, en cuyo caso lo puede hacer también, en la Jefatura del domicilio de éste, para ello ha de presentar los documentos siguientes:

1. Solicitud en impreso oficial facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma del adquirente
En el caso de que el transmitente no hubiera notificado la transmisión, deberá figurar también datos y firma. En el caso de haber comprado el vehículo a un compraventa, deberá figurar en la solicitud:
a) Los datos de identidad y domicilio del transmitente que se lo entregó en su día al compraventa.
b) Los datos del propio compraventa.
c) Los datos del adquirente.
Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán también en la solicitud los datos y firma de la persona que lo representa, así como el concepto en que lo hace ( padre, madre o tutor).
Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.

Encuanto a las multas, si dispones del contrato de compra-venta, no tienes porque tener ningún prolbema.

Un saludo
 
Si se pone tonto y no hace caso a la multa ni a cambiar la titularidadad de la moto, informale(no amenaza)que pondras un denuncia por robo de vehiculo-Te quedas con la pasta y la moto ;) ;) ya veras como corre a trafico.

Un saludo
 
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