Duda Legal incumplimiento contrato compraventa

cpamias

Curveando
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Hola a todos:

Pregunta: Puedo rescindir un contrato de compraventa entre particulares por reiterados impagos y hacerle dejar el coche en el concesionariopara poder liquidar una parte de la deuda, sin perder la cantidad que me adeuda  desde el 1 de enero fecha del primer impago, que pasa si se niega o hace caso omiso de la peticion? y que puedo hacer.

Caso:

En Mayo del 2007 Con la que era mi pareja, en esos momentos, nos compramos un SSANGYONG Kyron, ya que su coche tenia mas de 15 años.  Al estar ella en el Asnef, Rae, pedi el credito a mi nombre.

Cuando nos separamos, para la Nacional de Cantabria, yo me lleve el coche, ya que estaba a mi nombre ningun problema.

En septiembre, ya ella con trabajo y a mi que no me gustan los coches, llegamos a un acuerdo y firmamos un contrato de CompraVenta:
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULO USADO ENTRE PARTICULARES

En Vilanova i la Geltrú, a 8 de septiembre de 2007

Vendedor:
D. Carlos Pamias Mora,
Comprador:
D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,
Vehículo.
Marca SSANGYONG Modelo KYRON 2.0 XDI  LIMITED AUTO 5P Matrícula  XXXXXXX

Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento CONTRATO DE COMPRAVENTA del vehículo automóvil que se especifica, en las siguientes

CONDICIONES

PRIMERA.- El vendedor vende al comprador el vehículo de su propiedad anteriormente especificado por la cantidad pendiente de pago en la financiera en el momento de la fecha del contrato, comprometiéndose el comprador a hacer efectivas las correspondientes cuotas en cada uno de sus vencimientos hasta la liquidación de dicha cantidad pendiente, sin incluir los impuestos correspondientes, que serán a cargo del comprador.

SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre el vehículo ninguna carga o gravamen ni impuesto, deuda o sanción pendientes de abono en la fecha de la firma de este contrato, salvo lo especificado en la primera condición, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo.

TERCERA.- El vendedor, a la finalización del pago de la totalidad de la cantidad adeudada., se compromete a facilitar los distintos documentos relativos al vehículo, así como a firmar cuantos documentos aparte de éste sean necesarios para que el vehículo quede correctamente inscrito a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos, siendo todos los gastos a cargo del comprador,

CUARTA El comprador se hace cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del vehículo y su tenencia y uso a partir este momento.

QUINTA.- El vehículo dispone de seguro en vigor hasta fecha de 5 de abril de 2008, y se encuentra al corriente respecto a las obligaciones derivadas de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos).

SEXTA.- El comprador declara conocer el estado actual del vehículo, por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega, salvo aquellos ocultos que tengan su origen en dolo o mala fe del vendedor.

SÉPTIMA.- Para cualquier litigio que surja entre las partes de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, éstas, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales de Vilanova i la Geltrú

Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por triplicado, en la fecha y lugar arriba indicados.

Firma del vendedor.   Firma del comprador







D. Carlos Pamias Mora , como propietario del Vehículo Marca SSANGYONG Modelo KYRON 2.0 XDI  LIMITED AUTO 5P Matrícula  , por la presente autorizo a D. XXXXXXXXXXXXXX, , a conducir dicho vehículo y a su tenencia y disfrute mientras no se disponga lo contrario.

Esta autorización tendrá efecto mientras sean liquidadas las cuotas correspondientes a la financiación del vehículo arriba referenciado por Dª XXXXXXXXXXXXXXXX, por lo que deberá ir acompañada del correspondiente justificante de pago.

Y para que conste y surja los efectos oportunos, se firma la presente en Sant Just Desvern, a 8 de septiembre de 2007.



FDO.: FDO.:
CARLOS PAMIAS MORA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Me comento que me lo pagaria el primer dia del mes.
Pero pocas veces fue asi, no obstante como podia al final con amenazas de perder el coche lo pagaba.
El problema empezo el dia 1 de Enero de 2009, que dejo de pagarme y a fecha de hoy no me ha pagado nada.
Le he enviado Un burofax reclamandole la cantidad debida a 1 de Marzo de 2800 euros y ni caso. Por otra parte las financieras me estan dando el coñazo cada dia para que les pague dos meses que no he podido pagar.

El problema es que ella sigue disfrutando del coche, y yo sufriendo las llamadas de las financieras, sin poderles responder.

Gracias de antemano

Saludos

Carlos
 
Del meollo de la cuestión no te puedo asesorar, pero a mí parecer deberías de tachar los datos personales de ambos por precaución, no sea que alguien malintencionado los aproveche, además de que sin su permiso, igual estas inclumpiendo algo la ley de protección de datos y encima te estes metiendo en un marronazo.

Que todo salga bien y suerte.
 
El coche es tuyo,....llevatelo, y si quiere que te denuncie 8-) 8-) 8-)
 
.
Bueno, estás en una situación realmente incómoda.

Por otra parte, salvando las diferencias, es similar a los casos en que se avala un préstamo de otro, y te puede caer todo el marrón. Es un riesgo que asumiste en su momento.

Es probable que, como dice josegt, si te llevas el coche no ocurriese nada.

Sin embargo, lo cierto es que tenéis un contrato, y que su incumpimiento te dará derecho a reclamarle, bien el pago o bien la devolución del vehículo (y las cuotas vencidas), pero no a ejecutarlo por tu cuenta.

Llevarte el coche directamente tiene sus riesgos; no sé si podría entenderse como una realización arbitraria del propio derecho (artículo 455 del C. Penal) y crearte más problemas que los que quieres evitar. Depende de tu ex.

Yo hablaría con ella.

Vssss
 
Hola Carlos, lamentable situación, como han dicho, lo primero suprime los datos directos del contrato de embacezamiento, evita problemas con ella.

El coche tiene una reserva de dominio al ser un vehículo financiado, lo mas lógico es que hables con la financiera y que llegues a un acuerdo con ellos, que en realidad son los que tienen la titularidad real sobre el bién. Creo que deberías de haber informado a la finciera de la venta y del acuerdo con tu ex, ellos son parte indirecta en el asunto.

Entiendo que en cualquier contrato si no se cumplen todas y cada una de sus claúsulas, incluida la del pago del mismo, se puede rescisdir de manera unilateral por incumplimiento de contrato, recuperando el bién vendido y abonando a la parte compradora del importe abonado menos la depreciación razonable por el tiempo de uso del mismo.

Carlos, nos conocimos en la quedada de Ávila de moteras y copis.... ( gusk75) y lamento todo este embrollo que estás sufriendo.

Espero que todo se solucione.

Un abrazo.

Gus.
 
UFFF!!! Que mal rollo, la verdad, es que los asuntos de las separaciones...................... :-? :-? :-?

Por desgracia, tienes dos problemas independientes: el uso y "posesión del coche" y la obligación con la financiera....

Por un lado, efectivamente, puedes "exigir" la resolución del contrato y la devolución del vehículo, pero si no es con un "acuerdo entre partes" mucho me temo, que vas a verte obligado a "pelear" judicialmente, con todo lo que conlleva (plazos, costes, etc....)

Por otro, tienes el problema con la financiera (que puede tener o "reserva de dominio" sobre el coche). La financiera va a requerirte a tí el pago, sí o sí, es decir, eres tú el único que tiene el problema.....si llegases a un impago continuado (actualemente a partir del día 35 del primer impago, generalmente se inician los tramites judiciales de reclamación de deuda) y sin acuerdo de refinanciación, procederan a ejecutar la garantía (en el caso de que tenga reserva de dominio), pidiendo la devolución inmediata del vehículo. Si eso ocurriese (no pienses que se te han acabo los problemas) constaras en todos los registros de morosidad, además de que pueden reclamarte todos los gastos "habidos y por haber" en concepto de indemnizaciones, etc....

Lo siento, pero tienes que pagar y seguir peleando con tu mujer................. >:( >:( >:( >:( >:( >:( >:( >:(


Un abrazo
 
PIRA dijo:
Del meollo de la cuestión no te puedo asesorar, pero a mí parecer deberías de tachar los datos personales de ambos por precaución, no sea que alguien malintencionado los aproveche, además de que sin su permiso, igual estas inclumpiendo algo la ley de protección de datos y encima te estes metiendo en un marronazo.

Que todo salga bien y suerte.

Gracias a todos, ya esta corregido  ;), si veis algo mas me lo deciis sin ningun problema

No es mi mujer.

¿Hay alguna formula legal para inmovilizar el coche, para que no lo disfrute mientras no paga?
En el burofax le puse:
Debido a la irregularidad en las fechas de pago, impago de multas e impago de seguro del vehículo, decido acogerme al cumplimiento del artículo 1124 del código civil, ya que la forma de pago mensual no fue la pactada inicialmente: Trasferencia automática a dia 1 de mes, la cual pocas veces se ha cumplido, e impago reiterado de recibos.
Me lo comento un abogado.

Salu2

Carlos
 
Muy buenas!!

Inmovilizar el vehículo..... ::) ::) lo veo muy complicado.....si acabas demandandola en el juzgado, podrías pedirlo como media cautelar, pero, de otra forma..... :-/ :-/ :-/ :-/...

Oye y tu no tienes una copia de las llaves?????????? Podrías hacerte con unas, en el concesionario............el cohce estaba a tu nombre, si no recuerdo mal, no? Si tienes una llave, ya sabes, solo tienes que coger el coche y guardarlo bien.......

Otra cosa que se me ocurre para evitarte esperar la transferencia, es que, si es una financiera, domicilieis el pago en la cuenta de ella, aunque vaya a tu nombre podrías hacerlo cin problemas siempre y cuando aviseis al banco correspondiente.......



un saludo, espero que te sirva de algo........
 
cpamias dijo:
En el burofax le puse:
Debido a la irregularidad en las fechas de pago, impago de multas e impago de seguro del vehículo, decido acogerme al cumplimiento del artículo 1124 del código civil, ya que la forma de pago mensual no fue la pactada inicialmente: Trasferencia automática a dia 1 de mes, la cual pocas veces se ha cumplido, e impago reiterado de recibos.

No consigo entenderlo ¿es literal? Porque el 1124 da la opción de ejecutar o resolver el contrato, pero no veo cuál es tu opción aquí.

En cuanto a lo de las llaves, me lo pensaría; el uso de llaves falsas, en el sentido del cp, se equipara a la fuerza.

Si no te responde, ponle un pleito y punto. Efectivamente, la financiera te podrá exigir el pago, pero eso ya lo sabías.

Vssss
 
Amigo Carlos, he editado tu mensaje inicial para suprimir el nombre de ella, si tú quieres poner tus datos completos, es cosa tuya (si yo fuese tú, los borraría también) pero los de  ella a menos que ella lo autorice los quito.

Por otro lado, tú sabes bien que no quiero meterme en nada de lo vuestro, e intento mantenerme al margen, simplemente oigo y callo, y a veces como tú sabes os he dicho a uno y a otro "esto no me lo contéis a mi, yo de eso no quiero saber nada, os ayudaré en lo que pueda, pero por mi trabajo hay cosas de las que prefiero no enterarme" ¿cierto?, pero si lo haces público creo que tengo la obligación de hacer alguna puntualización, insisto, no quiero ponerme de parte de nadie y sabes el enorme aprecio que te tengo, por ello, una vez efectuada la puntualización, no volveré a entrar en éste post (o lo intentaré), por lo que se, la cuota del pago del vehículo ha ido aumentando progresivamente y ella te ha pedido que le enseñes el contrato del prestamo y tú nunca se lo has querido enseñar, por lo que ella, sospecha que tú has ido ampliando el crédito y ella está pagando las consecuencias, por ello se niega a pagar, la solución pasa por enseñarle el contrato del crédito y comprobar que el capital inicial sigue como al principio o saber porqué la cuota ha ido subiendo (no hablamos de la diferencia de los intereses, hablamos de diferencias bastante grandes).

Dicho esto, procuraré mantenerme al margen del post, tampoco se lo voy a mostrar a ella, si lo encuentra por si misma ya entrará, pero no voy a ser yo quien traiga una guerra al foro, sería tirar piedras a mi tejado y evidentemente si ella ve el post, se va a liar una guerra :P

Saludos, cuidate ;)

PD. Edito para decir, una vez leidas todas las respuestas del post, que no hace falta ir a por una copia de las llaves al concesionario (muy caras), por lo que se, ella le propuso rescindir el contrato y devolverle el vehículo, y Cpamias no aceptó.

Si te interesa esa solución me lo dices y le comento, que ella me dijo aceptar esa solución.
 
rana verde dijo:
[highlight]En cuanto a lo de las llaves, me lo pensaría; el uso de llaves falsas, en el sentido del cp, se equipara a la fuerza.[/highlight]

rana verde, ¿llaves falsas?, me refería a un duplicado de llaves...por otro lado, si el coche está a su nombre y "lo coge" con una "su" llave, tambien se consideraría "a la fuerza"?

marcos dijo:
PD. Edito para decir, una vez leidas todas las respuestas del post, que no hace falta ir a por una copia de las llaves al concesionario (muy caras), por lo que se, ella le propuso rescindir el contrato y devolverle el vehículo, y Cpamias no aceptó.

mis opiniones se han basado exclusivamente, en lo que ha comentado Carlos, si hay más lo ignoro................... ;)
 
Ikota dijo:
[quote author=rana verde link=1237626184/0#8 date=1237669700]

[highlight]En cuanto a lo de las llaves, me lo pensaría; el uso de llaves falsas, en el sentido del cp, se equipara a la fuerza.[/highlight]

rana verde, ¿llaves falsas?, me refería a un duplicado de llaves...por otro lado, si el coche está a su nombre y "lo coge" con una "su" llave, tambien se consideraría "a la fuerza"?

[/quote]

El concepto de llave falsa, a esos efectos, es muy amplio, e incluye cualquiera que no sea la destinada por el propietario para abrir la cerradura. Los tribunales lo interpretan en sentido amplio.

Por otra parte, aunque el coche esté a su nombre, la realidad es que lo ha vendido, luego no tiene derecho a "cogerlo"; ya no es suyo.

Si encima le unes la información aportada por marcos, pues la cosa no está muy clara. Yo había escrito, irreflexivamente, que el asunto parecía sencillo y lo editado para borrarlo.  :D

Vsssss
 
rana verde dijo:
[quote author=Ikota link=1237626184/0#10 date=1237756606][quote author=rana verde link=1237626184/0#8 date=1237669700]

[highlight]En cuanto a lo de las llaves, me lo pensaría; el uso de llaves falsas, en el sentido del cp, se equipara a la fuerza.[/highlight]

rana verde, ¿llaves falsas?, me refería a un duplicado de llaves...por otro lado, si el coche está a su nombre y "lo coge" con una "su" llave, tambien se consideraría "a la fuerza"?

[/quote]

El concepto de llave falsa, a esos efectos, es muy amplio, e incluye cualquiera que no sea la destinada por el propietario para abrir la cerradura. Los tribunales lo interpretan en sentido amplio.

Por otra parte, aunque el coche esté a su nombre, la realidad es que lo ha vendido, luego no tiene derecho a "cogerlo"; ya no es suyo.

Si encima le unes la información aportada por marcos, pues la cosa no está muy clara. Yo había escrito, irreflexivamente, que el asunto parecía sencillo y lo editado para borrarlo.  :D

Vsssss
[/quote]

Hay un dato importante, que yo había obviado (un detalle tonto, vamos) y es que HA VENDIDO el coche.......tienes toda la razón del mundo rana verde, son las cosas de no leer con detenimiento y retener solo la parte final ;D

Un saludo y gracias por la aclaración ;).
 
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