Garantias Paralelas--AYUDA

balletapower

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22 Jun 2007
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hola a todos,
Tengo una duda...
Quiero cambiar mi GS , quizas por una adventure o una RT.
He estado mirando por comprarla en un importador paralelo como esos chicos de Valencia o similar.
el problema es que he oido por ahí..., que ha habido un problema que acabó en juicio por el tema de garantias ( ya sabeis .. yo compro la moto en un importador y luego quiero que me pase la garantia un conce oficial) y por lo visto le han dado la razón en la sentencia al conce y a BMW y al final el que pierde soy yo si tengo algun problema...
Esto me lo ha contado un concesionario, no digo nombres ni nada solo que si sabeis algo al respecto me lo digais , a ver si por cuatro perras al final la vamos a jod...

V,ssss
 
Hola:
Yo lo he visto con el coche de un familiar (Audi S4) y con juicio incluido. En la sentencia, no dice que el vehículo no tenga garantía, sino que según la ley, la da el vendedor que es el responsable de la tramitación... Osea que el conce oficial te dice que te arregla el coche o la moto, te cobra y luego esa factura es la que te debe tramitar y abonar quien te ha vendido el bien. Al final del final el cliente tiene/debe cobrar pero imagínate adelantar la pasta de una junta de culata, de un turbo o de algo gordo en una moto y eso sin contar que igual en Inglostad, Munich o Alabama dicen que no entienden muy bien lo que les dice el "paralelo".
Todo el mundo quiere encontrar el chollo del siglo, pero cuanto más rica es la peña, más seguros de vida se hace, aunque le cuesten dinero!
Suerte, yo quiero cambiar mi R 1200 S por "otra cosa" (un cortacesped?) pero intentaré "no ahorrarme" los últimos 300 euros no sea que me salgan caros.
 
La ley es bastante clara: la garantía la cubre el vendedor, en su defecto el importador y, llegado al peor de los casos, el fabricante.

Esto quiere decir que BMW concesionario y BMW Ibérica, en el caso de que compres una moto paralela, como tu dices, pude lavarse las manos sin ponerse ni colorados y amparados por la legislación vigente.
 
balletapower, el primer que responde por la falta de conformidad del bien con el contrato es el vendedor. Así lo dice el primer párrafo del artículo 9 de la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo:


1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega.

El concesionario, que es un mero vendedor, puede exonerarse de la garantía con todo el derecho del mundo.

Sin embargo, la Ley (artículo 10) concede acción también frente al productor (que es el importador o el fabricante):

Artículo 10. Acción contra el productor.

Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del bien.

Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de esta Ley, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los bienes de consumo, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan.

Se entiende por productor al fabricante de un bien de consumo o al importador del mismo en el territorio de la Unión Europea o a cualquier persona que se presente como tal al indicar en el bien de consumo su nombre, marca u otro signo distintivo.

Quien haya respondido frente al consumidor dispondrá del plazo de un año para repetir del responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se computa a partir del momento en que se completó el saneamiento.


Fíjate bien que dice que el productor es el importador al territorio de la Unión Europea por lo que, en el caso de las BMW, no hay en rigor importador y el productor coincide con el fabricante.

Puedes acudir al fabricante en dos casos:

1.- Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor, concepto indeterminado donde los haya (vete tú a reclamar en Alemania, en alemán e invocando una ley española).

2.- Cuando la falta de conformidad se refiera al origen, identidad o idoneidad de los bienes de consumo, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan. Es decir, cuando hay un defecto tan grosero que la moto más que una moto parece algo completamente distinto, lo que, me temo, será también difícil de justificar.

En conclusión, si compras la moto a un negocio paralelo has de saber que te las vas a tener que ver con él. Hazlo sólo si es un sitio en el que confíes plenamente.

Saludos,

MacGuffin
 
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