En la nueva Ley de Seguridad Vial,esta prohibido circular en motos o ciclomotores con menores de 12 años.
Se sanciona con dinero pero ya no quita puntos.
Las que no quitan más puntos son: Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido. Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas. Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, etc. Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano. Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente. Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores. Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía.