Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

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oriol

Invitado
Hola a todos,

esta mañana he vendido mi Hornet y tengo una duda.

En el ayuntamiento me han comentado que el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del 2006 voy a tener que pagarlo yo (me llegará al abril del 2006).

Por otro lado, le tendré que pasar el recibo al comprador ya que lo necesita para tener la moto en regla (ningún problema. Es lógico)

Lo que no me parece tan lógico es que yo le tenga que pagar el impuesto del año que viene, ya que cuando llegue el recibo hará dos meses que ya no tendré la moto.

Realmente es así? o tengo derecho a reclamarle el importe del impuesto?

Me refiero a qué es lo que se suele hacer en estos casos al margen de lo que se pueda o no negociar.

Necesitaría respuesta antes del mediodía, ya que vendrá a recoger la hornet  :'( snirrrf cómo me duele... mi pequeña gran moto... :'(

Gracias por adelantado.

Hurry Up!
 
Bueno lo que es mas exato es que como la moto esta vendida en el año 2006 el impuesto todabia ira a tu nombre ya que hastas el año que biene no se lo haran al del nuvo propietario.

Lo mejor es que hables con el nuevo propietario y le digas de que te abone por lo menos los meses desde que el tiene la moto pero dependeras de la buena fe
 
De hecho los va a tener todos, ya que el recibo se pasa al abril.

El tema es si debo o no debo pagar este recibo ya que aunque sea del 2006, abarca de abril del 2006 a abril del 2007.

De la misma manera que el comprador paga la transferencia, debo pagar yo el impuesto? Esta es la pregunta.

Otra cosa es que sea o no negociable lo que se suele hacer.

Saludos  ;)

Hurry Up!
 
Pues efectivamente es así la cosa, el Ayuntamiento pasa el recibo a la persona que a día 1 de Enero figure como propietaria de la moto... si luego tú la vendes (como ha ocurrido) pues ya es cuestión de negociar con el comprador los meses que "debería" pagar él, si lo crees oportuno.

Un saludo,

Ángel "2 Ruedas"
 
al tranferir el vehiculo al nuevo propietario debes darselo con todos los papeles en regla, (multas, impuestos etc..), en el caso de las multas si no tienes todas pagadas no te dejaran hacer la transferencia al nuevo y el caso del impuesto de circulacion tampoco, pero en el caso de este ultimo, lo que puedes hacer es sacar solo el del primer semestre,
a mi no es primer vehiculo que me nuevo ocn el impuesto de circulacion solamante del ultimo trimestre, o del primero, y luego te haces tu cargo,
por cierto si vas a transferir el vehiculi y tienes domiciliado el impuesto de circulacion dile al banco que anule la conformidad, que tambien me ha pasado que al año siguiente de quitarme un vehiculo de encima me ha venido el impuesto de circulacion al banco y me ha tocado A MI demostrar en la provincia donde tenia la residencia habitual que el vehiculo ya no era mio, para que me devolvieran el importe, y conozco mas casos, V,s
 
Gracias por los puntos de vista.

Acabo de llamar al ayuntamiento y me dicen que a quien van a reclamar el importe es a mí y esto es lo legal.

También me comentan que otra cosa es lo que yo pueda o no negociar con el comprador, así que me quedan 40 min. para enfocar el tema.

Saludos!

Hurry Up!
 
charlye lo ha explicado muy bien, pero no es muy común el poder fraccionar el pago del impuesto de circulación en varios meses, creo que depende del ayuntamiento... de todsa formas si te puedo decir que una de las condiciones es que estén todos los pagos al día y eso incluye el impuesto de circulación. Incluso si transfieres las moto en enero estás obligado como parte vendedora a pagar el impuesto de 2006. Otra cosa es que negocies con el comprador que te lo abone a ti con un precio añadido al valor acordado (que no creo que sea fácil)
 
Para empezar te diré que aunque el impuesto te lo pasen al cobro en el mes de abril es del año 2006, no de abril 06 a abril del 07. El pago del impuesto normalmente le corresponde siempre al vendedor, a no ser que lo negocies con el comprador. El fraccionamiento del pago del impuesto sólo lo hacen los ayuntamientos en vehículos de nueva matriculación, normalmente por trimestres, es decir que un vehículo que matricules en diciembre sólo pagará el último trimestre. Esto te parecerá algo lógico, pues bien hace años tenías que pagar el año entero.
El mismo caso de impuesto se da si quieres dar de baja un vehículo el día 2 de enero, tendrás que pagar todo el año.
Haz caso tambié a Charlye en lo del banco en caso de tener domiciliado e pago.
Vssssssssss
 
Viene la caballería!!!! Soy funcionaria del Ayto. de Madrid y más concretamente atiendo al público en Alcalá 45 en todos los impuestos. Bien, efectivamente el impuesto devenga el 1 de enero y el obligado al pago es el titular a esa fecha del vehículo. Para cambiar el nombre en tráfico te piden dicho impuesto y no exactamente el impuesto como tal, sino una hoja que te hacemos nosotros que certifica el pago del impuesto, pero eso de que te piden las multas... no es cierto. Una vez tramitado el cambio de titularidad en tráfico y con el papelito de marras hay que venir al Ayto. para pedir la devolución de los tres trimestres restantes o bien pactar con el comprador ese pago que se ha hecho de más. Mi consejo es que te apañes con el comprador, es más rápido y evitas la enorme espera de la devolución.

En cualquier caso, allí estoy para lo que necesiteis.

Un saludo
 
Buenos días, acabo de llegar a la ofi. Rectifico, he preguntado a los chicos de IVTM y me han dicho que solo se paga parte si es baja definitiva o temporal por robo, perdón me confundí. Menos mal que yo no llevo vehículos que si no me linchan :'(.

Aun así, si os puedo ayudar en algo....
 
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