a raiz del post de pedro sb me ha venido a la mente lo siguiente....hoy en dia como sabeis hay mucha historia con el tema de las limitaciones de motos de 600 sobre todo,que si kit d elimitacion por aqui..... que si una 600 con 34cv por alla.......como todos sabreis mucha gente lo que hace es que la limitacion figure a efectos de papeles y en realidad la moto rinde todos los caballos desde el primer dia............como se interpretaria una sancion...por ejemplo de radar......de un tio que teoricamente deberia de estar "limitado" circulando a 230 km/h en una cbr600?????? ahonda la dgt o la guardia civil es ese detalle e investigan el posible "fraude" o simplemente queda en la sancion/delito correspondiente a circular a esa velocidad???? sinceramente no tengo ni idea de que es lo que ocurre y me gustaria que me contarais algo al respecto.......un saludo