Leer todos, afecta a vuestros bolsillos !!!!

helecho

Allá vamos
Registrado
2 Ago 2006
Mensajes
788
Puntos
18
Me imagino que muchos lo sabréis, yo no lo sabía e imagino que algunos tampoco, os cuento....

Nuestros justos y benignos legisladores, siempre tan preocupados por el bienestar de sus gobernados, han dispuesto un justísimo procedimiento para la recaudación de multas, es el siguiente: Si te ponen una multa y luego no vas a identificar a su requerimiento al conductor del vehículo, te ponen otra multa de 210 euros a sumar a la anterior, dando por hecho por supuesto que tu eres el conductor.

Que me ha pasado a mi? Pues lo típico, te cambias de casa y no cambias tu domicilio en tráfico, pues bien me llega una providencia de pago desde la delegación de hacienda por 310 euros de principal más 20% por recargo de apremio, total casi 400 euros.

Llamo a mi abogado y bingo !!! es una multa posiblemente de 100 euros que me fue notificada a la vieja dirección y el requerimiento para identificar al conductor obviamente también, por lo que no me enteré, cuando los datos han pasado de tráfico a hacienda ya sí me llega -al tener hacienda mi dirección actualizada- con 300 euros de recargo.

Como en el foro no se puede insultar, yo lo pregunto, se puede ser más sinvergüenza o ladrón?? será el vaquilla más honrado que estos??

Le comento el tema a mi mujer y me comenta que el ex embajador alemán en Madrid tiene un blog abierto a propósito de este tema http://multasilegalesmadrid.blogspot.com/
La mia no fue en madrid ni municipal, pero el asunto es el mismo.

Los alemanes tienen esto, que no se callan como los españoles.

Moraleja: Actualizar vuestra dirección en tráfico y daros cuenta de la calaña de la gente que nos gobierna. Esto ya es bananero.

Vsss
 
4D404940464D4A250 dijo:
Me imagino que muchos lo sabréis, yo no lo sabía e imagino que algunos tampoco, os cuento....

Nuestros justos y benignos legisladores, siempre tan preocupados por el bienestar de sus gobernados, han dispuesto un justísimo procedimiento para la recaudación de multas, es el siguiente: [highlight]Si te ponen una multa y luego no vas a identificar a su requerimiento al conductor del vehículo, te ponen otra multa de 210 euros a sumar a la anterior, dando por hecho por supuesto que tu eres el conductor.[/highlight]

Vsss
   


El procedimiento no funciona de acuerdo a esa exposición, siendo el procedimiendo a seguir por parte de la Administración en estos casos el siguiente:

Ante una infracción administrativa en materia de Tráfico y Seguridad Vial los agentes encargados de la vigilancia del tráfico deben notificar la denuncia al infractor en el acto, no obstante el Régimen de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, recoge que podrá realizarse la notificación posteriormente en los que casos de condiciones meteorológicas adversas, gran intensidad de circulación, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo pueda suponer un riesgo para la circulación y cuando se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes (cinemómetros).

En estos supuestos citados, se requerirá al titular del vehículo para que proceda a la identificación del conductor al objeto de depurar responsabilidades por los hechos cometidos. En caso de que el titular del vehículo no proceda a la citada identificación, éste será sancionado con multa de 310 € a 1500 €; dentro de esta horquilla la cuantía a aplicar será el doble de la que correspondería imponer al responsable directo de la infracción cometida con el vehículo, imponiéndose en todo caso la cuantía mínima de 310 €, cuando este importe no alcance la cifra calculada de acuerdo con aquella regla.

Aplicando lo expuesto a su caso en concreto, se deduce que la infracción cometida en su día llevaría aparejada sanción pecuniaria no superior a 150 €, por tanto se impone la cuantía mínima de 310 € que comenta, pero en ningún caso la Administración le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo.

No obstante a este procedimiento se modificará en unos meses con la entrada en vigor de la nueva LSV permaneciendo de la forma siguiente:

No identicar al conductor del vehículo infractor habiendo sido requerido para ello, llevará aparejada una sanción pecuniaria de cuantía doble que la infracción originaria que la motivó, si ésta es leve y de cuantía triple en el caso de infracciones graves y muy graves.

Casos como el suyo recuerdan la conveniencia (obligación legal en este caso) de participar a la Administración los cambios de domicilio.

Saludos!
 
Tienes toda la razón y ya que nos ponemos lo gracioso es que las administraciones son un desastre ya que cuando me cambié de domicilio me hice un DNI nuevo e incluso un carnet de conducir también nuevo pero me pusieron una multa en otro pueblo y me la mandaron a mi antigua dirección con los consiguientes recargos y nó fueron muchos porque lo ví en el Boletín oficial de la provincia en la versión electrónica.

Hasta un ciudadano que se molesta en hacerles el trabajo debe de sufrir unos requerimientos decimonónicos y una indefensión. Por cierto la multa se la pusieron a mi mujer por ir hablando por el móvil mientras conducía y un municipote de paisano no tenía nada mejor que poner la denuncia cuando entró en su turno poco después.
 
676D7261776A6D65040 dijo:
[quote author=4D404940464D4A250 link=1267003748/0#0 date=1267003748]Me imagino que muchos lo sabréis, yo no lo sabía e imagino que algunos tampoco, os cuento....

Nuestros justos y benignos legisladores, siempre tan preocupados por el bienestar de sus gobernados, han dispuesto un justísimo procedimiento para la recaudación de multas, es el siguiente: [highlight]Si te ponen una multa y luego no vas a identificar a su requerimiento al conductor del vehículo, te ponen otra multa de 210 euros a sumar a la anterior, dando por hecho por supuesto que tu eres el conductor.[/highlight]

Vsss
   


El procedimiento no funciona de acuerdo a esa exposición, siendo el procedimiendo a seguir por parte de la Administración en estos casos el siguiente:

Ante una infracción administrativa en materia de Tráfico y Seguridad Vial los agentes encargados de la vigilancia del tráfico deben notificar la denuncia al infractor en el acto, no obstante el Régimen de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, recoge que podrá realizarse la notificación posteriormente en los que casos de condiciones meteorológicas adversas, gran intensidad de circulación, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo pueda suponer un riesgo para la circulación y cuando se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes (cinemómetros).

En estos supuestos citados, se requerirá al titular del vehículo para que proceda a la identificación del conductor al objeto de depurar responsabilidades por los hechos cometidos. En caso de que el titular del vehículo no proceda a la citada identificación, éste será sancionado con multa de 310 € a 1500 €; dentro de esta horquilla la cuantía a aplicar será el doble de la que correspondería imponer al responsable directo de la infracción cometida con el vehículo, imponiéndose en todo caso la cuantía mínima de 310 €, cuando este importe no alcance la cifra calculada de acuerdo con aquella regla.

Aplicando lo expuesto a su caso en concreto, se deduce que la infracción cometida en su día llevaría aparejada sanción pecuniaria no superior a 150 €, por tanto se impone la cuantía mínima de 310 € que comenta, pero en ningún caso la Administración le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo.

No obstante a este procedimiento se modificará en unos meses con la entrada en vigor de la nueva LSV permaneciendo de la forma siguiente:

No identicar al conductor del vehículo infractor habiendo sido requerido para ello, llevará aparejada una sanción pecuniaria de cuantía doble que la infracción originaria que la motivó, si ésta es leve y de cuantía triple en el caso de infracciones graves y muy graves.

Casos como el suyo recuerdan la conveniencia (obligación legal en este caso) de participar a la Administración los cambios de domicilio.

Saludos![/quote]

Pues gracias por la aclaración que desde luego es bastante precisa, presumo que tu salario proviene de la administración por tu conocimiento de la materia, no lo sé, pero permíteme decirte que me sigue pareciendo una injusticia y un abuso como la copa de un pino que te carguen ese dineral por no actualizar una dirección, 20 euros, 50 euros, no sé algo razonable.

Oye fenomenal !!!! no me consideran responsable, pero me incrementan 300 euros la multa entre la sanción posterior y los recargos, oye que detallazo !!!!

Ahora me da por pensar en un mileurista. En fin chico, que país, pero de algún lugar tiene que salir el dinero para sostener los poderes políticos, sindicatos, funcionarios, asesores y autonomias.

Vsss
 
Seguramente la multa no es legal, no sabría decirlo, ya se encargará tu abogado. En cualquier caso y puesto que me pasó algo no exactamente igual con el coche (en mi caso, el cartero no tuvo a bien dejar la carta en el buzón...), que sepas que si tienes certificado digital o DNI electrónico te puedes dar de alta en el servicio de notificaciones de la Administración. Al menos sabrás cuándo te han puesto una multa

http://notificaciones.administracion.es/PortalCiudadano/paginas/comunes/inicio.aspx

Suerte con el recurso
 
Pues gracias por la info Pedro, de momento la ha recurrido mi cia de seguros ya que ofrecen este servicio gratuito, por cierto que lo sepáis, la mayoría de las pólizas de auto ya incluyen los recursos de multas (no de aparcamiento) en las pólizas.

En fin no sé si será legal o ilegal la multa, lo que me parece es descabellado con que soltura te meten unos pepinazos de ese calibre aqui en España con el nivel de sueldos que tenemos, eso sí seguro que si el fraude pasa los 100 M de euros, no hay multa ni pena, pq ha prescrito, fallo de forma, en fin que harto estoy ya de este pais llamado España.
 
242920292F24234C0 dijo:
Que me ha pasado a mi? Pues lo típico, te cambias de casa y no cambias tu domicilio en tráfico 

Creo que el problema radica aqui.

Otro tema es la cuantia por no identificar al conductor que directamente es un robo.

Salut i Vsss
 
4F4842474A3132060 dijo:
Tienes toda la razón y ya que nos ponemos lo gracioso es que las administraciones son un desastre ya que cuando me cambié de domicilio me hice un DNI nuevo e incluso un carnet de conducir también nuevo pero me pusieron una multa en otro pueblo y me la mandaron a mi antigua dirección con los consiguientes recargos y nó fueron muchos porque lo ví en el Boletín oficial de la provincia en la versión electrónica.

Hasta un ciudadano que se molesta en hacerles el trabajo debe de sufrir unos requerimientos decimonónicos y una indefensión. Por cierto la multa se la pusieron a mi mujer por ir hablando por el móvil mientras conducía y [highlight]un municipote [/highlight]de paisano no tenía nada mejor que poner la denuncia cuando entró en su turno poco después.


Eso es respeto, si señor. Creo que ese apelativo está de más.
 
Supongo que tendría que haberlo llamado hijo de puta como se ha puesto varias veces en el foro y no ha levantado quejas, parece que llamar MUNICIPOTE es mas ofensivo a alquien que fuera de su trabajo se dedica a recaudar dinero para un ayuntamiento corrupto como el del Ejido donde el dinero público ha servido para pagar todo tipo de lujos mientras el pueblo era y es expoliado.
 
Tienes razón INDAL,  ;) ;)como es funcionario público, policia y por lo tanto corrupto y sinverguenza (que debe ser sinónimo) no pasa nada si le ponemos a parir por denunciar a alguien que, total, sólo incumple la ley "un poco"... No se como se atreve.  ::) ::)

Por aportar algo:
Yo notifiqué el cambio de dirección en un ayuntamiento y meses después me llegó una denuncia de tráfico a la dirección antigua. Cuando me enteré ya tenia recargo, pero la recurrí alegando que, al no haberse comunicado la denuncia en el plazo legal y la dirección que yo habia dado a la administración, se me habia privado de mi derecho a defenderme.... El resultado fué que me la quitaron. 400 € que me ahorré. 8-)

Un saludo.
 
El lunes mande un recurso por el mismo motivo y la misma cuantia.Alegue en mi defensa que se me traspapelo la multa por lo que no espero mucho,pero hay que intentarlo.
Cuando me respondan te comento la resolucion.Pero me temo que de esta no me salvo.
Vsssssssssss
 
28252C2523282F400 dijo:
Pues gracias por la info Pedro, de momento la ha recurrido mi cia de seguros ya que ofrecen este servicio gratuito, por cierto que lo sepáis, la mayoría de las pólizas de auto ya incluyen los recursos de multas (no de aparcamiento) en las pólizas.

En fin no sé si será legal o ilegal la multa, lo que me parece es descabellado con que soltura te meten unos pepinazos de ese calibre aqui en España con el nivel de sueldos que tenemos, eso sí seguro que si el fraude pasa los 100 M de euros, no hay multa ni pena, pq ha prescrito, fallo de forma, en fin [highlight]que harto estoy ya de este pais llamado España[/highlight].


Pues hay otros... ::)

V'sss 8-)
 
El caso es que me parece recordar que hay que notificar a Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
 
616C67717C1F1C1E1E7D712E0 dijo:
El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.
 
7B796277160 dijo:
[quote author=616C67717C1F1C1E1E7D712E0 link=1267003748/14#14 date=1267018516]El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento [highlight]la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.[/[/highlight]quote]

Y que otra cosa pueden hacer?

A mi hija le han caido 750€ entre multas, recargos y falta de "nombramiento" del conductor.
Ella lo sabía y no le ha quedado otra que pagar y callar.

Lo de culpar al que hace cumplir la ley de la falta de cumplimiento de la misma, está muy visto, no?

V'sss 8-)
 
Los agentes de trafico se equivocan algunas veces, y tambien nos encontramos zonas mal señalizadas o incluso radares colocados en lugares que no tienen mas sentido que el recaudatorio DE ESTO SI NOS TENEMOS QUE QUEJAR...¡¡¡¡ SEÑORES UN POCO DE SERIEDAD !!!
 
yo lo único que veo es una infracción de no comunicar a tráfico el cambio de domicilio, que supongo que se puede probar, lo que llevaría su correspondiente sanción.

Las Administración -Tráfico y Hacienda- han seguido cada una sus procedimientos, no obstante, el de Tráfico es manifiestamente mejorable.

Hay que recurrir la providencia de apremio, para que las actuaciones se retrotraigan, y se permita pagar nuevamente en periodo voluntario.

Una simple consulta en la base de datos de Hacienda del domicilio actual, por parte de la Delegación de Tráfico, hubiera solucionado el tema, casos como este los hay a miles..es necesaria una mayor eficacia de la administración, estamos hablando de la misma administración, la del Estado, en la que una persona teniendo un único domicilio civil, tiene varios domicilios en varias bases de datos.

Estos problemas se solucionan con la notificación telemática, todo llegará, pero este es otro tema.

Visto varias veces, entre ellas

http://www.bmwmotos.com/cgi-bin/yabb2.4/YaBB.pl?num=1187978507
 
Los famosos 310 euros me suenan.
No hace una semana me comunican por carta que tengo que pagar 310 euros por no identificar al conductor.
Se supone que me mandaron otra carta anterior con la supuesta infracción y motivo por la que me mandan esta segunda.
Os aseguro que no me llegó nada, sólo esta segunda por no identificar al conductor, es decir, la de 310 euros.
Repito no me han llegado dos cartas, sólo una (para ellos la segunda)

Ni los hermanos Marx y la coña de la parte contratante.
Pero no tiene ni p. gracia, tener pendiente un pago de 310 napos y no saber por qué.
 
72757F7A770C0F3B0 dijo:
Supongo que tendría que haberlo llamado hijo de puta como se ha puesto varias veces en el foro y no ha levantado quejas, parece que llamar MUNICIPOTE es mas ofensivo a alquien que fuera de su trabajo se dedica a recaudar dinero para un ayuntamiento corrupto como el del Ejido donde el dinero público ha servido para pagar todo tipo de lujos mientras el pueblo era y es expoliado.


2- No se aceptarán manifestaciones escritas o imágenes que atenten contra las leyes vigentes así como insultos ya sea a foreros como a cuaquier otra persona, entidad, etc. Así mismo no se publicarán imágenes de contenido pornográfico ni similares siendo éste motivo de EXPULSIÓN directa.

Creo que las normas de este foro están bien claras, quizás aquí los únicos santos seais tú y tu mujer, tú por incumplir las normas del foro a base de insultos y tu mujer por incumplir las normas de tráfico utilizando el móvil mientras conduce. Que malo es el administrador si te expulsa y que mala que es la madre del guardia por denunciar a tu mujer. Apúntate una chaval.
 
2817030C0F033D2953502536620 dijo:
[quote author=7B796277160 link=1267003748/15#15 date=1267025715][quote author=616C67717C1F1C1E1E7D712E0 link=1267003748/14#14 date=1267018516]El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento [highlight]la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.[/[/highlight]quote]

Y que otra cosa pueden hacer?

A mi hija le han caido 750€ entre multas, recargos y falta de "nombramiento" del conductor.
Ella lo sabía y no le ha quedado otra que pagar y callar.

Lo de culpar al que hace cumplir la ley de la falta de cumplimiento de la misma, está muy visto, no?

V'sss 8-)
[/quote]


No sé si has leído mis posts iniciales, pero que te parece que hagan que en vez de cascarte 300 euros más de multa por no identificar al conductor solo te pongan 50 ó 75 euros, no te parecería más apropiado con los tiempos que corren y el nivel salarial? Que te parece si esto le cae a un mileurista?? Te parece justo?

O incluso como dice el compañero de arriba, creo que a la p.. administración no le costaría mucho contrastar con el ministerio del interior o hacienda tu dirección y hacer un segundo intento, claro que entonces se quedarían sin cobrar :-))) Yo ya pago 30.000 euros de impuestos al año solo de IRPF, creo que podrían mejorar este tema.

Oye y si esto te parece justo, por que no 700 euros o 1.000 hombre? O 2.000? a ti que pasa que si está escrito en una ley ya te parece justo pq venga con la rúbrica de ZP y del rey. Pues perdona a mi una cosa me parece justa o no de acuerdo con mi conciencia, intento ir un poco más allá.

A veces cuando leo ciertas contestaciones no me extraña nada lo que pasa en españa hoy en dia.


Vsss
 
Hola!!

Esta es mi experiencia: Cambio de domicilio a una zona nueva, la calle aún no tiene nombre (¿¿??), pero me piden una dirección para dar de alta agua, luz, teléfono.....; se utiliza el nombre de la calle más cercana y el nº, el que el promotor le ha dado a la vivienda dentro de la urbanización (unifamiliares).

  Cuando "encuentran" nombre para la calle, comienza el peregrinaje para actualizar la dirección en todos los documentos, y hace poco, ¡¡OCHO!! años después, me comunican que me cambian el número de la casa. Vuelta a cambiar toda la documentación donde figura mi dirección.

  Y finalmente, para "subir nota", tengo que ir a dos áreas del propio Ayuntamiento (Almeria) porque no trabajan con la misma base de datos.

  La guinda: recientemente le roban el bolso a mi Sra., teniendo que volver a "rehacer" la documentación: Te cobran por un nuevo carnet de conducir, un nuevo permiso de circulación y una nueva ficha técnica del vehículo (sí, tambien la llevaba en el bolso), teniendo que volver a "pasar" la ITV, que habia sido pasada con dicho vehículo hacia tres meses.

  Sin ánimo de engordar polémicas: nos exprimen o no nos exprimen ??

  Saludos, vssssssssssssssssssssss.

 
 
Hola foreros,

A mi me paso un caso parecido, trafico no me encuentra y los que si lo hacen son los de hacienda.

En mi caso, el permiso de circulacion del vehicula estaba correcto, mi carnet de conducir cambiado a la nueva direccion, y me dni tambien con mi nueva direccion.

Con la notificacion de hacienda me pongo en contacto con un abogado que se dedica a estas cosas (recursos) y me dice que lo mejor es pagar y ya esta. Si queria recurrir el me lo hacia pero que no veia ninguna posibilidad de que ganara nada y si queria seguir recurriendo necesitaria los servicios de un procurador, y en el caso de que me aceptaran el recurso y me modificaran la sancion nunca me devolverian los costes del señor procurador.

En fin que supongo yo que habra de todo, pero en algunos casos hay cierto tufo recaudatorio. Personalmente ami me parece que abusan de su posicion.

Saludos a tod@s.
 
69646D6462696E010 dijo:
[quote author=2817030C0F033D2953502536620 link=1267003748/16#16 date=1267026299][quote author=7B796277160 link=1267003748/15#15 date=1267025715][quote author=616C67717C1F1C1E1E7D712E0 link=1267003748/14#14 date=1267018516]El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento [highlight]la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.[/[/highlight]quote]

Y que otra cosa pueden hacer?

A mi hija le han caido 750€ entre multas, recargos y falta de "nombramiento" del conductor.
Ella lo sabía y no le ha quedado otra que pagar y callar.

Lo de culpar al que hace cumplir la ley de la falta de cumplimiento de la misma, está muy visto, no?

V'sss 8-)
[/quote]


No sé si has leído mis posts iniciales, pero que te parece que hagan que en vez de cascarte 300 euros más de multa por no identificar al conductor solo te pongan 50 ó 75 euros, no te parecería más apropiado con los tiempos que corren y el nivel salarial? [highlight]Que te parece si esto le cae a un mileurista?? Te parece justo?[/highlight]
O incluso como dice el compañero de arriba, creo que a la p.. administración no le costaría mucho contrastar con el ministerio del interior o hacienda tu dirección y hacer un segundo intento, claro que entonces se quedarían sin cobrar :-))) Yo ya pago 30.000 euros de impuestos al año solo de IRPF, creo que podrían mejorar este tema.

Oye y si esto te parece justo, por  que no 700 euros o 1.000 hombre? O 2.000? a ti que pasa que si está escrito en una ley ya te parece justo pq venga con la rúbrica de ZP y del rey. Pues perdona a mi una cosa me parece justa o no de acuerdo con mi conciencia, intento ir un poco más allá.

[highlight]A veces cuando leo ciertas contestaciones no me extraña nada lo que pasa en españa hoy en dia.[/highlight]

Vsss
[/quote]


1º- Yo si leo. Mi hija es mileurista, le encantaría poder pagar 30.000€ de IRPF. Quizá no leiste bién tu.

2º- Tienes razón, eso pasa en España hoy dia, porque seguimos pensando que nos tienen que masticar la comida antes de comérnosla y que el gobierno de turno (el que sea y de donde sea)  tiene que hacer por nosotros los trámites que NOS TOCA HACER A NOSOTROS.

Y encima, tienen la desvergüenza de multarnos por incumplir las normas, que desconsideración, amos que....

Las normas no las ha puesto ZP, ni el rey, sino los organismos competentes, con la aquiescencia del parlamento, como en todo pais medianamente civilizado.

A mi tampoco me gustan pero es lo que hay y no voy a ir llorando si me multan porque he incumplido alguna.
Por cierto, ya llevo 2 de radar este año. Pagadas porque SI tengo la dirección correcta en la DGT.


V'sss 8-)
 
Juanma K12GT, estoy totalmente de acuerdo con tigo, yo se que jode tener que pagar una multa pero si es por culpa de uno .... ¡¡¡ no queramos hecharle la culpa al gobierno de turno de todo lo que nos pase!!!
 
[highlight]El procedimiento no funciona de acuerdo a esa exposición, siendo el procedimiendo a seguir por parte de la Administración en estos casos el siguiente:

Ante una infracción administrativa en materia de Tráfico y Seguridad Vial los agentes encargados de la vigilancia del tráfico deben notificar la denuncia al infractor en el acto, no obstante el Régimen de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, recoge que podrá realizarse la notificación posteriormente en los que casos de condiciones meteorológicas adversas, gran intensidad de circulación, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo pueda suponer un riesgo para la circulación y cuando se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes (cinemómetros).

En estos supuestos citados, se requerirá al titular del vehículo para que proceda a la identificación del conductor al objeto de depurar responsabilidades por los hechos cometidos. En caso de que el titular del vehículo no proceda a la citada identificación, éste será sancionado con multa de 310 € a 1500 €; dentro de esta horquilla la cuantía a aplicar será el doble de la que correspondería imponer al responsable directo de la infracción cometida con el vehículo, imponiéndose en todo caso la cuantía mínima de 310 €, cuando este importe no alcance la cifra calculada de acuerdo con aquella regla.

Aplicando lo expuesto a su caso en concreto, se deduce que la infracción cometida en su día llevaría aparejada sanción pecuniaria no superior a 150 €, por tanto se impone la cuantía mínima de 310 € que comenta, pero en ningún caso la Administración le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo.

No obstante a este procedimiento se modificará en unos meses con la entrada en vigor de la nueva LSV permaneciendo de la forma siguiente:

No identicar al conductor del vehículo infractor habiendo sido requerido para ello, llevará aparejada una sanción pecuniaria de cuantía doble que la infracción originaria que la motivó, si ésta es leve y de cuantía triple en el caso de infracciones graves y muy graves.

Casos como el suyo recuerdan la conveniencia (obligación legal en este caso) de participar a la Administración los cambios de domicilio.

Saludos![/quote]
[/highlight]Como dijo Trillo, manda cojones o por ellos mismos nos tienen cojidos!!!! :D
 
516E7A75767A44502A295C4F1B0 dijo:
[quote author=69646D6462696E010 link=1267003748/21#21 date=1267029955][quote author=2817030C0F033D2953502536620 link=1267003748/16#16 date=1267026299][quote author=7B796277160 link=1267003748/15#15 date=1267025715][quote author=616C67717C1F1C1E1E7D712E0 link=1267003748/14#14 date=1267018516]El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento [highlight]la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.[/[/highlight]quote]

Y que otra cosa pueden hacer?

A mi hija le han caido 750€ entre multas, recargos y falta de "nombramiento" del conductor.
Ella lo sabía y no le ha quedado otra que pagar y callar.

Lo de culpar al que hace cumplir la ley de la falta de cumplimiento de la misma, está muy visto, no?

V'sss 8-)
[/quote]


No sé si has leído mis posts iniciales, pero que te parece que hagan que en vez de cascarte 300 euros más de multa por no identificar al conductor solo te pongan 50 ó 75 euros, no te parecería más apropiado con los tiempos que corren y el nivel salarial? [highlight]Que te parece si esto le cae a un mileurista?? Te parece justo?[/highlight]
O incluso como dice el compañero de arriba, creo que a la p.. administración no le costaría mucho contrastar con el ministerio del interior o hacienda tu dirección y hacer un segundo intento, claro que entonces se quedarían sin cobrar :-))) Yo ya pago 30.000 euros de impuestos al año solo de IRPF, creo que podrían mejorar este tema.

Oye y si esto te parece justo, por  que no 700 euros o 1.000 hombre? O 2.000? a ti que pasa que si está escrito en una ley ya te parece justo pq venga con la rúbrica de ZP y del rey. Pues perdona a mi una cosa me parece justa o no de acuerdo con mi conciencia, intento ir un poco más allá.

[highlight]A veces cuando leo ciertas contestaciones no me extraña nada lo que pasa en españa hoy en dia.[/highlight]

Vsss
[/quote]


1º- Yo si leo. Mi hija es mileurista, le encantaría poder pagar 30.000€ de IRPF. Quizá no leiste bién tu.

2º- Tienes razón, eso pasa en España hoy dia, porque seguimos pensando que nos tienen que masticar la comida antes de comérnosla y que el gobierno de turno (el que sea y de donde sea)  tiene que hacer por nosotros los trámites que NOS TOCA HACER A NOSOTROS.

Y encima, tienen la desvergüenza de multarnos por incumplir las normas, que desconsideración, amos que....

Las normas no las ha puesto ZP, ni el rey, sino los organismos competentes, con la aquiescencia del parlamento, como en todo pais medianamente civilizado.

A mi tampoco me gustan pero es lo que hay y no voy a ir llorando si me multan porque he incumplido alguna.
Por cierto, ya llevo 2 de radar este año. Pagadas porque SI tengo la dirección correcta en la DGT.


V'sss 8-)[/quote]


Yo creo que no te quieres enterar, a mi nadie me mastica la comida, que te quede muy clarito y no me da de comer papá estado, lo único que digo es que es una barbaridad esa multa por esa falta, tu sabes aquello de guardar proporción entre la falta y el castigo??? parece que todo el mundo en el foro lo entendemos, todos menos tu.

No me des leccioncitas de derecho administrativo o procesal que sé perfectamente como se aprueba una ley,y esta va siempre firmada por el presidente del gobierno yel jefe del estado, a eso me refería.

Probablemente a ti, como lo dice la ley, te parecerá bien que el rafita esté en la calle porque lo dice la ley, pues mira a mi no, por mucha ley que lo diga, o en este caso no te parece bien?.

Esto es como la junta de vecinos jajja siempre sale alguno,  se me ocurren las razones para que te parezca bien ese multón jajajja pero bueno me voy a callar.

Vsss

PS Como decíamakinavaja " y que siempre tiene que salir algún ...."

Vsss
 
26243F2A4B0 dijo:
Juanma K12GT, estoy totalmente de acuerdo con tigo, yo se que jode tener que pagar una multa pero si es por culpa de uno .... ¡¡¡ no queramos hecharle la culpa al gobierno de turno de todo lo que nos pase!!!


Se dice "echarle" la culpa.
 
Y te voy a decir más, para no quedarme con las ganas, mira, yo ya llevo varios años en este foro y creo que tanto yo como cualquier persona , tiene el derecho de "llorar" como dices tu, quejarse lo digo yo ante lo que entiende que es una injusticia, eso lo primero, sin que ningún legalista venga a enmendarle la plana.

Y ya que insistes con el tema de tu hija, te recuerdo que hay mileuristas con hijos, hipotecas y sin ayudas de papá, me imagino que a estos mileuristas, que les quiten casi la mitad de su sueldo, no les debe parecer tan bien.

Vsss
 
687D7C6A7729292A2A2B2B180 dijo:
Seguramente la multa no es legal, no sabría decirlo, ya se encargará tu abogado. En cualquier caso y puesto que me pasó algo no exactamente igual con el coche (en mi caso, el cartero no tuvo a bien dejar la carta en el buzón...), que sepas que si tienes certificado digital o DNI electrónico te puedes dar de alta en el servicio de notificaciones de la Administración. Al menos sabrás cuándo te han puesto una multa

http://notificaciones.administracion.es/PortalCiudadano/paginas/comunes/inicio.aspx

Suerte con el recurso

yo lo active hace como dos meses, te lo notifican por e-mail o por sms........ independientemente del correo ordinario, por ahora estoy libre ;)

saludos
 
222F262F2922254A0 dijo:
Me imagino que muchos lo sabréis, yo no lo sabía e imagino que algunos tampoco, os cuento....

Nuestros justos y benignos legisladores, siempre tan preocupados por el bienestar de sus gobernados, han dispuesto un justísimo procedimiento para la recaudación de multas, es el siguiente: Si te ponen una multa y luego no vas a identificar a su requerimiento al conductor del vehículo, te ponen otra multa de 210 euros a sumar a la anterior, dando por hecho por supuesto que tu eres el conductor.

Que me ha pasado a mi? Pues lo típico, te cambias de casa y no cambias tu domicilio en tráfico, pues bien me llega una providencia de pago desde la delegación de hacienda por 310 euros de principal más 20% por recargo de apremio, total casi 400 euros.

Llamo a mi abogado y bingo !!! es una multa posiblemente de 100 euros que me fue notificada a la vieja dirección y el requerimiento para identificar al conductor obviamente también, por lo que no me enteré, cuando los datos han pasado de tráfico a hacienda ya sí me llega -al tener hacienda mi dirección actualizada- con 300 euros de recargo.

Como en el foro no se puede insultar, yo lo pregunto, se puede ser más sinvergüenza o ladrón?? será el vaquilla más honrado que estos??

Le comento el tema a mi mujer y me comenta que el ex embajador alemán en Madrid tiene un blog abierto a propósito de este tema http://multasilegalesmadrid.blogspot.com/
La mia no fue en madrid ni municipal, pero el asunto es el mismo.

Los alemanes tienen esto, que no se callan como los españoles.

Moraleja: Actualizar vuestra dirección en tráfico y daros cuenta de la calaña de la gente que nos gobierna. Esto ya es bananero.

Vsss
   

Te entiendo perfectamente. A mí me pasó lo mismo pero con un poco más de morbo, mala leche o no se como llamarlo, porque yo también cambié de domicilio, lo actualicé en tráfico, me renové el carnet de conducir y la notificación no llegó a mi domicilio actual.

Cuando fui a preguntar a tráfico cuál era la dirección que les constaba en sus archivos me dice que era la actual, la correcta, pero cuando busca la notificación, voilá, aparece la antigua dirección.

Ante esto, le pido que me facilite fotocopia de ese documento para poder adjuntarlo en mi reclamación, ya que a mí me llegó a través de Hacienda (esos me encontraron a la primera) y me dice que no puede hacerlo y que no está autorizado y que se juega el puesto. :o :o :o

En fin, qué más quieres que te cuente. Al final jodido y a pagar, así que coincido con el calificativo que has empleado o uno similar. MANGANTES !!!!!

VSSSSSSSS desde Valencia.
 
lo que no entiendo es que haya tantas administraciones y cada una vaya a su autentica bola,ayuntamientos,hacienda,trafico,seguridad social,etc etc etc,me parece que lo podrian simplificar todo un poco,no?
de todas maneras gracias por la informacion
 
No hay "tantas administrraciones".
La ley deja claro que sólo hay una.
Quizás, en algunos casos, no digo que sea este, el problema está en que por desconocimiento o por lo que sea, nosotros los administrados NO HACEMOS USO DE LOS RECURSOS LEGALES a nuestro alcance.

Si yo registro un cambio de dirección (me refiero a que me pongan registro de entrada en el documento que uso para notificar ese cambio) y me quedo con una copia de ese documento, ya me pueden enviar a la dirección antigua lo que les de la gana. Recurriré y ganaré.
Cierto que me marearán antes de darme la razón. pero no perderé.
La ley no es propiedad de la administración. es para todos. la diferencia es que ellos la usan y nosotros NO.

Yo he recurrido y ganado multas de tráfico, y de los municipales de Zaragoza, León y Pamplona.
También es cierto que jamas discuto con un agente. Si creo que tiene razón no dudo en reconocerlo y pagar. Si creo que no la tiene ya nos veremos "por escrito" y en su momento.

Creo que el que la hace debe pagarla. Pero esa cantidad (310 €) me parece una exageración.
 
Este tipo de multas, en principio no deben ser complicado el ganarlas via recurso.
Usted no me localiza para comunicarme la sancion, pero si para meterme y reclamarme el recargo?? No lo entiendo. Si me localizan para lo ultimo, es que si tiene medios para saber mi direccion asi que alegas prescripcion por no habertelo comunicado a tu domicilio (siempre que haya prescrito)

Es el proceder habitual de la administracion, ya que sucede con hacienda, seguridad social, camara de comercio ....
 
Hola a todos.
  Conozco a alguno que no ha actualizado el domicilio en el Permiso de Circulación, con el propósito, de que no le llegen las posibles denuncias. Otros no cogen las notificaciones del cartero, creyendo que así no se las cobrarán.
  A alguno de estos, tambien les ha llegado la "sorpresa" de los 310 euros y el recargo.
  Ahora ya tienen el domicilio correcto y cogen las notificaciones :-?

  Saludos.
 
:D
Estuvo muy bien explicado , pero no por ello deja de ser una barbaridad. El responsable de la infracción es el que la comete y nadie más y correspondería la carga de la prueba al organo acusador, el deber de identificar debería recaer en la adminístración y no en el sancionado. Pero............poderoso caballero es don DINERO.
VSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS
 
2D202920262D2A450 dijo:
[quote author=516E7A75767A44502A295C4F1B0 link=1267003748/24#24 date=1267033797][quote author=69646D6462696E010 link=1267003748/21#21 date=1267029955][quote author=2817030C0F033D2953502536620 link=1267003748/16#16 date=1267026299][quote author=7B796277160 link=1267003748/15#15 date=1267025715][quote author=616C67717C1F1C1E1E7D712E0 link=1267003748/14#14 date=1267018516]El caso es que me parece recordar que hay que notificar a  Trafico de tu provincia cualquier cambio de tus datos personales. Luego lo miro y te lo confirmo. Ya sabes que el desconocimiento de la norma no exime del cumplimiento, solo te queda el castizo derecho al pataleo. Un saludo.
Amigo tienes rezon, hay que comunicar los cambios de domicilio al organismo competente y aparte de cambiar la direccion del permiso de conducir, tambien hay que cambiar la direccion en el permiso de circulacion del vehiculo, ya que si te denuncian y no te notifican en el momento [highlight]la denuncia te la mandan a la direccion que consta en tal permiso.[/[/highlight]quote]

Y que otra cosa pueden hacer?

A mi hija le han caido 750€ entre multas, recargos y falta de "nombramiento" del conductor.
Ella lo sabía y no le ha quedado otra que pagar y callar.

Lo de culpar al que hace cumplir la ley de la falta de cumplimiento de la misma, está muy visto, no?

V'sss 8-)
[/quote]


No sé si has leído mis posts iniciales, pero que te parece que hagan que en vez de cascarte 300 euros más de multa por no identificar al conductor solo te pongan 50 ó 75 euros, no te parecería más apropiado con los tiempos que corren y el nivel salarial? [highlight]Que te parece si esto le cae a un mileurista?? Te parece justo?[/highlight]
O incluso como dice el compañero de arriba, creo que a la p.. administración no le costaría mucho contrastar con el ministerio del interior o hacienda tu dirección y hacer un segundo intento, claro que entonces se quedarían sin cobrar :-))) Yo ya pago 30.000 euros de impuestos al año solo de IRPF, creo que podrían mejorar este tema.

Oye y si esto te parece justo, por  que no 700 euros o 1.000 hombre? O 2.000? a ti que pasa que si está escrito en una ley ya te parece justo pq venga con la rúbrica de ZP y del rey. Pues perdona a mi una cosa me parece justa o no de acuerdo con mi conciencia, intento ir un poco más allá.

[highlight]A veces cuando leo ciertas contestaciones no me extraña nada lo que pasa en españa hoy en dia.[/highlight]

Vsss
[/quote]


1º- Yo si leo. Mi hija es mileurista, le encantaría poder pagar 30.000€ de IRPF. Quizá no leiste bién tu.

2º- Tienes razón, eso pasa en España hoy dia, porque seguimos pensando que nos tienen que masticar la comida antes de comérnosla y que el gobierno de turno (el que sea y de donde sea)  tiene que hacer por nosotros los trámites que NOS TOCA HACER A NOSOTROS.

Y encima, tienen la desvergüenza de multarnos por incumplir las normas, que desconsideración, amos que....

Las normas no las ha puesto ZP, ni el rey, sino los organismos competentes, con la aquiescencia del parlamento, como en todo pais medianamente civilizado.

A mi tampoco me gustan pero es lo que hay y no voy a ir llorando si me multan porque he incumplido alguna.
Por cierto, ya llevo 2 de radar este año. Pagadas porque SI tengo la dirección correcta en la DGT.


V'sss 8-)[/quote]


Yo creo que no te quieres enterar, a mi nadie me mastica la comida, que te quede muy clarito y no me da de comer papá estado, lo único que digo es que es una barbaridad esa multa por esa falta, tu sabes aquello de guardar proporción entre la falta y el castigo??? parece que todo el mundo en el foro lo entendemos, todos menos tu.

No me des leccioncitas de derecho administrativo o procesal que sé perfectamente como se aprueba una ley,y esta va siempre firmada por el presidente del gobierno yel jefe del estado, a eso me refería.

Probablemente a ti, como lo dice la ley, te parecerá bien que el rafita esté en la calle porque lo dice la ley, pues mira a mi no, por mucha ley que lo diga, o en este caso no te parece bien?.

Esto es como la junta de vecinos jajja siempre sale alguno,  se me ocurren las razones para que te parezca bien ese multón jajajja pero bueno me voy a callar.

Vsss

PS Como decíamakinavaja " y que siempre tiene que salir algún ...."

Vsss[/quote]

Vistos tus modos y maneras y que lo que te interesa es descalificar en lugar de leer opiniones diferentes de la tuya, creo que no te volveré a contestar.
Evidentemente TU no lees mas que lo que quieres puesto que varias personas opinan lo mismo que yo, EXPLICITAMENTE. Que curioso, solo tienes que leer.

Apropiarse de la opinión de la mayoría está muy manido y describe a quien lo hace de modo que no lo haré yo.

Pero, como bién dices, no hay mejor ciego que el que no quiere ver. O leer.

No voy a darte lecciones de nada, primero por que no mne apetece y después porque me parece ocioso.

El que no me gusten las leyes (que ya he dicho que no, solo tendrías que releer los textos que vas re-copiando para comprobarlo, si tuvieses interés en enterarte de lo que opinan los demás) no quiere decir que vaya a ignorarlas y si lo hago, que proteste y patalee por que me sancionen.

Como siempre, es mas fácil descalificar e insultar que intentar comprender, o acatar.

A mi también se me ocurren razones para tus descalificaciones y también me las callaré. Es todo un estilo puesto de moda hace unos lustros que ha dejado huella.

En ningún momento he escrito que me "parezca bién el multón" (por otra parte, una chorrada para alguien que paga 30.000€, solo de IRPF), eso es de tu cosecha y no me responsabilizo de ello, simplemente, es a lo que te expones si no cumples las normas. Así de fácil.

Respecto a la alusión a "makinavaja", evidentemente te aplica a ti mas que a mi. Mas que nada por los modos.

V'sss 8-)
 
Pues K12GT chico no lo sé, ya ves que salvo tu y dos más, a todos les parece un disparate esa sanción y ese procedimiento, quizá la gente que tiene el sueldo de papá estado les parezca bien esto ya que su sueldo sale de ahí, es posible.

Quizá algunos ciudadanos que no trabajamos para papá estado con el sueldo garantizado de por vida, sin riesgo de despido y con horarios fijos y supervacaciones , estemos un poco hartos de que papá estado aproveche la menor ocasión para foll... vivos.

Naturalmente hay buenos funcionarios públicos y es necesario que los haya, es más ellos no son los culpables de determinar las sanciones, lo que ocurre es que cuando los que sí lo hacen están en plan asaltacaminos te mosqueas un poco...

Bueno creo que han quedado claro nuestros puntos de vista diametralmente opuestos. Ya sabes que ahora viene la subida de dos puntos del IVA, espero que no me regañes si lloro un poco, me imagino que tu no llorarás pq como lo dice la ley, pues nada a tragar.

Vsss
 
Helecho tienes mas razón que un santo, lo peor es que la administración no te encuentra mientras van sumandose recargos hasta que luego sí les interesa hacerlo.

Terminando que en muchos casos aún habiendo cambiado los datos en el ayuntamiento, DNI y carnet de conducir sigue estándo los del vehículo con la dirección antigua y mira cuales son los datos que usan para no encontrarte, claro también se pasa de multas de 150 Euros a otras de casi 400 que luego te cobran via cuenta corriente.

Al final solo falta que les tramitemos las denuncias y luego no quieren que protestemos y nos indignemos, por desgracia gente como Toribio son perseguidos por proteger y servirnos mientras que los que mas multas ponen son los mejor vistos por los mandos.
 
0A070E07010A0D620 dijo:
[quote author=676D7261776A6D65040 link=1267003748/1#1 date=1267007211][quote author=4D404940464D4A250 link=1267003748/0#0 date=1267003748]

Saludos!

Pues gracias por la aclaración que desde luego es bastante precisa, presumo que tu salario proviene de la administración por tu conocimiento de la materia, no lo sé, [highlight]pero permíteme decirte que me sigue pareciendo una injusticia y un abuso como la copa de un pino que te carguen ese dineral por no actualizar una dirección, 20 euros, 50 euros, no sé algo razonable[/highlight].

Oye fenomenal !!!! [highlight]no me consideran responsable, pero me incrementan 300 euros la multa entre la sanción posterior y los recargos, oye que detallazo !!!![/highlight]
Ahora me da por pensar en un mileurista. En fin chico, que país, pero de algún lugar tiene que salir el dinero para sostener los poderes políticos, sindicatos, funcionarios, asesores y autonomias.

Vsss[/quote]


Entiendo su postura perfectamente pero:

1.- No se le sanciona por no proceder a la comunicación del cambio de domicilio en el plazo reglamentario (15 días), puesto que en este supuesto habría sido sancionado con 90 €. En su caso y, según lo establecido en el R.D. 330/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, concretamente en el art. 72.3 dispone:

El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i.

2.- En su caso en concreto, al no proceder a la identificación del conductor se le considera responsable de la citada infracción muy grave que llevará aparejada una sanción pecuniaria de 301€ a 1500€, pero en ningún momento se le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo

Saludos!
 
42485744524F4840210 dijo:
[quote author=0A070E07010A0D620 link=1267003749/4#4 date=1267008437][quote author=676D7261776A6D65040 link=1267003748/1#1 date=1267007211][quote author=4D404940464D4A250 link=1267003748/0#0 date=1267003748]

Saludos!

Pues gracias por la aclaración que desde luego es bastante precisa, presumo que tu salario proviene de la administración por tu conocimiento de la materia, no lo sé, [highlight]pero permíteme decirte que me sigue pareciendo una injusticia y un abuso como la copa de un pino que te carguen ese dineral por no actualizar una dirección, 20 euros, 50 euros, no sé algo razonable[/highlight].

Oye fenomenal !!!! [highlight]no me consideran responsable, pero me incrementan 300 euros la multa entre la sanción posterior y los recargos, oye que detallazo !!!![/highlight]
Ahora me da por pensar en un mileurista. En fin chico, que país, pero de algún lugar tiene que salir el dinero para sostener los poderes políticos, sindicatos, funcionarios, asesores y autonomias.

Vsss[/quote]


Entiendo su postura perfectamente pero:

1.- No se le sanciona por no proceder a la comunicación del cambio de domicilio en el plazo reglamentario (15 días), puesto que en este supuesto habría sido sancionado con 90 €. En su caso y, según lo establecido en el R.D. 330/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, concretamente en el art. 72.3 dispone:

El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i.

2.- En su caso en concreto, al no proceder a la identificación del conductor se le considera responsable de la citada infracción muy grave que llevará aparejada una sanción pecuniaria de 301€ a 1500€, pero en ningún momento se le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo

Saludos![/quote]

Desde luego controlas el tema, pues a mi me parecería más justo que si no identificas al conductor, se presuma que eres tu (que es lo más lógico además) y no te pongan la multa por falta grave, acaso un pequeño recargo sobre la misma.

Yo creo que esto está hecho con mucha vista para ganar más perras, y según dices en el primer post tuyo, las multas van a ser aun mayores dentro de poco.


De que me ha valido a mi no ser considerado responsable, si tengo 14 puntos, a cambio de tener que pagar 300 euros más?

Mi objetivo es dar la mayor difusión a este post para que no le pase a nadie más y menos en estos tiempos .

Vsss
 
5D505950565D5A350 dijo:
[quote author=42485744524F4840210 link=1267003749/40#40 date=1267121816][quote author=0A070E07010A0D620 link=1267003749/4#4 date=1267008437][quote author=676D7261776A6D65040 link=1267003748/1#1 date=1267007211][quote author=4D404940464D4A250 link=1267003748/0#0 date=1267003748]

Saludos!

Pues gracias por la aclaración que desde luego es bastante precisa, presumo que tu salario proviene de la administración por tu conocimiento de la materia, no lo sé, [highlight]pero permíteme decirte que me sigue pareciendo una injusticia y un abuso como la copa de un pino que te carguen ese dineral por no actualizar una dirección, 20 euros, 50 euros, no sé algo razonable[/highlight].

Oye fenomenal !!!! [highlight]no me consideran responsable, pero me incrementan 300 euros la multa entre la sanción posterior y los recargos, oye que detallazo !!!![/highlight]
Ahora me da por pensar en un mileurista. En fin chico, que país, pero de algún lugar tiene que salir el dinero para sostener los poderes políticos, sindicatos, funcionarios, asesores y autonomias.

Vsss[/quote]


Entiendo su postura perfectamente pero:

1.- No se le sanciona por no proceder a la comunicación del cambio de domicilio en el plazo reglamentario (15 días), puesto que en este supuesto habría sido sancionado con 90 €. En su caso y, según lo establecido en el R.D. 330/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, concretamente en el art. 72.3 dispone:

El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i.

2.- En su caso en concreto, al no proceder a la identificación del conductor se le considera responsable de la citada infracción muy grave que llevará aparejada una sanción pecuniaria de 301€ a 1500€, pero en ningún momento se le considera responsable de la infracción cometida con el vehículo

Saludos![/quote]

[highlight]Yo creo que esto está hecho con mucha vista para ganar más perras[/highlight], y según dices en el primer post tuyo, las multas van a ser aun mayores dentro de poco.

[highlight]Mi objetivo es dar la mayor difusión a este post para que no le pase a nadie más y menos en estos tiempos [/highlight].

Vsss[/quote]

Puede que esta afirmación no se encuentra exenta de fundamento, máxime si analizamos el nuevo procedimiento sancionador en materia de Tráfico que entrará en vigor en unos meses. Se contemplan dos procedimientos:

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Si el infractor procede al pago voluntario de la multa en el acto de la notificación o dentro del plazo de 15 días, concluirá el procedimientos sancionador con las siguientes consecuencias:

a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa.
b) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.
c) La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago.
El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
e) El plazo para interponer el recurso contencioso- administrativo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago.
f) La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.
g) La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos


Si analizamos brevemente las consecuencias del procedimiento sancionador abreviado podemos observar, a priori, que el mismo ha sido creado con el objetivo de poder asegurar la resolución sancionadora de un mayor porcentaje de expedientes, que en la actualidad bien por caducidad del expediente o prescripción de la sanción se están archivando sin declaración de responsabilidad; A nadie se le escapa los anzuelos que pueden suponer el descuento del 50 % en el importe de la sanción pecuniaria o la no anotación de la sanción en el Registro de Conductores. En el caso del procedimiento sancionador abreviado, desde el punto de vista de la Administración resulta muy favorable puesto que supone la finalización del procedimiento en el instante de proceder al pago de la sanción, no procediendo ni escrito de alegaciones ni recurso en vía administrativa, permaneciendo expedita únicamente la vía contencioso-administrativa.


PROCEDIMIENTO ORDINARIO

El denunciado dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones. Si no se presenta alegaciones y no se abona el importe de la multa en el plazo de 15 días desde la notificación de la denuncia, ésta surtirá efectos de resolución sancionadora. En el plazo de 30 días naturales podrá ejecutarse la sanción.
Se dispone del plazo de un mes para interponer recurso de reposición contra la resolución sancionadora; si en el plazo de un mes no recae resolución expresa se entenderá desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

Analizando paralelamente ambos procedimientos se observa claramente la intención del legislador, siendo ésta la creación de dos procedimientos claramente diferenciados, destacando el abreviado con la introducción de medidas "ventajosas" para el denunciado al objeto de evitar escritos de alegaciones y trámites administrativos en aras de agilizar la resolución sancionadora de un mayor porcentaje de expedientes.

Otro punto relacionado con el siempre discutido "afán recaudatorio de la DGT" queda de manifiesto en el hecho de que los efectos favorables de la ley entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se entederán por efectos favorables la desaparición de las suspensiones temporales de la autorización administrativa para conducir y la recalificación de ciertas infracciones que dejan de sustraer puntos del permiso de conducción. Hasta aquí todo bien, y digo yo, ¿cuál es el motivo para no considerar como efecto favorable el descuento del 50 % en el importe de las sanciones pecuniarias? ¿por qué se sigue aplicando el descuento del 30%? En fin, que cada uno extraiga sus propias conclusiones.


2.- Con respecto a su voluntad de difundir este post, al objeto de evitar situaciones como la suya al resto de foreros, lo considero una actuación de lo más respetable, puesto que en muchas ocasiones el conocimiento de pequeños detalles pueden evitarnos futuros quebraderos de cabeza.

Un saludo!
 
Buenas,

Partiendo de la base de que todos tenemos derecho a pataleta y a indignarnos, creo el que el principal fallo esta en no haber comunicado el cambio de domicilio en todos los sitios donde se tendría que haber comunicado, si esto se hubiera hecho bien esta situacion no se habria producido.

El sistema informatico es el que es y todo el mundo sabe que funcionan con bases de datos diferentes. Trafico te va a buscar en su base de datos y con la direccion que tengas en su base de datos, sino te encuentra, pasan tu nombre a hacienda puesto que tienes una deuda con el estado, hacienda tiene su propia base de datos y en ella si esta tu direccion actual como tu mismo has indicado y por eso hacienda si que te encuentra.

Por otro lado segun han comentado otros compañeros la ley es clara es ese aspecto en caso de no identificar al conductor por lo que poco podemos hacer.

Quizas, la cuantia de la no identificacion es exagerada, pero eso ya, es otra historia...

Salut i Vsss
 
Atrás
Arriba