Si eres el padre o tutor, con 7 años ya puede montar en trayectos ordinarios (ir y volver del colegio, llevarle o recogerle de piscina, clases extraescolares...)( No te lo puedes llevar de ruta...) Importante: Debe de llegar con los pies a los estribos. (además de por cumplir la ley por la propia seguridad del menor)
A partir de 12 años creo que ya no hay limitaciones.
Ale a seguir bien