Nueva Ley de Seguridad Vial

KUK

Curveando
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Esta es la  Nueva y que entrara en vigos el dia 25 de mayo del 2010
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En el punto 17.

Tengo una duda si tambien esta prohibido llevar el GPS conectado aunque sea
sin recibir las las instrucciones del mismo a traves de los auriculares que deduzco
que estan prohibidos?

Saludos
kuk :)
 
El precepto infringido será la utilización manual del GPS, pudiendo portarse el mismo en funcionamiento, siempre y cuando no se manipule manualmente durante el ejercicio de la conducción.

Un saludo!
 
Lo "simpatico" es que el punto 17 es plenamente aplicable a la radio que todos los automoviles equipan.
Encederla/apagarla cambiar de emisora o pista de audio en el cd mientras el automovil esté en marcha es sancionable.

Cuanto mas aprendo de la legislacion sobre tráfico mas absurda me parece.
 
Este tema ya se ha tratado en anteriores ocasiones.
En resumen te diré que efectivamente está prohibido llevar el bloetooth del casco conectado.
 
1F011F540 dijo:
Esta es la  Nueva y que entrara en vigos el dia 25 de mayo del 2010
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En el punto 17.

Tengo una duda si tambien esta prohibido llevar el GPS conectado aunque sea
sin recibir las las instrucciones del mismo a traves de los auriculares que deduzco
que estan prohibidos?

Saludos
kuk :)
Si llevas un auricular conectado para recibir las ordenes, aunque esté callado, si.
Aquí tambien se incluyen los manos libres con cable y por bluetooth esten conectados o no.
 
48716D775B72040 dijo:
Lo "simpatico" es que el punto 17 es plenamente aplicable a la radio que todos los automoviles equipan.
Encederla/apagarla cambiar de emisora o pista de audio en el cd mientras el automovil esté en marcha es sancionable.

Cuanto mas aprendo de la legislacion sobre tráfico mas absurda me parece.
La radio FM/AM del coche no se entiende como aparato de comunicación dado que el usuario no lo utiliza para comunicarse con otra persona e interactuar con ella.
Ahora cambiar de emisora, o de CD puede hacer que desvies tu atención de la conducción y te puede ocasionar un accidente, no digo que sea sancionable, pero te puede ocasionar un problema. Sobre todo si en vez de radio-CD, tienes un cargador de varios CD's y los vas cambiando en marcha (Que los hay, al igual que hay quien lee el periodico, el mapa de calles, los apuntes del examen, el libro tan interesante que no puedes dejar, quien se maquilla, se depila las cejas, practica sexo oral ::) ::) ::), se depila otras partes del cuerpo...) un escandalo lo que se ve por las calles y carreteras de este continente y las de sudamérica (que son las que he recorrido)...
 
163928342E3303082930305C0 dijo:
[quote author=48716D775B72040 link=1270718797/2#2 date=1270735937]Lo "simpatico" es que el punto 17 es plenamente aplicable a la radio que todos los automoviles equipan.
Encederla/apagarla cambiar de emisora o pista de audio en el cd mientras el automovil esté en marcha es sancionable.

Cuanto mas aprendo de la legislacion sobre tráfico mas absurda me parece.
La radio FM/AM del coche no se entiende como aparato de comunicación dado que el usuario no lo utiliza para comunicarse con otra persona e interactuar con ella.
Ahora cambiar de emisora, o de CD puede hacer que desvies tu atención de la conducción y te puede ocasionar un accidente,[highlight] no digo que sea sancionable[/highlight], pero te puede ocasionar un problema. Sobre todo si en vez de radio-CD, tienes un cargador de varios CD's y los vas cambiando en marcha (Que los hay, al igual que hay quien lee el periodico, el mapa de calles, los apuntes del examen, el libro tan interesante que no puedes dejar, quien se maquilla, se depila las cejas, practica sexo oral  ::) ::) ::), se depila otras partes del cuerpo...) un escandalo lo que se ve por las calles y carreteras de este continente y las de sudamérica (que son las que he recorrido)...[/quote]


Todas las conductas que citas, desde proceder a la extracción y posterior inserción de CD's en el aparato reproductor hasta maquillarse, depilarse o leer un documento, durante el ejercicio de la conducción constituyen infracciones administrativas por cuanto se consideran conductas incompatibles con la permanente atención que requiere el ejercicio de la conducción.

Saludos!
 
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