itv 4 o 5 años

fgi

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hola amigos el viernes bajando a jerez desde barcelona me pararon 3 veces 1 los mossos de esquadra y 2 la guardia civil , todos me piden documentacion seguro y demas cosas todo correcto menos la ultima vez medicen que mi moto no tiene la itv pasada , yo le digo que la moto 10-01-2007 acaba de hacer 4 años y me dice que apartir del 1 de enero las motos pasan itv cada 4 años , y nada 150 euros y se quedan el permiso de circulacion. lo sabias que hera cada 4 años o es que soy un ignorante no te tienen que avisar por lo menos gracias. :o :o :o :o :o :o :o :o :o
 
..Pero si ya te han avisado, o es que tu no lees el BOE todos los dias, ...pues seras el unico.
Un saludo
PD Es broma, pero date por jod...
 
A mi me paró la guardia urbana de BCN y me pillaron sin el ITV. Me multaron, pero no se quedaron el permiso de circulación. Me dijeron que eso ya no lo hacían. Que era cosa mia pasar el ITV, pero que si me volvian a pillar sin él, me precintan la moto... y lo que dice carakol: el BOE en la mesilla de noche, junto al vasito de agua.


sds
 
Si lo han cambiado ahora me callo, pero he pasado la ITV en la moto a los 5 años y el coche a los 4.
 
Si señores lo han cambiado y ya se comento en varios post, en el caso de Madrid a los ciclomotores oficiosamente aunque han dado unos plazos por la terminacion numerica de la matricula, se les va a dar cuartelillo porque las estaciones de la ITV tienen que ponerse al dia para poder hacerles la revisión y logicamente tiene que ser en el casco urbano ;) Extraoficialmente lo tendran todo preparado Oct-Nov 07 ;)
 
Yo sabía que lo habían bajado a 4 años, lo leí en el Solomoto de casualidad.
 
En este foro tambien se habló del tema y quedó confirmado que las ITV´s a las motos cada 4 años.
 
efectivamente entro en vigor el año pasado y ahora las motocicletas pasan la primera ITV a los cuatro años igual que los vehiculos y enlas motos las siguiente son cada dos años sucesivamente al igual que en los coches que es cada dos años hasta que cumplen los DIEZ años y a partir de ahi es anual.

Espero que lo hayais pillado, y efectivamente hace tiempo en este foro se hablo hasta la saciedad de que las motos pasaban a 4 años las ITV.

En cuanto a la retirada del permiso de circulacion no se en cataluña, pero enla comunidad de madrid te quedas sin el hasta que pases la ITV, y posteriormente lo recuperas en trafico previo pago de la sancion, que hasta hace poco era como minimo 300€ pero tambien es cierto que la cuantia ha subido hasta los 1200€ asi que cuidain con las ITV's
 
[highlight]En cuanto a la retirada del permiso de circulacion no se en cataluña,pero enla comunidad de madrid te quedas sin el hasta que pases la ITV, y posteriormente lo recuperas en trafico previo pago de la sancion, que hasta hace poco era como minimo 300€ pero tambien es cierto que la cuantia ha subido hasta los 1200€ asi que cuidain con las ITV's[/highlight]

Saludos al foro

En cataluña hace unos dos años que no se retira el permiso de circulación, se informa al conductor que tiene un plazo de 10 días para pasar la ITV y que de no hacerlo en este periodo se procederá al precintamiento del vehículo, además de que el vehículo sólo puede circular para finalizar el trallecto que está realizando y desplazarse a la estación de  ITV o al taller a subsanar los posibles defectos.  La sanción es mucho más barata,  150 leuros, 105 con descuento, para que luego digan de los catalanes  :D :D :D(no comprendo como puede haber tanta diferencia de una comunidad a otra)
 
Ufffff!
Veo que me he librado por los pelos porque no lo sabía. Reconozco mi error por no leer el BOE todas las noches, y sé que el no conocer la existencia de una ley no te exhime de su cumplimiento, pero...

Mi moto cumplió 5 años el 19 de diciembre de 2006 y pasé la ITV el 22.

Creo, no lo sé, que tienes un margen de 1 mes para pasarla, ¿no?. O sea, que legalmente podría haber estado sin pasarla hasta el 19 de enero de 2007. Personalmente soy partidario de agotar ese mes (aunque como digo puede que esté en un error si no es legal) para estirar en lo posible el tener que pagar una ITV que no sirve más que (en el 99,9% de los casos) para eso, para pagar.

Sin embargo, por lo que comentáis, el 31 de diciembre de 2006 estaría dentro de la legalidad (si es cierto lo de ese mes de "margen", y sin embargo al día siguiente, el 1 de enero de 2007, ya estaría fuera de la ley porque me habría pasado de golpe nada más y nada menos que "un año", en lugar de 14 días. ¿Curioso, no?

De acuerdo que el error de no saberlo es mío, pero tampoco creo que pase nada si te avisan por carta de un cambio como ese ¿no?. ¿que cuesta mucho dinero avisar a todos? sin duda, pero también se gastan un huevo de pasta en mandar propaganda institucional. Una ley que cambia haciendo pasar de un día a otro de la legalidad a la ilegalidad creo que sería justo avisarlo. ¡Cueste lo que cueste, coño! ¡Ya está bien de gastar mi dinero en gilipolleces!

Y no hablaré más de la ITV, porque tiene guasa el tema. Casualmente acabo de enterarme esta mañana (en este mismo foro), que si pones luces de xenon a una moto que no las traiga de serie o las ofrezca como opción (no sé si alguna moto lo hace), no pasarás la ITV. O sea, que si haces cambios al vehículo que incrementen el riesgo estás fuera de la Ley, pero si haces cambios que reduzcan el riesgo... también eres un ilegal.

¡Ojo!, no se trata de NO aceptar como válida una modificación que pueda ser una chapuza o un riesgo, nadie esté verificando eso, eres ilegal simplemente por hacer un cambio para ver y que te vean mejor.

Un saludo,
 
efectivamente para realizar cualquier cambio en el vehiculo y que le afecte a su circulacion se tiene quepasar una ITV, especial para que no haya posteriormente problemas, y si efectivamente si tiens luces de xenon y no son como opcionales enla moto o no vienen de fabrica no te pasan la ITV, tendrias que ponerle su luz original para pasar la ITV, lo mismo ocurre si pones algo al coche como un gancho de remolque, un techo solar, etc etc.
 
Hola Pedro SB, ante todo un saludo y después de él comentarte que no existe en ningún lado lo del mes de prórroga que comentas. La ley es muy clara al decir que la ITV ha de ser pasada antes de la fecha de vencimiento de la misma, y en ningún caso da un plazo de un mes, ni de 15 ni de níngún día.

En cuanto a la fecha de entrada en vigor, fué el 22 de septiembre de 2006 (si mal no me equivoco) osea que a 31 de diciembre del año pasado, ya llevaba como mínimo un par de meses en funcionamiento. No obstante, si buscas por aquí, hay varios post con este tema, y en ella esta la fecha de entrada en vigor correcta (lo sé porque la consulté en el BOE).

Por lo demás, mi sorpresa al saber que en cada comunidad autónoma se aplican diferentes cantidades para lo de la ITV, así como los trámites a seguir. Aquí en la Valenciana y en la Canaria, se sigue retirando el permiso de circulación el cual se remite a tráfico, extendiendo en el acto un volante donde explica la sustitución del permiso de circulación y los periodos de tiempo válidos (10 días) y la sanción es de 150 euros ( si mal no recuerdo).

Un saludo a todos
 
MacHumber dijo:
Por lo demás, mi sorpresa al saber que en cada comunidad autónoma se aplican diferentes cantidades para lo de la ITV, así como los trámites a seguir. Aquí en la Valenciana y en la Canaria, se sigue retirando el permiso de circulación el cual se remite a tráfico, extendiendo en el acto un volante donde explica la sustitución del permiso de circulación y los periodos de tiempo válidos (10 días) y la sanción es de 150 euros ( si mal no recuerdo).

Un saludo a todos


aqui en la comunidad de madrid y en madrid capital se sigue haciendo asi tambien, se le retira el permiso se le da un justificante-volante para explicar la sustitucion del permiso o por si le paran otro agente para qeu no le denuncien y el tiempo que tiene para pasar la ITV, que son de 10 dias y durante ese plazo el vehiculo solopuede circular desde el lugar de la infraccion a su domicilio y posteriormente a la estacion de servicio, nunca seguir utilizandolo, si te paran por el dia si lo estas utilizando puedes alegar que vas a la ITV, pero no hagas com uno que lo pille a las 04 horas de la mañana y ese no tenia ninguna excusa pra utilizar el vehiculo conlo cual se le precinta el mismo y se le complica el tema, mas dinero y mas gastos.
Y como te ha dicho MacHumer, no hay ningun tipo de plazo la ITV, se pasa o el mismo dia o antes de la fecha, si te paran al dia siguiente te pueden denunciar por no tenerla pasada.
 
Hay otro caso de permiso o autorización temporal para poder circular con el vehículo con la itv vencida, y sería en el caso de que en una estación determinada, no pudieran prestarte el servicio necesario por saturación o exceso de trabajo, y con ello te otorgaran un documento en el cual se dice que el vehículo en cuestión tiene cita para el día tal, y que no ha pasado la itv, por motivos ajenos al usuario.

Es decir que una estación itv, que esté colapsada por trabajo, y donde dan citas de un mes o dos meses te expide una autorización para circular con la itv caducada, únicamente por este motivo.
 
Hola, hace unos meses estuve negociando la compra de una enduro de 2º mano en una tienda; ya había entrado en vigor la ley esta, y la moto tenía 4 años y medio y la itv sin pasar. Les dije que para comprarla debían pasar ellos la itv, a lo que me contestaron que habían consultado el tema y que la ley afectaba a las motos que se matriculasen a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley, cosa desde mi punto de vista lógica, ya que si no desde el mismo día de entrada en vigor se quedaban fuera de la ley de golpe y porrazo todas las motos que tuviesen entre 4 y 5 años.
La cosa es que por circunstancias no compré esa moto, pero si una hace 1 mes con 3 años recien cumplidos, en la cual hay una anotación en su ficha técnica que la itv la debe pasar en fecha tal, cuando cumpla los 5 años. La anotación no es que sea "legal", es a lapicero en una esquina de la tarjeta, y he perdido la pista de quien la ha podido hacer (la moto es en realidad de 3ª mano), pero me hace pensar que por algo se escribió.
En cualquier caso creo recordar que cuando salió este tema no llegué a ver suficientemente justificado "por ley" el que una moto con 4 años y 1 dia se quedase fuera de la ley desde el dia de entrada en vigor de la dichosa ley. Si es así agradezco se "refresque".
Gracias y un saludo
 
Socarrao, te informo, es evidente que el que te quería vender la moto de enduro quería solo eso, venderte la moto.
Yo si que me he leido la ley de arriba a abajo y de abajo a arriba, y en ella no aparece en ningún lado la exención de los vehículos que ya estuvieran matriculados, es más, en ningún momento se habla de vehículos de nueva matriculación, por lo que afecta a todos los vehículos. El parámetro no es la nueva o la antigua matriculación, el parámetro es la antiguedad del vehículo a partir de la primera matriculación, así que si tu vehículo tiene 4 años y un día, pues ya la tienes vencida.
En cuanto a las anotaciones que comentas en la tarjeta de la moto que has comprado, muy bien la podría haber puesto un anterior propietario para acordarse cuando debía pasarla, pero que tal vez lo anotó antes del último trimestre al año pasado (fecha en la cual entró en vigor la nueva ley) o por desconocimiento y de oidas situara así la finalización de la itv.

Espero haberte servido de ayuda y te refresco, que nuestras motos han de pasarla a los 4 años de la matriculación.

Un saludo y espero no haber errado en la información.
 
un poquito para resumir, os dire que en las fichas tecnicas no se puede anotar nada que no sea oficial pues si es a lapiz bueno no pasa nada se borra y listo pero si lohces a boli o de cualquier otro modo queno se puecda borrar lo qu ese hace es que te retiran la ficha tecnica y luego la tiens que recuperar pasando una ITV y en trafico.
De todos modos meteros todos en la mente qeu a partir del dia de entrada en vigor, la Ley las motos pasan las ITV a los CUATRO años, sin prorroga, sin nada mas que el tiempo estritamente estipulado, no le busqueis los tres pies al gato pues tiene cuatro, si te paran con la ITV, fuera de plazo te denunciaran y listo y ten por seguro que se pagara la sancion, ademas si es en madrid tendrias que perder una mañana en recuperar la documentacion en trafico, y a parte del gasto de la ITV, tienes una sancion economica bastante elevada, asi que todo aquel que su moto tenga mas de cuatro años tiene que pasar la ITV, y no le deis mas vueltas fastidia claro que si que se pierda un año pero es lo que hay, yo por ponerle matricula nuevo perdi un año de ITV, pues va en contra del ciudadano cuando se hace una ficha nueva por cualquier motivo o alteracion de la misma.
Y ese concesionario que te dijo qeu la ITV esa moto la pasaba a los 5 años, dile que se aprenda la legislacion y que no solo quiera vender moto, sino que salga a la calle, que se para delante de un guardia y le diga que tiene la ITV, caducada hace 6 meses y que hasta que tenga los cinco años no la pasa veras que risa le va a dar cuando le quite el permiso o le sancione.
Enfinespero haberos soluionado el tema de la ITV, es secillo, CUATRO AÑOS, ni un dia mas y todas
Un saludo
 
El problema que habia aqui en Cataluña, era que se formaban colas inmensas en el Servei Catala de Transit para poder recuperar el Permiso de Circulacion, incluso aveces llegaba el denunciado a recogerlo con la ITV pasada y el Permiso de Circulacion aun no llegado, ya que antes con la denuncia del Agte. las estaciones de ITV te tenian que coger en vehiculo en el momento que te presentabas en ellas sin pedir hora, con lo cual se opto por la formula de no retirar el Permiso de Circulacion, se procede a denunciar, extender un volante para circular hasta la estacion de ITV y alla se las apañe el infractor, si en 10 dias no ha procedido a pasar la ITV, el Servei Catala de Transit procede a la inmobilizacion y precinto del vehiculo.
 
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