Exención impuesto circulación moto

antonioeae

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Hola amig@s. soy nuevo en este mundillo, pero lo que he visto hasta ahora me está enganchando. Voy a comprar en Julio próximo una r1200rt, y los días pasan tan lentosssss. Hasta ahora sólo me he movido con scooter. Actualmente soy el propietario de una Suzuki Burgman 150, y de una vespa 75cc. del año [highlight]1981[/highlight], y sobre ésta última va diri.gida mi pregunta/consulta. Tengo entendido que a partir de ciertos años de matriculación, todos los vehículos, tanto de 2, como de 4 ruedas, están exentos de pagar el impuesto de circulación. Mi duda es.. ¿cuantos años son necesarios para que tu vehículo sea considerado por la administración vehículo historico?. (Creo que se llama asi). Saludos, y gracias por anticipado
 
Pues son 25 años, pero hay que tener en cuenta dos cosas;

Una que no paga a partir de los 25, osea, que el año que cumple los 25 si lo paga, y es al año siguiente cuando ya deja de pagar.

Otra, que si no lo solicitas expresamente, no lo hacen, o por lo menos eso me pasó a mi, que me lo volvieron a cobrar, y tube que pedir la devolución y solicitar por escrito la excepción por los 25 años, y ya quedó anotado y no me lo volvieron a cobrar.

En tu caso que parece ser que ya tiene 29 años ya no deberian cobrartelo, asi que solicitalo si es que te lo cobran.

Otra cosa que he escuchado, y que no se si es verdad, es que hay ayuntamientos que pasan de este tema y lo cobran, tenga lo años que tenga, pero no estoy seguro.
 
Gracias por tu explicación Ligero. Pues si, como ya tiene 29 años la vespa. me pondré en marcha a ver si el ayuntamiento,(en éste caso la tengo en Barcelona) es uno de los que si liberan el impuesto. Un saludo.
 
A mi me pasó como te han contado y mi experiencia en al Ayto. de Málaga es que sí atienden a la antigüedad y no te cobran (vespa primavera 125 T3 MA-2740-P)
 
Creo que cada ayuntamiento esta en su derecho de considerar si te eximen de pagarlo(no estoy seguro, lo he oido)
 
Eso es correcto, cada ayuntamiento tiene su política respecto a la exención de pago. En mi caso, pregunté en dos ayuntamientos, en uno me dijeron que era gratuito y en el otro que tenía que pagarlo........Adivinar donde tiene el domicilio la moto ::) ::) ::)

Salu2 y V´ssssssssssssss
 
Como te han dicho son 25 años de antiguedad para ser considerado vehículo historico.

Tengo un precioso Mini 1275 C de 1969, en mi poder desde el 81 y está exento del pago del impuesto de circulación.

Informate en tu ayuntamiento.

Ráfagas.
 
La exencion del impuesto por antiguedad tiene que venir recogida en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de vehiculos de traccion mecanica de tu ayuntamiento.
 
Como tu vehiculo tiene la antiguedad necesaria, debes presentar una instancia en el registro general de tu ayuntamiento con una copia del permiso de circulacion, ficha tecnica y DNI y a partir del año siguiente al de la solicitud te beneficiaras de no pagar
 
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