Hola a todos.
1.- Echando un vistazo a la nueva Ley veo que será obligatorio para las empresas email de notificación con tráfico. Sabéis quién lo da? Lo asignan? Lo tienes que comunicar?
Y si resulta que no abres el email? O estás de vacaciones?
Cuándo empieza el plazo para recurrir? Desde que lo mandan? Desde que lo abres? Y si no lo abre el titular?
Qué piensan los Letrados de esa forma tan insegura de notificación?
No lo anulará el Constitucional?
A mí me parece un absurdo que sólo beneficia al que cobra porque se quita un trámite de encima que es la notificación material
2.- Y otra:
Lo del conductor habitual creo que es potestativo.
Ya diréis a ver qué opiniones hay x ahí.
VSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS de otra víctima de los disparates de Pere
B
1.- Echando un vistazo a la nueva Ley veo que será obligatorio para las empresas email de notificación con tráfico. Sabéis quién lo da? Lo asignan? Lo tienes que comunicar?
Y si resulta que no abres el email? O estás de vacaciones?
Cuándo empieza el plazo para recurrir? Desde que lo mandan? Desde que lo abres? Y si no lo abre el titular?
Qué piensan los Letrados de esa forma tan insegura de notificación?
No lo anulará el Constitucional?
A mí me parece un absurdo que sólo beneficia al que cobra porque se quita un trámite de encima que es la notificación material
2.- Y otra:
Lo del conductor habitual creo que es potestativo.
Ya diréis a ver qué opiniones hay x ahí.
VSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS de otra víctima de los disparates de Pere
B