Los motivos para perder puntos son los siguientes, segun la DGT. En esta lista no aparece nada referente a la falta de papeles en la moto. Por que se supone que si que los tienes, solo que en ese momneto no los llevabas encima.
[highlight]Multa, si. Puntos, no[/highlight]
INFRACCIONES POR LAS QUE SE PIERDEN PUNTOS:
- 6 puntos
Conducir bajo los efectos del alcohol (>0,75 mg/l. Profesionales, >0,3 mg/l).
Conducir bajo los efectos de drogas.
Negarse a realizarse las pruebas de alcoholemia o drogas.
Circular en sentido contrario.
Conducir de forma temeraria.
Velocidad en autopista a más de 180 km. /hora
Velocidad en carretera a más de 135 km./ hora
Transporte terrestre. Incumplimiento de tiempos: >50% máximo permitido o <50% del tiempo de descanso obligatorio.
- 4 puntos
Conducir bajo los efectos del alcohol (0,25-0,75 mg/l. Profesionales, 0,15-0,3 mg/l).
Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor (un vehículos normal: 8 personas)
Arrojar objetos peligrosos que puedan producir incendios o accidentes.
Conducir de forma negligente.
Exceso de velocidad: en más de 40-50 Km/h (161-180 km/hora) en autopista
Circular en Carretera entre 130 y 135 km/hora
Incumplir la prioridad de paso, incumplir la obligación de detenerse en una señal de stop, paso de peatones, semáforos y glorietas.
Poner en peligro a los ciclistas.
Adelantar peligrosos (invadiendo el sentido contrario en curvas, cambios de rasante o lugares con visibilidad reducida).
No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación .
- 3 puntos
Exceso de velocidad en autopista: en más de 30-40 Km/h (151-161 km/hora en autopista).
Exceso de velocidad en carretera entre 121 y 130 km./hora.
No mantener la distancia de seguridad.
Circular sin alumbrado en condiciones de falta de visibilidad.
Circular produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía.
Conducir hablando por el móvil
Parar o estacionar peligrosamente, por ejemplo en:
en curvas
en cambios de rasante de visibilidad reducida y sus proximidades,
en pasos inferiores,
en túneles y sus proximidades,
en pasos a nivel
en lugares peligrosos o en los que se obstaculice gravemente la circulación,
etc.
- 2 puntos
Exceso de velocidad en autopista: a má de 141 km/hora y a menos de 151 km/hora.
Exceso de velocidad en carretera entre 121 y 111 km./hora.
Incumplir las normas sobre adelantamientos (sin poner en peligro a otros usuarios).
Cambiar de sentido, dirección o dar marcha atrás incumpliendo las normas.
Circular sin utilizar el alumbrado cuando sea obligatorio.
Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad,
Circular con menores sin sillita.
Conducir sin casco o con casco no homologado
Vssssssssss