Hola, me ha llegado una notificación de resolución sancionadora (mi primera noticia de este expediente, aunque he visto que lo sacaron en el BOCM a primeros de octubre) por circular en la M-30 de Madrid, zona Puerta de Hierro, a "97 km/h estando fijado el límite a 90 km/h". Por un exceso de 7 km/h detectado por el radar fijo Gallardón y su policía me quieren sacar 92 euros. Seguro que además me querran sacar 400 euros por no identificar al conductor, aunque esto todavía no me ha llegado. Tendré que agradecer que no quieran quitarme puntos, buena gente que son.
A ver si alguien tiene alguna buena idea respecto a:
- Los baremos de la policía municipal de Madrid. La Guardia Civil/DGT no multa en zona de 90 a menos que se sobrepasen los 100 km/h. Los de menos, los sobreseen. ¿Es esto un buen argumento para un recurso, o a la policía municipal le da igual lo que haga la GC? ¿Hay en las leyes algún porcentaje de exceso, por debajo del cual haya que sobreseer el expediente? He leído en alguna parte que es un 10%, lo cual serían 99 km/h.
- Que me llegue directamente la resolución sancionadora, sin previa notificación de denuncia, ¿es argumento de recurso? De acuerdo con que lo sacaron en el BOCM, pero tengo entendido que antes tienen que intentar la entrega en domicilio por dos veces (correos no me dejó ningún papelito), y en el departamento de la C/ Albarracín les consta mi dirección, porque se la comuniqué hace un año (tengo copia) y me han llegado otras multas correctamente. Además, creo que tengo derecho a pedir foto del radar, y certificado técnico del mismo.
- ¿Estamos obligados a leer todos los dias el Boletín Oficial, por si se les ha ocurrido multarnos y no enviarnos la cartita? En ese caso no haríamos otra cosa, porque es un tocho. ¿Hay alguna forma de poner alertas, por si sale tu nombre o DNI en el Boletín?
Creo que Gallardón ha decidido subir el pistón de la recaudación, y sus funcionarios no dan abasto para enviar correctamente todo el papeleo. Me parece que el Faraón está de vacas flacas, y ha decidido convertir la M-30 en una autopista de peaje, pasándose las leyes por el forro.
Agradezco cualquier ayuda.
A ver si alguien tiene alguna buena idea respecto a:
- Los baremos de la policía municipal de Madrid. La Guardia Civil/DGT no multa en zona de 90 a menos que se sobrepasen los 100 km/h. Los de menos, los sobreseen. ¿Es esto un buen argumento para un recurso, o a la policía municipal le da igual lo que haga la GC? ¿Hay en las leyes algún porcentaje de exceso, por debajo del cual haya que sobreseer el expediente? He leído en alguna parte que es un 10%, lo cual serían 99 km/h.
- Que me llegue directamente la resolución sancionadora, sin previa notificación de denuncia, ¿es argumento de recurso? De acuerdo con que lo sacaron en el BOCM, pero tengo entendido que antes tienen que intentar la entrega en domicilio por dos veces (correos no me dejó ningún papelito), y en el departamento de la C/ Albarracín les consta mi dirección, porque se la comuniqué hace un año (tengo copia) y me han llegado otras multas correctamente. Además, creo que tengo derecho a pedir foto del radar, y certificado técnico del mismo.
- ¿Estamos obligados a leer todos los dias el Boletín Oficial, por si se les ha ocurrido multarnos y no enviarnos la cartita? En ese caso no haríamos otra cosa, porque es un tocho. ¿Hay alguna forma de poner alertas, por si sale tu nombre o DNI en el Boletín?
Creo que Gallardón ha decidido subir el pistón de la recaudación, y sus funcionarios no dan abasto para enviar correctamente todo el papeleo. Me parece que el Faraón está de vacas flacas, y ha decidido convertir la M-30 en una autopista de peaje, pasándose las leyes por el forro.
Agradezco cualquier ayuda.