Madrid ya no pueden cobrar de más por las multas

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Nulidad del cuadro de infracciones y sanciones de circulación vial de Madrid


TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 18-6-2009.Jurisprudencia Comentada.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el Decreto de 3 de noviembre de 2005 del Ayuntamiento de Madrid, por el que se fijaban y definían las infracciones y cuantías concretas que se establecían como multas. Entiende el Tribunal que dicha regulación hay que ponerla en clara relación con el art. 67 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que determina las sanciones, señalando una graduación de las mismas, de tal manera, que hay un recorrido dentro de la sanción.Este recorrido en las multas obedece a principios esenciales de graduación y proporcionalidad de las sanciones, principios esenciales en el derecho administrativo sancionador (ex art. 129 de la Ley 30/1992).Compartimos plenamente el criterio de la Sentencia, nunca una actuación municipal, en el caso un Decreto como el que aquí se anuló, puede fijar cuantías superiores a las establecidas en una norma de rango superior, como es la máxima norma de seguridad vial, que además fija claramente las potestades sancionadoras de un alcalde u órgano competente constriñéndoles a respetar las sanciones que la propia norma señala.
Extraido del Boletín de Tráfico (28/10/09) de la Ed. SEPIN
 
Re: Madrid ya no pueden cobrar de más por las mult

interesante post

gracias por compartirlo Eloy


un saludo
 
Re: Madrid ya no pueden cobrar de más por las mult

SÁBADO 14 DE NOVIEMBRE DE 2009


¡¡¡ TOD@S A MADRID !!!



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DOSIER COMPLETO IV MANIFESTACIÓN NACIONAL ANTIGUARDARRAILES

TODA LA EXPLICACIÓN SOBRE ESTA JORNADA REIVINDICATIVA





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Re: Madrid ya no pueden cobrar de más por las mult

eloyRT dijo:
Nulidad del cuadro de infracciones y sanciones de circulación vial de Madrid


TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 18-6-2009.Jurisprudencia Comentada.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el Decreto de 3 de noviembre de 2005 del Ayuntamiento de Madrid, por el que se fijaban y definían las infracciones y cuantías concretas que se establecían como multas. Entiende el Tribunal que dicha regulación hay que ponerla en clara relación con el art. 67 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que determina las sanciones, señalando una graduación de las mismas, de tal manera, que hay un recorrido dentro de la sanción.Este recorrido en las multas obedece a principios esenciales de graduación y proporcionalidad de las sanciones, principios esenciales en el derecho administrativo sancionador (ex art. 129 de la Ley 30/1992).Compartimos plenamente el criterio de la Sentencia, nunca una actuación municipal, en el caso un Decreto como el que aquí se anuló, puede fijar cuantías superiores a las establecidas en una norma de rango superior, como es la máxima norma de seguridad vial, que además fija claramente las potestades sancionadoras de un alcalde u órgano competente constriñéndoles a respetar las sanciones que la propia norma señala.
Extraido del Boletín de Tráfico (28/10/09) de la Ed. SEPIN

Sabiendo que el Ayuntamiento de Madrid es el más lento en acatar las sentencias desfaborables para el.... me lo creeré cuando lo vea y por ahora todo sigue igual. ;)
 
Re: Madrid ya no pueden cobrar de más por las mult

uet dijo:
[quote author=eloyRT link=1256750767/0#0 date=1256750767]Nulidad del cuadro de infracciones y sanciones de circulación vial de Madrid


TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 18-6-2009.Jurisprudencia Comentada.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula el Decreto de 3 de noviembre de 2005 del Ayuntamiento de Madrid, por el que se fijaban y definían las infracciones y cuantías concretas que se establecían como multas. Entiende el Tribunal que dicha regulación hay que ponerla en clara relación con el art. 67 Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que determina las sanciones, señalando una graduación de las mismas, de tal manera, que hay un recorrido dentro de la sanción.Este recorrido en las multas obedece a principios esenciales de graduación y proporcionalidad de las sanciones, principios esenciales en el derecho administrativo sancionador (ex art. 129 de la Ley 30/1992).Compartimos plenamente el criterio de la Sentencia, nunca una actuación municipal, en el caso un Decreto como el que aquí se anuló, puede fijar cuantías superiores a las establecidas en una norma de rango superior, como es la máxima norma de seguridad vial, que además fija claramente las potestades sancionadoras de un alcalde u órgano competente constriñéndoles a respetar las sanciones que la propia norma señala.
Extraido del Boletín de Tráfico (28/10/09) de la Ed. SEPIN

Sabiendo que el Ayuntamiento de Madrid es el más lento en acatar las sentencias desfaborables para el.... me lo creeré cuando lo vea y por ahora todo sigue igual.  ;)
[/quote]
UET, ahora hay base legal para recurrir las infracciones cuando superen las establecidas por la ley. Lo mejor, es que SON NULAS DE PLENO DERECHO, con la simple alegación de que la sanción intrpuesta supera los límites legalmente establecidos.
En caso de que en vía de recurso lo tumbaran, siempre se ganaría en el Contencioso-Administrativo.
 
Re: Madrid ya no pueden cobrar de más por las mult

RCUENSAN dijo:
Y a que sanciones afecta??, es que no se que regula el Decreto en cuestión.
A este:

[highlight]Circulación. Cuadro de Claves de Infracciones e Importe de Sanciones
Marginal
ANM 2005\67
Tipo de Disposición
Decretos de Alcalde / Otros
Fecha de Aprobación
03/11/2005
Publicaciones:
BO. Ayuntamiento de Madrid 24/11/2005 núm. 5679 pág. 4399-4410
BO. Comunidad de Madrid 22/11/2005 núm. 278 pág. 69-72[/highlight]

El enlace (completo, en PDF)
http://www.munimadrid.es/boletines-...D&nombreFichero=ANM2005_67&cacheKey=9

Por lo visto, establece sanciones superiores a las establecidas en el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por eso se anula.
 
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