Es legal escuchar musica en la moto?

SAMURAI

Curveando
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Hola a todos. He probado a circular con un mp3 escuchando musica, pero no sé que dice la ley respecto a esto. Decir que los auriculares no los llevo en lo oidos, sino sujetos en el casco y en mi caso escucho perfectamente los sonidos ambientales y la moto, por supuesto. Circulando a 120 ya hay mucho ruido exterior, pero esto no es lo habitual. Para hacer rutas tranquilas y relajadas, la música es un excelente acompañante. Pero en el caso de que no sea legal, no los usaré.

Gracias

Saludos
 
Es ilegal ir escuchando mp3, lo que no se ya es el matiz de llevarlos en los oidos o en el casco :o

A ver si alguien nos puede informar :D
 
Gracias por vuestras respuestas, pero no me lo aclaran todavía. Tendré que preguntar a la DGT, no? Quiero que concreten el matiz de llevar los auriculares en el casco o en los oidos.

Gracias.
 
Es ilegal cualquier tipo de altavoz, auricular o similar que vaya pegado a los oidos, es decir ni introducidos en el oido ni pegados en el interior del casco, ninguno es legal, incluidos los intercomunicadores, otra cosa es que en el caso de intercomunicadores se haga la vista gorda, pero si es un MP3 te la cascan seguro, otra cosa es que se den cuenta que lo llevas, saludos ;)
 
Miércoles 20 julio 2005
BOE núm. 172
LEY 17/2005, de 19 de julio

«Artículo 11. Normas generales de conductores.

3. [highlight]Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido[/highlight], excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar [highlight]sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.[/highlight]

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.

Para mi estáclaro que no sólo están prohibidos los auiculares que entran dentro del oido.

La definicuión de auricular es:

"En los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos o pieza aislada [highlight]que se aplica a los oídos[/highlight]."

La definición de casco es:

"Aparato que consta de [highlight]dos auriculares unidos [/highlight]por una tira de metal curvada o algo semejante, que se ajusta a la cabeza y se usa para una mejor recepción de los sonidos"

Nada hace pensar que el auricular sea sólo el que se mete dentro del oido, con lo que está claro que los auriculares que van sujetos a el casco (de la moto) no están dentro de la legalidad según dicta el artículo anterior.
 
Gracias compañeros, creo que me ha quedado claro. Lo mejor será conformarse con la música que emana del motor y escape 8-)

Saludos
 
Yo llevo intercomunicador en mi moto, y la única vez que me ha parado la GC (para multarme, todo sea dicho), el guardia se puso a contarme que ellos también llevan intercomunicadores y cascos iguales al mío (System 5) en sus motos... Se ve que, como ya habéis dicho, hacen un poco la vista gorda.
 
RicardoGT dijo:
Yo llevo intercomunicador en mi moto, y la única vez que me ha parado la GC (para multarme, todo sea dicho), el guardia se puso a contarme que ellos también llevan intercomunicadores y cascos iguales al mío (System 5) en sus motos... Se ve que, como ya habéis dicho, hacen un poco la vista gorda.

No es que se haga la vista gorda por ello, están autorizados a utilizarlos los agentes de la autoridad y los conductores cuando realizan las pruebas de suficiencia (examen práctico) al circular con moto.

Hacen la vista gorda porque la mayoría son moteros y entienden menos peligrosa la utilización de intercomunicador que el intentar comunicarse con el pasajero girando la cabeza o por gestos, el que el director de la DGT no vea más allá de la recaudación no quiere decir que los agentes sean infinitamente más inteligentes que éste y si vean más allá ::)
 
si esta permitido usar el auricular del tomtom rider, podrias emter musica en el tomtom y escucharla. mientras no tenga el auricular en el oido
 
En Catalunya no hacen la vista gorda....

Una pena
 
vamos a ver: yo compré legalmente en España un casco Dainese que lleva bluetooth, auriculares y micro, ¿me estais diciendo que por el mero hecho de llevarlo me pueden multar?? creo que en dicho caso no deberían venderlos...
yo creo que sólo me podrían multar si me pillan usandolo...
 
Que chungo lo estais poniendo, lo mejor es una LT con un Parrot, y a darle cera al altavoz, lo unico que las conversaciones se entera todo el mundo ;D

Vs.
 
como que no esta eprmitido el auricular dle tomtom, si no va en la oreja, va en el casco y es completamente legal lelvarlo, asi me he informado tanto en tomtom como con policia municipal y guardia civil, y siempre que no este en contacto con la oreja es legal lelvarlo
 
Cada vez que hablamos de este tema acabamos un poco como ahora. Con un forero ( que sin duda se ha informado ) que cuanta que si, y otros foreros, también informados, que dicen que seguro que no. :(

Esto demuestra tres cosas.

Que depende del criterio del agente la aplicación estricta de la norma, cosa que ya de buenas a primeras no es buena.

Que el agente que no nos multe, lo haga probablemente guiado por su sentido común, que indica que para nada es peligroso que un auricular pegado el casco te diga donde debes girar, o cuanto te queda para el cruce. Es muy peligroso, pero "legal", mirar la pantalla del tom tom sin llevar el auricular conectado, no ?

Que a Trànsit/G.C/ Ertxainas les queda mucha norma absurda por eliminar del código de circulación. ( de hecho a ellos les corresponde criticar la norma, como a nosotros ) Si se ha eliminado la obligación d llevar bombillas, quizás acaben eliminando la negativa a usar un manos libres en moto.....un día...

Un saludo....
 
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