KAMILO, yo también espero que lo ganes, así que suerte.
No sé dónde has puesto la demanda, en qué localidad, y por tanto, a qué colegio de abogados corresponde. Los Colegios de Abogados aprueban lo que se llaman Normas o Criterios Orientadores de Honorarios Mínimos profesionales, y son aplicables los del Colegio de Abogados que abarque el partido judicial donde has puesto la demanda.
Si quieres me mandas un mensaje y me das más datos, para ver si puedo responderte con toda exactitud.
No obstante, en los juicios verbales que se siguen por razón de la cuantía, no es obligatorio comparecer con Abogado y procurador, y por tanto en caso de condena en costas no tienes por qué abonar los honorarios de esos profesionales. Si hiciera falta algún peritaje, debe adelantar su importe la parte que lo propone, y en caso de condena en costas, aquélla parte que sea condenada.
En cuanto a si es aconsejable o no: Yo soy Abogado y cada vez que presento una demanda en mi nombre me busco un abogado de mi confianza (siempre se ha dicho que uno es mal asesor de si mismo), aunque también es cierto me gusta eso de la autodefensa, y algunos me los he defendido yo solito. Con esto quiero decir, que siempre es aconsejable ir d ela mano de un profesional, igual que cuando se te sale el agua en casa, al menos consultar a un fontanero.
La recloamación que esté suficientmente respaldada por la oportuna prueba documental, es siempre proporcionada. Hace poco tiempo gtane un pleito al BSCH en mi nombre, reclamando 30.000,- pesetas de las antiguas. y de costas le ha costado al Banco más de 100.000 pesetas.
En fin, suerte, y para lo que quieras, que para eso estamos.
Vssssssssss