Es un tema raro que llevo oyendo desde hace algun tiempo y cada cual da su version.
Resulta que alguien conoce a alguien que le han multado por subir una fuerte pendiente con el camion sin llevar el warning puesto.
Unos dicen que el guardia de trafico les ha dicho que si se circula a a menos de la mitad de la velocidad maxima de la via hay que ponerlos otros que si es la mitad de la velociadad maxima del vehiculo en esa via.
Ejemplo: subir un puerto tipo Leizaran o Velate carretera nacional: via marcada a 90 mitad de la via 45, legalmente el camion solo a 70 mitad 35. un lio vamos. Pero peor es in puerto tipo Somosierra limite de la via 120 y limite camion 90.
Yo de todas maneras no se en que parte del codigo lo pone, desde luego en la autoescuela no nos dijeron nada a no ser que sea una nueva norma que hayan puesto recientemente.
Si tienen a bien los expertos del tema sacarme de dudas mejor que mejor.
Resulta que alguien conoce a alguien que le han multado por subir una fuerte pendiente con el camion sin llevar el warning puesto.
Unos dicen que el guardia de trafico les ha dicho que si se circula a a menos de la mitad de la velocidad maxima de la via hay que ponerlos otros que si es la mitad de la velociadad maxima del vehiculo en esa via.
Ejemplo: subir un puerto tipo Leizaran o Velate carretera nacional: via marcada a 90 mitad de la via 45, legalmente el camion solo a 70 mitad 35. un lio vamos. Pero peor es in puerto tipo Somosierra limite de la via 120 y limite camion 90.
Yo de todas maneras no se en que parte del codigo lo pone, desde luego en la autoescuela no nos dijeron nada a no ser que sea una nueva norma que hayan puesto recientemente.
Si tienen a bien los expertos del tema sacarme de dudas mejor que mejor.