el_limitao
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El Real Decreto 772/1997 , de 30 de Mayo por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, ART.7 obliga a los conductores que obtengan el carné para conducir motocicletas A con una antigüedad inferior a 2 años, a que estas no superen 25 kw de potencia o no superen la relación peso potencia de 0.16.
Hasta aquí todo correcto y comenzaron a ponerse en funcionamiento los limitadores de las motocicletas, con un gran pero, parece que todos, constructores, que emiten el certificado para limitarlas, concesionarios, que venden los vehículos, centros de ITV, que verifican la limitación (entre comillas) y administración que emite permisos de circulación y velan por los intereses de los contribuyentes, olvidaron la coletilla de la relación peso potencia no superior a 0,16.
Tengo una Suzuki GSR 600 R, limitada 350 euros que me costó, cual es mi sorpresa al descubrir un día que dicho vehículo no necesitaba de dicha limitación, ya que en el apartado Q del permiso de circulación aparece un dato muy significativo relación peso potencia 0,16. Tras esto pegunte a un amigo que tiene una BMW F800 GS y la relación es de 0,14 y con esto lo único que pretendo, de momento, es invitaros a que todos aquellos que pagaron por una limitación miréis vuestro permiso de circulación y comprobéis la relación peso potencia. Gracias por escucharme y espero vuestra respuesta.
Hasta aquí todo correcto y comenzaron a ponerse en funcionamiento los limitadores de las motocicletas, con un gran pero, parece que todos, constructores, que emiten el certificado para limitarlas, concesionarios, que venden los vehículos, centros de ITV, que verifican la limitación (entre comillas) y administración que emite permisos de circulación y velan por los intereses de los contribuyentes, olvidaron la coletilla de la relación peso potencia no superior a 0,16.
Tengo una Suzuki GSR 600 R, limitada 350 euros que me costó, cual es mi sorpresa al descubrir un día que dicho vehículo no necesitaba de dicha limitación, ya que en el apartado Q del permiso de circulación aparece un dato muy significativo relación peso potencia 0,16. Tras esto pegunte a un amigo que tiene una BMW F800 GS y la relación es de 0,14 y con esto lo único que pretendo, de momento, es invitaros a que todos aquellos que pagaron por una limitación miréis vuestro permiso de circulación y comprobéis la relación peso potencia. Gracias por escucharme y espero vuestra respuesta.