Con el afán de mejorar la visibilidad nocturna, me estoy planteando montar en la RT una luz de xenon independiente de las luces de la moto, homologada y montada según indica el Reglamento General de Circulación, que se pueda encender de manera independiente a las de cruce, pero que rellene el campo visual de la moto (sin deslumbrar al que viene por el carril contrario).
Legalmente ¿qué consideración tendría esta luz?
Legalmente ¿qué consideración tendría esta luz?