¿Puedo quitar la baja de un coche?

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abraham

Invitado
Me ha salido la oportunidad de quedarme con un coche que esta en muy bien estado y al que hay que realizar una pequeña reparacion pero el dueño lo ha dado de baja para quitarse de problemas y yo no se si se podria quitar la baja al coche para repararlo y volver a utilizarlo.
Por si os sirve de ayuda, lleva aproximadamente un mes dado de baja.
¿Sabeis que documentos se necesitan y el coste de la operacion?


Gracias
 
Buen día.

[u]¡¡¡OJO!!! No se pueden rehabilitar vehículos que hayan sido dados de baja definitiva a partir del 13 de febrero de 2004, según me acaban de decir en la Jefatura de Tráfico.[/u]

Aparte del enlace que ha puesto Marcos, en el que viene pormenorizadamente la tramitación, pero a lo mejor un poco complicada, os comento cómo se tramita la rehabilitación a "pie de calle".

.- Lo primero es pedir en la Jefatura Provincial de Tráfico un "avit", expresando que es para rehabilitar un vehículo dado de baja. Creo que en cualquier Jefatura, si dices que quieres un "avit", te entienden, aunque el nombre técnico no sea ese. Es un informe del vehículo en el que figuran datos del vehículo, su titular, estado de cargas, etc.
    Si el anterior propietario conservaba una fotocopia de la documentación, os ahorráis este paso (y su tasa y su cola correspondiente, aunque yo os aconsejo pedir un informe por si las moscas, que puede haber gato encerrado o la fotocopia estar manipulada  ;) )
.- Con dicho "avit", o la fotocopia de la documentación, acudir a una ITV oficial para pasar una revisión al vehículo en el que comprueben que este es apto para circular. Deberéis decir que es para rehabilitar el vehículo, pues las tasas y la inspección son distintas a una ITV normal (unos 15 euros más que la normal). Es obvio que el vehículo aún está de baja y por lo tanto no debe circular, así que hay que llevarlo en grúa.
.- Una vez pasada la ITV, esta expide una nueva ficha técnica, que, o bien remite a Tráfico directamente, o bien deberéis pasar vosotros a por ella. Conviene que os informéis al respecto a la hora de pasar la ITV.
.- Mientras, hay que liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que se liquida en la Consejería de Economía y Hacienda de cada Comunidad autónoma, ya que es un impuesto transferido. Ahí os pedirán un contrato de compraventa del vehículo firmado por ambas partes (existen modelos oficiales en las Comunidades autónomas, pero vale cualquier contrato), fotocopias de DNI de ambas partes y copia del "avit", ya que no tenéis todavía documentación del vehículo.
.- Cuando tengáis la ficha técnica o ésta esté ya en Tráfico, acudís a Tráfico con el anterior titular del vehículo, que deberá firmar una solicitud de rehabilitación del vehículo y los impresos de solicitud de transferencia, pagáis las tasas correspondientes, acompañáis el justificante del pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y os expoedirán el nuevo permiso de circulación a vuestro nombre.

¡¡¡Ya sois propietarios de un vehículo listo para circular con todas las bendiciones!!! (siempre que tengáis el correspondiente seguro obligatorio, claro  ;)  ;)  ;D ;D ;D

En las jefaturas, actualmente, están poniendo bastantes pegas a la rehabilitación de vehículos y examinan los expedientes con lupa, así que sed lo más rigurosos posibles. Esto se debe a la política de renovación del parque móvil por un lado (plan prever) y a que ha habido muchísimo "mamoneo" con el tema (vehículos robados, cambios de número de bastidor, modificaciones de vehículos, etc.)

Un saludo y ¡suerte!
 
Muchas gracias a todos por las molestias que os habeis tomado. Lo estudiare detenidamente y ya os contare si al final me quedo con el coche.

Gracias de nuevo. ;)
 
Asegúrate que le vehículo no este dado de baja para sacar otro vehículo, es decir, que sea por lo del plan Renove, Prever o como se llame, por que si es así, no podrás darlo de alta nuevamente, ya que se considera residuo sólido.
espero servirte de algo
 
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