Infracciones con pérdida de puntos (cuadro)

MacGuffin

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Hola, muy buenas:

Como he visto dudas en varios subforos sobre qué infracciones suponen la pérdida de puntos, me permito insertar el cuadro que se aprobó como Anexo II de la Ley:

«ANEXO II

Infracciones que llevan aparejada la pérdida
de puntos

1. Conducir con una tasa de alcohol
superior a la reglamentariamente establecida:
Valores mg/l aire espirado, más de 0,50
(profesionales y titulares de permisos de conducción
con menos de dos años de antigüedad
más de 0,30 mg/l) .......................................... 6

Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25
hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos
de conducción con menos de dos años de
antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) ...... 4

2. Conducir bajo los efectos de estupefacientes,
psicotrópicos, estimulantes y otras
sustancias de efectos análogos ...................... 6

3. Incumplir la obligación de someterse a
las pruebas de detección del grado de alcoholemia,
de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes
y otras sustancias de efectos análogos
................................................................. 6

4. Conducir de forma manifiestamente
temeraria, circular en sentido contrario al establecido
o conducir vehículos en competiciones
y carreras no autorizadas ........................ 6

5. Circular por autopistas o autovías con
vehículos con los que esté expresamente prohibido
............................................................ 4

6. Sobrepasar en más de un 50 por ciento
la velocidad máxima autorizada, siempre que
ello suponga superar al menos en 30 kilómetros
por hora dicho límite máximo ................ 6

7. El exceso en más del 50 por ciento en
los tiempos de conducción o la minoración en
más del 50 por ciento en los tiempos de descanso
establecidos en la legislación sobre
transporte terrestre ......................................... 6

8. Conducir un vehículo con una ocupación
que suponga aumentar en un 50 por ciento
o más el número de plazas autorizadas,
excluido el conductor salvo que se trate de
autobuses urbanos o interurbanos ................. 4

9. Conducir un vehículo con un permiso
o licencia que no le habilite para ello ............ 4

10. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones
objetos que puedan producir incendios o
accidentes de circulación ............................... 4

11. Conducir de forma negligente creando
un riesgo cierto y relevante para los otros
usuarios de la vía ............................................ 4

12. Exceder los límites de velocidad
establecidos:
En más de 40 km/h salvo que esté incurso
en lo indicado en el apartado 6 ..................... 4
En más de 30 km/h hasta 40 km/h ........... 3
En más de 20 km/h hasta 30 km/h ........... 2

13. Incumplir las disposiciones legales
sobre prioridad de paso, y la obligación de
detenerse en la señal de stop, y en los semáforos
con la luz roja encendida . ......................... 4

14. Incumplir las disposiciones legales
sobre adelantamiento poniendo en peligro o
entorpeciendo a quienes circulen en sentido
contrario y adelantar en lugares o en circunstancias
de visibilidad reducida ....................... 4

15. Adelantar poniendo en peligro o
entorpeciendo a ciclistas .. .............................. 4

16. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo
las disposiciones recogidas en esta
Ley y en los términos establecidos reglamentariamente
....................................................... 3

17. Realizar la maniobra de marcha atrás
en autopistas y autovías ................................. 4

18. Aumentar la velocidad o efectuar
maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento
por el conductor del vehículo que va
a ser adelantado .............................................. 4

19. No respetar las señales de los agentes
que regulan la circulación .............................. 4

20. No mantener la distancia de seguridad
con el vehículo que le precede ................. 3

21. Conducir utilizando manualmente el
teléfono móvil, auriculares o cualquier otro
dispositivo incompatible con la obligatoria
atención permanente a la conducción en los
términos que se determinen reglamentariamente
.............................................................. 3

22. Parar o estacionar en las curvas, cambios
de rasante, túneles, pasos inferiores,
intersecciones o cualquier otro lugar peligroso
que constituya un riesgo a la circulación o los
peatones en los términos que se determinen
reglamentariamente ........................................ 2

23. Parar o estacionar en los carriles destinados
para el transporte público urbano ...... 2

24. Conducir vehículos que tengan instalados
mecanismos o sistemas encaminados a
eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o
que lleven instrumentos con la misma intención,
así como la utilización de mecanismos
de detección de radares .................................. 2

25. Circular sin alumbrado cuando sea
obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido
reglamentariamente ........................... 2

26. Conducir sin utilizar el cinturón de
seguridad, el casco y demás elementos de protección
o dispositivos de seguridad, en los
casos y condiciones que se determinen reglamentariamente
................................................ 3

27. Circular con menores de 12 años
como pasajeros de motocicletas o ciclomotores
con las excepciones que se determinen
reglamentariamente ........................................ 2»



Destaco el 'sancionado en firme en vía administrativa' porque, en contra de lo que mucha gente cree, la mera denuncia no te resta puntos; para eso es necesario no sólo un procedimiento sancionador sino agotar todos los recursos administrativos procedentes (generalmente, recurso de alzada y recurso de reposición).

Una vez agotada la vía administrativa, si se opta por recurrir ante los tribunales (recurso contencioso-administrativo) hay que pedir la suspensión de la ejecución de la resolución recurrida (es decir, que no te quiten los puntos hasta que el juzgado o tribunal resuelva) expresamente y es discrecional del órgano jurisdiccional conceder o no la suspensión. Aún no hay experiencia sobre esto y habrá que ver por dónde salen los jueces porque si conceden la suspensión de la ejecución del acto recurrido de manera automática, si eres un litigador hábil puedes muy bien dilatar el procedimiento por el que perderías los últimos puntos los dos o tres años (según la gravedad de las infracciones) que son necesarios para recuperar tu crédito de puntos si no cometes infracciones.

Ya iremos viendo..

Saludos,

MacGuffin
 
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