Faros antinieblas - niebla = multa?

Jaco

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Buenas

Si llevas encendidos los faros antiniebla que vienen como accesorios de la ADV durante el día, sin niebla... ¿te pueden multar por ello?

Como ya multan y te quitan 28520 puntos por cualquier cosa... :-/


V's
 
Por supuesto que sí, igual que en los turismos... los faros antiniebla como su propio nombre indica, son para cuando la meteorologia no permite que haya la visibilidad suficiente para los faros "normales"... sino se llamarian de otra forma... ;)
 
rokket dijo:
Por supuesto que sí, igual que en los turismos... los faros [highlight]antiniebla como su propio nombre indica[/highlight], son para cuando la meteorologia no permite que haya la visibilidad suficiente para los faros "normales"... sino se llamarian de otra forma... ;)

¿Y si no son antinieblas? ¿Y si son de posición? ¿Cómo sabe la G.C. sin son antinieblas o posición?

Saludos y gracias por contestar
 
Por ejemplo... jejeje... y por que segun la legislacion vigente no se puede mas de un faro encendido en una moto jejeje...
 
rokket dijo:
Por ejemplo... jejeje... y por que segun la [highlight]legislacion vigente [/highlight]no se puede mas de un faro encendido en una moto jejeje...

En el manual de conducción de las academias dice que puede llevar 1 o 2 faraos...
 
madre mia como os liais jajaj, q si el manual dice un faro o dos,...

Esta bastante claro creo, si llevas las antinieblas sin niebla te multan si quieren, como siempre.

Si llevas luces q no son de la moto te multan.

Si son de posicion te multaran pq es imposible q una moto lleve mas de una luz de posicion, mas de una bombilla vamos.

y ya no te cuento si son de largo alcance de esas q montan algunos capullos en coche para molestar al q viene (otros las montan para ver mejor sin molestar claro)

El tema es q seguramente no pase nada, pq al ver una moto tan grandota pasaran del tema, otra cosa es q se lo vean puesto a una rieju o algo similar.

Asi q puedes estar "medio" tranquilo ejej.

Un saludo
 
El reglamento general de vehiculos dice:
"... Si es una luz. en el plano longitudinal medio del vehiculo. Si son dos luces, simetricas con respecto al plano longitudinal medio del vehiculo."

"... Toda motocicleta [highlight]puede[/highlight] llevar:
Luz antiniebla delantera.
Luz antiniebla trasera.
Catadióptricos laterales no triangulares.
Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia."
Todas estas luces, por supuesto, homologadas como tales y para el vehiculo en cuestion. las luces antiniebla llevan la homologacion en el cristal, y creo que un codigo, la letra "B", que las clasifica como antinieblas. Esto ultimo lo digo de memoria, y puede ser erroneo
 
MaloluxGS dijo:
madre mia como os liais jajaj, q si el manual dice un faro o dos,...

[highlight]Si son de posicion te multaran pq es imposible q una moto lleve mas de una luz de posicion, mas de una bombilla vamos.[/highlight]

y ya no te cuento si son de largo alcance de esas q montan algunos capullos en coche para molestar al q viene (otros las montan para ver mejor sin molestar claro)

Un saludo

Mi CL lleva 4 hermosos faros en el frontal. 2 de cruce y 2 de largas. Con su bombilla cada uno. Por cierto, no lleva de posicion.

Vssssssssssssssss.
 
Las luces de niebla solo se pueden utilizar cuando hay condiciones admosféricas adversas (niebla, lluvia intensa, humo......) o cuando se circula por carretera de curvas enlazadas cuyo ancho de carril no supere los 3,5 m ;)
 
rokket dijo:
Por ejemplo... jejeje... y por que segun la legislacion vigente no se puede mas de un faro encendido en una moto jejeje...

Pues me han vendido una moto "ilegal"...a mi speed triple se le encienden los dos faros a la vez...y no pone nada en la ficha técnica... :-? :-? :-?

Un saludo
 
Jaco dijo:
Buenas

Si llevas encendidos los faros antiniebla que vienen como accesorios de la ADV durante el día, sin niebla... ¿te pueden multar por ello?

Como ya multan y te quitan 28520 puntos por cualquier cosa... :-/


V's

buenas tardes por supuesto que te puden multar, hay dos artículos del reglamento general de conductores que podrías incumplir y por lo tanto ser sancionado por alguno de ellos, los art son el 106.2.3B y el 106.2.1C por el primero serian 70 euros y por el segundo 150 euros, la diferencia etre ambos es que en el 2º se sanciona ademas de llevar encendido los antinieblas cuando no corresponde ,el producir deslumbramiento de hay la diferencia en la sanción.
Los art puntualizan " la luz delantera de niebla solo podrá utilizarse cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad o en tramos de vías estrechas con muchas curvas(calzada con 6.50 m de anchura o inferior), estando señalizadas
 
La legislación vigente está escrita, si se lee no hay duda posible, y si se incumple es porque uno quiere...(la ignorancia no exime de responsabilidad)
 
Si te paran tu diles que has visto en antena3 que ahora hay que llevar todas las luces encendidas y noseque para los accidentes y haber si cuela...
 
Pelusa CL dijo:
[quote author=MaloluxGS link=1212777110/0#6 date=1212839866]

Mi CL lleva 4 hermosos faros en el frontal. 2 de cruce y 2 de largas. Con su bombilla cada uno. Por cierto, no lleva de posicion.

Vssssssssssssssss.


Tu moto viene asi homolagada con esta disposicion de fabrica, entonces no tienes problema y por lo que yo veo los
que andan con luces sin homologar( coches con xenon sin regulacion automatica). tampoco, porque sino no aumentaria
tanto el nº de estos vehiculos: Yo no se de nadie al que lo pararn por tener unos xenon ilegales y vaya si
molestan.

Un saludo
 
Paseandovoy dijo:
El reglamento general de vehiculos dice:
"... Si es una luz. en el plano longitudinal medio del vehiculo. Si son dos luces, simetricas con respecto al plano longitudinal medio del vehiculo."

"... Toda motocicleta [highlight]puede[/highlight] llevar:
Luz antiniebla delantera.
Luz antiniebla trasera.
Catadióptricos laterales no triangulares.
Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia."
Todas estas luces, por supuesto, homologadas como tales y para el vehiculo en cuestion. las luces antiniebla llevan la homologacion en el cristal, y creo que un codigo, la letra [highlight]"B",[/highlight] que las clasifica como antinieblas. Esto ultimo lo digo de memoria, y puede ser erroneo


Puntualizar que es una F dentro de un circulo, la F es de Fog: niebla en Inglés.
Efectivamente si están homologadas, no es necesario ITV por ser pequeña reforma, no así si son luces de largo alcance que si se considera reforma de importancia.


Con un par.
 
Karlos BMW dijo:
para que encenderlas sino se cumplen las condiciones para las que están destinadas?  ::)
Todos hemos comprobado lo que molestan cuando se llevan encendidas y no es necesario. ;)
 
Buenas.

Quizas no venga muy al caso, pero me gustaria aprovechar el post, para decir lo capul.. que son los que van con las luces de niebla todo el dia en los coches, con o sin niebla. Estoy seguro que la mayoria, tunerillos de tres al cuarto, las llevan porque el coche les parece mas guay. Creo que la GC debiera dar mas caña.

No se si es mi caso solamente, pero muchas veces por la noche, molestan bastante mas que las luces normales. Y hombre, si hay niebla, pues bien, pero si no la hay, apagalas. Ya no digo nada del tipico empanado, que no sabe ni que son los pilotos que se le encienden en el salpicadero, y las lleva encendidas sin saber lo que son. Habra algun cenutrio que pensara... Si las trae, yo se las pongo, asi veo mas y me ven mejor. Me revienta un monton cuando vas detras de un coche bastante tiempo, y el va con la de niebla de atras sin hacer falta.

Un saludo. ;)

PD: Menos mal que no soy GC, sino estaria empapelando a diestro y siniestro a jetas y empanados.
 
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