¿Pueden ser los radar ilegales?

No conozco la legislación inglesa en materia de Tráfico y circulación de vehículos, aunque algo conozco del sistema jurídico inglés, y difiere bastante del nuestro. Ellos, se puede decir que son iusnaturalistas, y nostros los latinos, sin embargo, iuspositivistas.

Por eso no podemos extrapolar, al menos sin muchas cautelas, las cuestiones jurídicas de los anglosajones a los latinos, y en concreto los españoles.

Lo que se plantea en la noticia a la que pones el link, no vale para el sistema jurídico español por la sencilla razón de que aquí existe una presunción de responsabilidad que no existe en el sistema jurídico inglés inspirado en el principio de buena fe. Presunción que consiste en que el titular del vehículo es el que lo conduce, y si no fuere así, tiene obligación de identificar al conductor, porque el titular del vehículo es responsable de lo que ocurra con su vehículo, a menos que pruebe que la utilización ha sido sin su consentimiento, o al menos con su desconocimiento. De ahí la importancia de en cuanto tengamos conocimientod e que nos han robado el coche, inmediatamente poner denuncia, y no dejar pasar uno o dos días.

Vsssssssssssssss
 
¿Dónde hay que firmar?

Donald heres el jurista oficial del foro ;)
 
Yo también lo entiendo así Donald, en España, creo que es el artículo 77 de la ley de seguridad vial, dice que la palabra del agente hará fé salvo prueba en contrario.

Los únicos radares que podrían ser ilegales, y por lo tanto recurribles sus fotografías, son aquellos que no hayan sido revisados por el Instituto Nacional de Metrología, los demás, con sus certificados en vigor, a joderse tocan.

Saludos.
 
conozco un caso que recurrio a una denuncia de radar porque no estaba señalizado y por lo visto tienen la obligacion de hacerlo ¿sabeis algo de esto?
 
Donald dijo:
Lo que se plantea en la noticia a la que pones el link, no vale para el sistema jurídico español por la sencilla razón de que aquí existe una presunción de responsabilidad que no existe en el sistema jurídico inglés inspirado en el principio de buena fe. Presunción que consiste en que el titular del vehículo es el que lo conduce, y si no fuere así, tiene obligación de identificar al conductor, porque el titular del vehículo es responsable de lo que ocurra con su vehículo, a menos que pruebe que la utilización ha sido sin su consentimiento, o al menos con su desconocimiento. De ahí la importancia de en cuanto tengamos conocimientod e que nos han robado el coche, inmediatamente poner denuncia, y no dejar pasar uno o dos días.

Vsssssssssssssss


Pero en estos aspecto segun esa noticia estamos incluido por vulnera el derecho a guardar silencio implícito en el artículo 6 de la Convención Europea de Derechos Humanos.....



“El artículo 6 de la Convención no permite que el ‘interés público’ sea citado como justificación para violar derechos fundamentales en un caso. Además, los datos sobre víctimas muestran que las cámaras actúan contra dicho interés público, ya que causan más accidentes de los que previenen”,
 
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