Nueva ley de seguridad vial BOE en pdf aqui
http://www.dgt.es/was6/portal/conte...a_campanas/notas_prensa/NotasDePrensa0016.pdf
Reproduzco la escala de infracciones y puntos.
«ANEXO II
Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos
El titular de un permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones que a continuación se relacionan perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señalan a continuación:
Puntos
1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l) .
6
Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) . .
4
2. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos . . . . . . . . . . .
6
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos . . . . . . . . . . .
6
4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas
6
5. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar .
6
6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre .
6
7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
8. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello .
4
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación . .
4
10. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida .
4
11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida .
4
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas .
4
13. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente .
3
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías .
4
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación
4
cve: BOE-A-2009-18732
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283 Martes 24 de noviembre de 2009 Sec. I. Pág. 99620
Puntos
16. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede . .
4
[highlight]17. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado .[/highlight]
3
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección . .
3
19. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce .
4
Como se ha dicho varias veces en este foro, los intercomunicadores en los cascos no disminuyen la atencion a la conduccion, todo lo contrario pueden ayudar ya que el paquete nos puede avisar de cualquier contingencia o peligro que nosotros no percibamos, digo yo que 4 ojos ven mas que 2, ¿y si no para que esta el copiloto en los rallys?, obvio, para ayudar al piloto.