Moto 2º mano

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george

Invitado
Hola foreos
quiero que me aclareis una duda. ¿Es obligatorio que una casa comercial de motos, no un conce oficial, de garantia al vender una moto usada? o ¿la puede vender sin ella como un particular?

Gracias

Un saludo george
 
Hola George, creo que el kit de la cosa es si el que te la vende
es el propietario, o es solo un mediador (lo mas habitual).

El caso es que si es un mediador, el taller no aparece en ningun
documento por lo que te seria muy dificil exigir responsavilidad.

Si el que te la vende es el taller, y la moto está a su nombre
o te hace una factura de la venta creo que desde septiempre
de 2003 estan obligados a darte un año de garantia.

Aunque sobre ese año y esa garantia tambien hay mucho que
hablar......... lo que entra, lo que no, que es de desgaste habitual......

Espero haberte ayudado y suerte, yo siempre
que he comprado un vehiculo se 2ª mano la he tenido.
 
Si el propietario de la moto es un particular que la ha dejado para exponerla "de favor" en el concesionario, este no tiene vinculación entre los transmitentes, por lo que no tiene que dar garantia alguna al comprador. Otra cosa sería que fuese del concesionario, entonces tiene que dar (si no estoy errado) seis meses de garantia cuando la garantia del fabricante ya haya vencido.


Saludos
 
marmarino dijo:
Si el propietario de la moto es un particular que la ha dejado para exponerla "de favor" en el concesionario, este no tiene vinculación entre los transmitentes, por lo que no tiene que dar garantia alguna al comprador. Otra cosa sería que fuese del concesionario, entonces tiene que dar (si no estoy errado) seis meses de garantia cuando la garantia del fabricante ya haya vencido.


Saludos


Hola


Realmente es un año.. como mínimo, o sea, siempre un año segun la legislación vigente.

Salu2
 
DasaSW dijo:
[quote author=marmarino link=1144359629/0#2 date=1144360278] Si el propietario de la moto es un particular que la ha dejado para exponerla "de favor" en el concesionario, este no tiene vinculación entre los transmitentes, por lo que no tiene que dar garantia alguna al comprador. Otra cosa sería que fuese del concesionario, entonces tiene que dar (si no estoy errado) seis meses de garantia cuando la garantia del fabricante ya haya vencido.


Saludos


Hola


Realmente es un año.. como mínimo, o sea, siempre un año segun la legislación vigente.

Salu2[/quote]

Pues esa era la duda que yo tenía. No sabía a ciencia cierta si la legislación había cambiado, también, para las motos de segunda mano. :-[

Saludos
 
Nada que añadir a lo que te dice angel2007. Totalmente cierto, sin más.
 
Muchas gracias a todos.
Otro tema es cuando la casa que te la vende te cae lejos, y resulta que esa garantia parace ser que sólo se puede hacer efectiva en su taller, de forma que o la averia es muy importante, o no te vale la pena desplazar la moto hasta ahí.
Que pensais?

George
 
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