fecha equivocada en multa radar

javierete

Curveando
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hola foreros :
acabo de recojer una sancion municipal en correos por exceso de velocidad; vian urbana a 50; velocidad 67.
he ido a la policia municpial departamneto de seguridad viaria.....y me han dado fotocopia de la foto...soy yo y mi mujer...y una copia de la sanción que los agentes deben de rellenar en el mism o momento...donde indican en observaciones:para el vehiculo denunciado entraña gran peligro...(te cagas..)..
sancion grave: 140 E.
creo que tengo un mes para recurso de reposicion(imagino que para impugnarla no ??..
bueno el caso es que en la foto.. arriba vienen todos los datos...
dia, hora,localización,velocidad...PERO.....la fecha esta equivocada pues indican 25.10.2006
(en el papel trascrito por el agente si pone 2005...pero .....en la foto ....PONE 2006 y obviamente el 25/10/2006 .........
esto justifica un pliego de descargo/recurso de reposición o como se llame???
qué deberia de hacer .?y cómo?
en caso de paganini..
hasta cuando me beneficio del descuento por pronto pago?(fecha maxima de pago 24/82006.
gracias
 
Eso es un defecto de forma, recurre que a lo mejor cae. Justificalo (sin presentar la foto) que el día de la multa tu no pasabas por ese punto y que debe haber un error en la matrícula (has de justificar que estabas en otro sitio, trabajando por ejemplo (si es laborable) y que en la empresa te hagan un justificante a tal efecto), que te manden la foto de ESE DÍA, no la que tienes tú en tu poder, a ver que dicen.
 
eso no va a colar, porque segun pone el agente le hizo entrega de la denuncia que entiendo le paro y relleno con sus datos, osea que va a ser que no cuela :-/
 
Yo enfocaría el recurso, de hacerlo, contra lo de "falta grave".
Pide que los agentes especifiquen claramente en qué consistió el riesgo creado (lo de "gran peligro para el denunciado" es impresionante, desde luego ;D).
A ver qué hora era cuando te denunciaron y las circunstancias de esa travesía, volumen de circulación, peatones por la zona........todo puede influir para que circular a 67 km/h sea una verdadera temeridad o bien se trate de una multa meramente recaudatoria. Valora todo esto y, si ves razones objetivas para recurrir, hazlo basándote en que en todo caso se trata de una infracción leve.
En caso contrario y sobre todo si tiene reducción, págala porque como te han dicho, yo tampoco le veo futuro a recurrir por ese defecto de forma de la fecha de la foto.

Suerte!!!!
 
se me olvidó comentar el detalle de que a mí no me detuvioron para darme la sancion....
ha sido " sin anestesia " directamente por correo....a mi casa..
lo digo por si este detalle pudiesese ser determinante
 
hola javier pues veras, te digopor esperiencia y porque lo se, si es el ayuntamiento de madrid, lo tienes crudo,pues por sistema este ayunamiento desestima todos los recursos queinterpongas, incluido el de alzada, y solo te quedaria recurir mediante un contencioso administrativo, conlo cual tendrias que depositar el importe de la sancion con el incremento de 30% en vez de la bonificacion del 30%, para ir a un contencioso hay qu tener una seguridad abrumadora quese va a ganar un simple defecto de forma tiene que ser sustancialmente evidente que hay un error para que el juez lo estime.
la fecha que tiene la foto cual es exactamente año 2006? y la fecha de la denuncia del agente es la del 2005?, y la que vale es la del radar?, y la equivocada es la del agente?, si es asi, el agente puede en un momento dado manifestar que fue un error involuntario al escribir el boletin de denuncia y tan pillao recurso a favor del ayuntamiento y los gastos del contencioso todos para ti, que lafecha que esta bien es la del agente y la mala es la de la foto, pues ahi tienes que demostrar que ese dia estabas en otra parte y digo demostrar no vale solo con decirlo de palabra, hay que aportar pruebas que demuestre que la presuncion de veracidad del agente no es correcta, y que dicha foto es un eror y que otro vehiculo de las mismas caracteristicas circula con una placa de matricula falsa igual a la tuya, con lo cual tendrias queponer una denuncia porque un vehiculo circula con una placa doble.
Eso si fijate bien que en la foto al vehiculo no se le aprecien signos que es evidentemente tuyo, como por ejemplo unapegatina que solo la tiens tu, un golpe, un aleron exclusivo, un muñeco colgando, etc etc, si se identifica plenamente tu vehiculo como tuyo lo tienes mal muy mal.
Por eso se queduele decirtelo, pero lo tienes bastante mal cuando haya afoto de radar y el vehiculo se aprecia bien y o hay unadenucnniapor medio de duplicidad de matricula o lo tienes crudo.
Enfin tu sabras hasta donde quieres llegar, con esto.o pagas 98€ conel descuento o 182€ con el recargo y si vas a un contenciosa seria los 182€, +gastos abogados+gastos procuradores+costasjudiciales si pierdes= a un monton de pasta asi que tu mismo.
un saludo.
Si quieres alguna aclaracionmas me pones un privado y estare encantado de asesorarte lo mejor que sepa.
 
Pero si es que no leéis....

Que la fecha de la foto es OCTUBRE 2006.... ¡Cómo va a estar bien!!!!! ¿Cómo queréis que justifique dónde estaba?... será ¿dónde va a estar...?

Respondedle con la opción "texto del agente bien, fecha de la foto mal". Es el único escenario posible...

Era sólo por aportar....
 
Pa mi que esta foto te la hicieron saliendo del cine cuando dieron REGRESO AL FUTURO, vamos que si eso no es recurrible que venga Dios y lo vea lo tienes tan facil como pedir el certificado de que el aparato que te hizo la foto ha pasado la debida inspección y cuando y como evidentemente incluye datos incorrectos desde ese momento puedes poner en duda la validez de la medida, de la foto y hasta del agente a su cargo.
Por curiosidad habla con alguna empresa quitamultas veras que harton a reir se hechan cuando les digas que te pusieron una el año que viene.

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;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D

Que todas sean como esta.
 
Yo creo que si la multa es de octubre de este año es posible que se trate de un tipo de multa nuevo...una multa preventiva.
Jo! que gran idea.
A todos nos deberían poner 10 o 20 multas al empezar el año, variadas, unas cuantas por exceso de velocidad, otras pocas por conducción temeraria y otras de tipo administrativo, olvidarte el permiso en otra cazadora, etc.
Por supuesto estas serían ademas de las que nos pillan "in fraganti".
 
bokeron dijo:
Pero si es que no leéis....

Que la fecha de la foto es OCTUBRE 2006.... ¡Cómo va a estar bien!!!!! ¿Cómo queréis que justifique dónde estaba?... será ¿dónde va a estar...?

Respondedle con la opción "texto del agente bien, fecha de la foto mal". Es el único escenario posible...

Era sólo por aportar....
efectivamente como dice Boqueron.. el radar indica fecha 25/10/2006..ES DECIR DENTRO DE 6 MESES........
en la sanción a papel que escribe el agente si pone fecha correcta 25/10/2005,
mi duda es que si el agente sanciona en base a que le salta el radar.... y éste proporciona este dato erroneo......?
la metricula se ve fenomenal; es mi moto....nada que hacer.......... salvo la fecha ..
esta es mi duda...

algun experto en la sala???....esos abogadois...venga Marcos que me consta que hablas con conocimiento...... gracias.
 
Yo en tu lugar efectuaria el correspondiente recurso, basandome en lo que te ha expuesto Jheto, efectivamente existe un defecto de forma y ademas demostrable, adjunta fotocopia de la foto del radar y fotocopia de la denuncia del agente, alegando que no coinciden las fechas, si el agente se equivoco en el momento de introducir los datos en el radar, es su problema, luego no puede efectuar una denuncia que no se corresponda con los datos de la fotografia. Es igual que si se equivoca en la calle, el numero de la calle, en el numero de antena del radar, etc. etc.
 
Vamos a ver gente....esto es un claro tema de ansiedad por parte de lla DGT....ya estan multando a la gente por adelantado por si acaso, es que lo radares fijos ya no recaudan tanto como antes y ahora empiezan las devoluciones de hacienda... ;D ;D ;D Joer esto si que es recaudar a toda costa... :o :o A mi me llega mañana una multa por no pasar la ITV de la moto que todavia estan matriculando...bueno es que viene con 4 años de adelanto... ;D ;D ;D ;D ;D
 
Salud al foro.

Amos a ver, el agente "notifica" lo que el operador del radar le dice, en este caso "motocicleta tal a 67 Km/h", y tal como están las cosas, recúrrela que no hay quien te haga pagar esa denuncia, no es necesario que alegues defecto de forma, que no lo hay, la notificación es correcta, lo que tienes que alegar es "manipulación" del cinemómentro, porque si la fecha está mal, ¿quien te garantiza que la medición es buena?, otra cosa es que el ayuntamiento desestime el recurso, lo suelen hacer por sistema, como tiran con pólvora ajena......................... >:(, pero en un contencioso lo tienen perdido SIEMPRE, y mas un caso como éste, en el que la prueba está viciada de origen, cuánto cambiaría el procedimiento sancionador si los Juezes condenaran a la Administracción, Local o no, a las costas. :o

Mi consejo es que la recurras, a lo mejor son consecuentes y aceptan el recurso ::)
 
acelera_a_tope dijo:
Salud al foro.

 Amos a ver, el agente "notifica" lo que el operador del radar le dice, en este caso "motocicleta tal a 67 Km/h", y tal como están las cosas, recúrrela que no hay quien te haga pagar esa denuncia, no es necesario que alegues defecto de forma, que no lo hay, la notificación es correcta, lo que tienes que alegar es "manipulación" del cinemómentro, porque si la fecha está mal, ¿quien te garantiza que la medición es buena?, otra cosa es que el ayuntamiento desestime el recurso, lo suelen hacer por sistema, como tiran con pólvora ajena......................... >:(, pero en un contencioso lo tienen perdido SIEMPRE, y mas un caso como éste, en el que la prueba está viciada de origen, cuánto cambiaría el procedimiento sancionador si los Juezes condenaran a la Administracción, Local o no, a las costas. :o

Mi consejo es que la recurras, a lo mejor son consecuentes y aceptan el recurso  ::)

estoy de acuerdo, tambien con Mike_13

entendi del 1r mensaje que te habian parado.

yo recurriria, auque lo probable es que desestimen tu recurso, hagas otro de alzada y lo mismo y si quieres te vas al contencioso que te sale mas caro que pagar la multa >:(, pero al ser administracion local prueba a recurrir, si fuese trafico directamente te aconsejaria pagarla, esos ultimamente lo desestiman todo y vete al contencioso si tienes webs, es que el sr. lacagaste funciona asi, menudo pedazo de inutil >:( (como siempre es solo una critica a lagestion, para nada es un insulto ;D, lo mismo que nosotros nos comeremos sus denuncias el se va a estar comiendo que yo le llame inutil hasta que deje el cargo y hasta mas alla ;D ;D ;D)
 
Un poquito de por favor ::)

La denuncia ya de por si es grave, segun lo estipulado en los baremos de limites de velocidad establecidos, puesto que es una infraccion grave segun el reglamento general de circulacion ( las denuncias de cinemometro pueden ser GRAVES o MUY GRAVES estas ultimas con propuesta de retirada de uno a tres meses)

Los defectos de forma( si mal no recuerdo) podran ser subsanables por la administracion. ( LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN)

En cuanto a la fecha que aparece en la foto, esta la puede variar el agente al igual que la transcrita en el boletin de denuncia.

LO QUE SI PODRIAS HACER ES SOLICITAR A LA JEFATURA DE LA POLICIA LOCAL, LA REVISION PERIODICA QUE DEBE DE PASAR EL CINEMOMETRO (RADAR) POR EL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGIA. Vamos por si tuviera la itv caducada, pa que me entiendas, entonces si, seria causa de nulidad.

Espero haberte servido de ayuda,

V´sssssssss y Rafagasssssss desde la [highlight]Mezquita de Cordoba [/highlight]8-)
 
Yo lo intentaría por ese camino. Desprestigiar al cinemómetro ese. Efectivament, como dice acelera_a_tope, is la fecha está mal, quien te asegura que mide bien el chisme.
 
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