Hola amigos.
Quiero plantearos una cuestión sobre la deslimitación de una moto que creo que no es la habitual que se suele hacer:
En breve terminaré el plazo de dos años de limitación a 34 cv, así que alcanzada esa fecha quería deslimitar la moto, pero sólo en papeles, en parte por ahorrar la ITV y en parte porque creo que en caso de venta tiene más salida para un posible comprador novel.
La cuestión es si esa situación podría tener alguna repercusión legal, a efectos de seguro, añadiendo que en la póliza de mi seguro no figura en ningún lado que la moto esté limitada. Es más, pone que la moto tiene 50Cv, cuando en realidad con la limitación se queda en34.
Sabéis algo al respecto?
Me refiero sobre todo a algo digamos con apoyo legal, más que a opiniones más o menos fundadas en el sentido común.
Gracias y un saludo.
Quiero plantearos una cuestión sobre la deslimitación de una moto que creo que no es la habitual que se suele hacer:
En breve terminaré el plazo de dos años de limitación a 34 cv, así que alcanzada esa fecha quería deslimitar la moto, pero sólo en papeles, en parte por ahorrar la ITV y en parte porque creo que en caso de venta tiene más salida para un posible comprador novel.
La cuestión es si esa situación podría tener alguna repercusión legal, a efectos de seguro, añadiendo que en la póliza de mi seguro no figura en ningún lado que la moto esté limitada. Es más, pone que la moto tiene 50Cv, cuando en realidad con la limitación se queda en34.
Sabéis algo al respecto?
Me refiero sobre todo a algo digamos con apoyo legal, más que a opiniones más o menos fundadas en el sentido común.
Gracias y un saludo.