Normativa de convivencia. Aparcar en aceras

Rafa-tgna

Allá vamos
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Me acaban de multar por dejar la moto donde llevo dejándola desde hace años, veáse en temas moteros el detalle de la multita. El

artículo en el que se basa el agente es el 74.3 de la normativa de convicencia. Siempre había creído, por lo que veo

erróneamente, que si la acera era lo suficientemente ancha se podía dejar la moto.

Alguien me puede ayudar a encontrar esa normativa o a sacarme de mi error. Si esas normas son municipales, estoy hablando del

ayuntamiento de Tarragona

Gracias
 
Siento decirte que el estacionar un vehículo a motor (y la moto lo es) sobre una zona peatonal (y la acera) está prohibido de toda la vida, otra cosa es que se haga la vista gorda... Sobre el texto legal del que hablas me da que es una ordenanza municipal ya q
 
Lo siento, es la segunda vez que me pasa lo de dar al botón que no es. Te decía que debe ser una ordenanza municipal ya que si no recuerdo mal el artículo del RGC que prohíbe el estacionamiento sobre la acera es el 94. Además la competencia sancionadora es del Alcalde y para eso tiene que existir una ordenanza al respecto. Hay una página sobre recursos de multas que está bastante bien y que no sé si conoces. Si quieres date una vuelta por ella: www.multas.org (por el formato de la página diría que tiene algo que ver con este foro...)
 
Muchas gracias, tippex.

El que durante años se de permisividad a un hecho que de por sí no representa ningun riesgo, imagino que no debe ser ningún

argumento en el pliego de descargo. He estado hablando con compañeros y está siendo una campaña por toda la ciudad. Hoy se

deben haber puesto centenares de multa por ese aparcamiento. He enviado un mail al Diari de Tarragona explicándolo, tal vez si

se le da aire público volvamos al stato quo.
 
Rafa-tgna dijo:
Me acaban de multar por dejar la moto donde llevo dejándola desde hace años, veáse en temas moteros el detalle de la multita. El

artículo en el que se basa el agente es el 74.3 de la normativa de convicencia. Siempre había creído, por lo que veo

erróneamente, que si la acera era lo suficientemente ancha se podía dejar la moto.

Alguien me puede ayudar a encontrar esa normativa o a sacarme de mi error. Si esas normas son municipales, estoy hablando del

ayuntamiento de Tarragona

Gracias

por lo que llevo leido estos ultimos dias en la comunidad catalana los ayuntamientos van a la caza y captura del motoris y a saco, joooer como son. >:( >:( >:(

noes por nada menosmal que aqui en los madriles nuestros alcalde y la policia pasan de denunciar las motos en las aceras ;)
 
Por cierto Rafa-tgna, que esté prohibido aparcar motos en la acera no quiere decir que yo esté de acuerdo ¿eh?, que en algunos casos me parece un lugar estupendo para hacerlo sin estorbar (cualquier día me multan a mi). También entiendo la postura de los foreros que dicen que son un peligro para los niños. Tienen razón.
 
Ya me lo había parecido, tippex. Y nunca dejo la moto en aceras estrechas o en lugares que puedan obligar a contactar con ella

para pasar. EL riesgo de quemadura no desaparece, ya lo se. Pero no creo que el ayuntamiento se preocupe de eso, hay muchas

aceras en Tarragona en las que está autorizado aparcar y curiosamente en sitios más estrechos que otros en los que se multa.
 
Creo que lo de aparcar en las aceras, es normativa municipal, por lo que tengo entendido por enjemplo en Zaragoza podemos aparcar en las mismas, siempre se que cumplan unas determinadas medidas en la acera, cuando esta prohibido lo indican expresamente, como por ejemplo en el Paseo de la Independencia.

Comprendo que algunas veces es un peligro para los peques, pero si tenemos un poco de sentido comun podemos aparcar sin molestar. Joer cualquiera la aparca como si fuera un coche, te la tiran por menos de "na", y yo he tenido mas de una bronca con algun "enlatao" que me dice que le estoy quitando el sitio.
 
Rafa-tgna dijo:
Me acaban de multar por dejar la moto donde llevo dejándola desde hace años, veáse en temas moteros el detalle de la multita. El

artículo en el que se basa el agente es el 74.3 de la normativa de convicencia. Siempre había creído, por lo que veo

erróneamente, que si la acera era lo suficientemente ancha se podía dejar la moto.

Alguien me puede ayudar a encontrar esa normativa o a sacarme de mi error. Si esas normas son municipales, estoy hablando del

ayuntamiento de Tarragona

Gracias

Hola, la normativa la puedes encontrar en la página web del ayuntamiento http://www.ajtarragona.es/welcome/ordenances/ord_gral05.pdf.
El artículo que citas te lo copio a continuación (está en catalán)

ARTICLE 74
(Estacionament de vehicles de dues rodes)
1. L’estacionament de vehicles de dues rodes, ja siguin motocicletes, ciclomotors o bicicletes,
es realitzarà a la calçada en bateria o semibateria, ocupant una amplada màxima
d’1,80 metres.
2. Quan s’estacioni una motocicleta, ciclomotor o bicicleta entre dos vehicles es realitzarà
de forma que no impedeixi la posada en marxa i circulació d’aquests últims.
3. Els vehicles de dues rodes podran ser estacionats en voreres o passeigs en zones autoritzades
i degudament delimitades. En qualsevol cas, en la demarcació d’aquestes zones
s’haurà d’evitar que siguin un impediment per a la circulació dels vianants.
4. Quan l’estacionament d’un vehicle de dues rodes es produeixi sobre voreres o passeigs,
es realitzarà amb el motor aturat. En aquest cas, únicament es podrà utilitzar la
força del motor, amb les precaucions oportunes, per salvar el desnivell de la vorera.

Habrá que irse con ojo. El artículo siguiente habla de retirada de vehículos, y ahora que lo has comentado, el otro día vi a 2 urbanos llevándose un vespino de una isleta que hay frente al cuartel de la GCivil. >:(

suerte con el recurso
toshi
 
toshi dijo:
[quote author=Rafa-tgna link=1139421559/0#0 date=1139421558]Me acaban de multar por dejar la moto donde llevo dejándola desde hace años, veáse en temas moteros el detalle de la multita. El

artículo en el que se basa el agente es el 74.3 de la normativa de convicencia. Siempre había creído, por lo que veo

erróneamente, que si la acera era lo suficientemente ancha se podía dejar la moto.

Alguien me puede ayudar a encontrar esa normativa o a sacarme de mi error. Si esas normas son municipales, estoy hablando del

ayuntamiento de Tarragona

Gracias

Hola, la normativa la puedes encontrar en la página web del ayuntamiento http://www.ajtarragona.es/welcome/ordenances/ord_gral05.pdf.
El artículo que citas te lo copio a continuación (está en catalán)

ARTICLE 74
(Estacionament de vehicles de dues rodes)
1. L’estacionament de vehicles de dues rodes, ja siguin motocicletes, ciclomotors o bicicletes,
es realitzarà a la calçada en bateria o semibateria, ocupant una amplada màxima
d’1,80 metres.
2. Quan s’estacioni una motocicleta, ciclomotor o bicicleta entre dos vehicles es realitzarà
de forma que no impedeixi la posada en marxa i circulació d’aquests últims.
3. Els vehicles de dues rodes podran ser estacionats en voreres o passeigs en zones autoritzades
i degudament delimitades. En qualsevol cas, en la demarcació d’aquestes zones
s’haurà d’evitar que siguin un impediment per a la circulació dels vianants.
4. Quan l’estacionament d’un vehicle de dues rodes es produeixi sobre voreres o passeigs,
es realitzarà amb el motor aturat. En aquest cas, únicament es podrà utilitzar la
força del motor, amb les precaucions oportunes, per salvar el desnivell de la vorera.

Habrá que irse con ojo. El artículo siguiente habla de retirada de vehículos, y ahora que lo has comentado, el otro día vi a 2 urbanos llevándose un vespino de una isleta que hay frente al cuartel de la GCivil. >:(

suerte con el recurso
toshi[/quote]

Si eso es lo que dice la ordenanza... que tengas suerte con el recurso. Miratela bien que no hayan defectos de forma en la denuncia, y mirate con mil ojos la ordenanza a ver si se les ha pasado algo por alto. Pero me parece a mi que...
 
En Sant Cugat, la grua municipal ya esta sacando los ciclomotores y motocicletas de toda la isla peatonal que ha delimitado y acotado el Ayuntamiento.
 
Hola a todos.

No se como estará en vuestras respectivas ciudades el tema de aparcar las motos encima de las aceras,  pero en Valencia Capital, existe un bando del Ayuntamiento , que como podreís comprobar en lo que respecta está plenamente justificado,  que aunque data del siglo pasado, en concreto 1962, sigue vigente,  y por tanto vinculante para los Policias Locales de esta Capital.

edictomoto0op.jpg
 
Son unos mangantes, perdon, que en el foro se guardan y muy bien las formas 8-).¿Y si todos los motoristas nos ponemos de acuerdo y ocupamos las plazas de los coches (es decir a lo largo y ancho de la moto) y jodemos los pocos aparcamientos que quedan en la ciudad? al igual que a los celosos agentes del orden que sancionan si pisas la linea intermedia entre carriles en ciudad, y si circulasemos todos en fila india ¿que ocurriria en nuestras ciudades? (os puedo enviar fotos de algunos de mis vecinos policias municipales que viven en mi edificio de donde y como aparcan, en concreto uno pone el coche entre un arbol y el muro del entorno del edificio sobre la acera y todo bicho bibiente tiene que bajarse de la acera y saltar al asfalto para poder continuar, incluso ancianos, señoras o señores con cochecito de bebe, etc) siempre estoy tentado de hacer fotos, por si en un futuro atropello de aparcamiento me veo involucrado su efecto tendran, yo como opino que el estacionar encima de la acera si el ancho lo permite alivia el problema de estacionamiento que todas nuestras ciudades soportan pues soy asiduo, ahora tambien os digo que si a mi me ponen un dia una multa por aparcar en la acera, mi moto se transformara en coche y ocupara plaza de coche que para eso pago mis impuestos y a ver quien se atreve a intentar desplazarla del sitio, que los habran os lo puedo asegurar, con los ciclomotores lo hacen algunos conductores de latas.  :P Al final hago las fotos
 
En principio, aparcar en la aceras, esta prohibido para todos. Luego son los ayuntamientos los que regulan las excepciones, si lo consideran oportuno.

En Madrid, siguiendo unas simples reglas de sentido comun, se puede aparcar en las aceras. Lo podés ver en la web del ayuntamiento: http://www.madridmovilidad.es/motos/home/home.asp

Otra cosa que podéis hacer, los que todavía no seais mutueros es dar una vuelta por www.mutuamotera.com y asociaros. La "Mutua" dedica parte de sus esfuerzos a tratar de solucionar estos males endémicos que nos aquejan a los moteros. Cuantos más seamos, más conseguiremos.

Suerte
 
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