En cuanto al Acuerdo de Resolución de Hacienda decía así:
ANTECEDENTES
Con fecha---- se presento escrito en el que se solicita:
- Rectlficaclón de la autollquldaclón modelo 576 ejercicio 2009 presentada el día-------, donde se matricula una motocicleta marca BMW modelo R-1200RT-R12T,
con número de bastldor --------------cilindrada 1 170cc.
- Dicha autollquldaclón se presentó con una base imponible de ---------- euros, se adjunta factura acredltatlva de la compra, y se aplicó un tipo del 14,75 %, ingresando el contrlbuyente una cuota de --------- euros.
- Sollclta la apllcaclón del tlpo del 4,75 %
ACUERDO
PRIMERO. Considerando que este órgano es competente para conocer y resolver las cuestiones planteadas en este procedlmlento.
SEGUNDO. De acuerdo con:
- la normativa vigente reguladora del lmpuesto Especial de determinados medios de Transporte, modificaciones introducidas por la Ley 4/2008 de 23 de diciembre (BOE
de 25 de diciembre). La entrada de esta norma es de 26 de diciembre de 2008, según lo dispuesto en la Disposición Final quinta de la Ley.
- A traves de dicha ley se modlficó el art. 70 en sus apartados 1 y 2, que quedan redactados de la siguiente forma:
"1. Para determinación de los tipos impositivos aplicables se establecen los siguientes epígrafes:
- Epígrafe 1º a) Vehículos cuyas emisiones oficiales de CO2 no sean superiores a 120 g/km, con excepción de los vehículos tipo "Quad" y de los vehículos comprendidos en los epígrafes 6º, 7º,8º y 9º
- El epígrafe 9º a) Motocicletas no comprendidas en la letra c) de este epígrafe cuyas emisiones oficiales de CO2 sean iguales o superiores a 120 g/km.
b) Motocicletas no comprendidas en la letra c) de este epígrafe cuyas emisiones oficiales de CO2 no se acrediten.
c) Motocicletas que tengan una potencia CEE igual o superior a74Kw (100 Cv), cualesquiera que sean sus emisiones oficiales de CO2.
De la documentación adjunta a la presente rectificación, se acompaña Ficha Técnica de la Motocicleta, de la misma de desprende que la emisión de CO2 es de 116 g/km, y una Potencia Fiscal/real (C.V.F/kw) 07.31/0081.
Posteriormente, la Ley 11/2009 de 26 de octubre, por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de lnversión en el Mercado lnmobiliario, (BOE 27/11/2009), en su Disposición Final Octava, modifica la Ley 38/92 de 28 de diciembre de lmpuestos Especiales, artlculo 70.1, determlnando que:
- 70.1,epígrafe 7º. Motocicletas no comprendldaa en la letra c) del epígrafe 9º. cuyas emisiones oficiales de CO2 sean superiores a 100 g/Km y sean inferiores o iguales a 120 g/km
tipo aplicado al epigrafe 7º, 4.75%
70.1. epígrafe 9 apartado c) Motoclcletas que tengan una potencla CEE igual o superlor a74Kw (100 cv) y una relaclón potencla neta máxlma, masa del vehículo en orden de marcha, expresada en kw/kg igual o superior a 0,66, cualesquiera que sean sus emisiones oficiales de CO2.
Por lo que, se desprende que es de aplicación el epígrafe 7º y el tipo correcto del 4,75 %.
TERCERO. Se acuerda estimar totalmente la presente solicitud.
CUARTO.
En ejecución de esta resolución procede:
Efectuar una devolución por importe de ------------ euros.
Abonar los intereses correspondientes hasta la fecha de ordenación del pago.
INTERESES DE DEMORA
Los intereses de demora se han calculado desde la fecha en que se realizó el ingreso lndebldo hasta el --------, según el siguiente detalle:
Bueno, no sigo, lo importante es el acuerdo, el resto ya son posibilidades de recurso y eso.
No entiendo mucho en base a que me han devuelto, pero el caso es que lo han hecho.
Os lo he copiado aqui por si os sirve de algo.
V'ssssssss