Que me puede pasar si deslimito la moto???????

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GROUCHO

Invitado
Buenas tardes

Tengo la moto limitada con un dispositivo manipulación (precinto) pero me han dicho que igual se puede manipular.

Preguntas:

1.- Es facil que te pillen????
2.- Que metodo pueden utilizar los agentes de la ley para comprobar si esta limitada o no?
3.- En el caso de que me pillaran que puede suceder?


Estoy entre perdido y asustado, la moto anterior la lleve desmilitada pero como era de fabrica no habia ningun aparatito visible que hiciera sospechar que la moto estaba limitada.

Ya me direis.



Muchas gracias!
 
Si la tienes que llevar limitada por antigüedad de carnet y le quitas la limitación físicamente (no en papeles), es probable (o casi seguro) que en los controles rutinarios de la GC no te van a pillar, PEEEEEEEEERO...

Si tienes algún golpe o caída con daños a terceros, no llevas carnet para conducir esa moto (de ahí tirará la aseguradora para lavarse las manos y la persona que esté implicada para denunciarte y meterte un puro de los serios, por no hablar de lo cercana que tendrías la cárcel). Si el resultado del accidente es muy grave para la parte contraria, te puedes ir empezando a lavar bien.

(¿cuántas veces habré respondido a esta pregunta en el foro?)

No te lo aconsejo, pero tú mismo.
 
Totalmente de acuerdo con jlbello
Te la juegas..... y mucho.
En cualquier control rutinaro.... no te lo pueden ''pillar''.

En cuanto tengas un accidente, leve o grave, culpable o no, en cuanto vean que la moto tiene que estar limitada, ten por cuenta, que la G.C. y las compañias de seguros se aseguraran que esta en regla. De no estar en regla, ya tienen culpable y se te ha caido el pelo. Conduces un vehiculo para el que no tienes perniso. Con lo que ello conlleva.

Tu mismo....... :-[ :-[

El tema ya ha salido mas veces. Mira aqui.
http://www.bmwmotos.com/cgi-bin/yabb2/YaBB.pl?num=1212008834/0#0

Vssssssssssssssss
 
Yo te cuento como lo veo, luego cada uno hace lo que cree oportuno:

1. Ni siquiera en las ITV son capaces de comprobar la potencia de la moto porque nadie tiene un banco de potencia para ello (yo la limité y en la ITV, a parte del papeleo, solo comprobaron que funcinaran las luces y el pito).
2. El seguro no te cobra por 34 C.V. Te cobra según las características de la moto sin tener en cuenta que esté o no limitada por lo que no creo que pueda retractarse de cubrirte en caso de accidente. Amén de la multa que te toque por conducir un vehículo sin tener el carnet adecuado para ello.
3. Moralmente. Cualquier niño de 18 años con un día de carnet puede circular legalmente con un coche de 400 C.V. o más sin ningún tipo de limitación mecánica. La DGT simplemente se fía de que el chaval no supere la velocidad indicada en el código para un conductor novel..... "arre carayo".
4. En las motos que yo conozco, la limitación no se nota en el reprís, y respuesta general de la moto. Solo se nota en la velocidad punta. Y tal y como está el asunto de lor radares....


V's
 
¿Como va a responsabilizarse y cubrir los daños que yo pueda hacer mi seguro, si mi carnet no me permite conducir el vehiculo que estoy llevando? :-?

Son ganas de arruinarse la vida ;)
 
yo no me la jugaria por esperar un tiempo, te la puedes jugar, quedarte sin carne una buena temporada y la sancion economica aparte total ¿para que? para tener algo mas de potencia, yo creo que es incluso bueno que las motos esten limitadas un tiempo, hay mucho descerebrado por ahí suelto. V,s
 
El seguro se fía de los datos que le das cuando lo pagas, pero se supone que estás asegurando un vehículo real y que el primer interesado en que así sea, eres tú, que para eso lo pagas.

Cuando hay problemas, te miran hasta los empastes a ver si encuentran el hueco para escaquearse (son una empresa, no quieren perder pasta) y si el resultado de un siniestro es el peor y más costoso, con mayor razón para indagar. De hecho, no conozco ninguna persona que se responsabilice de lo que hacen sus desconocidos (exceptuando los seguros que para eso los pagamos).

Charlye39 puso un post aclaratorio de multas (que lei ayer por la noche) y me sorprendió que no fuese delito ir sin carnet (siempre que hayas tenido alguno)... por un lado, si vas sin limitar por lo menos no catas la cárcel (es un alivio), pero por si acaso, yo tampoco lo haría. Por desgracia, con los descerebrados tampoco se acaba de esa forma (pero es la ley).

Estoy de acuerdo que si puedes pagar un bugatti, según salgas del examen, le pones la "L" y punto, otra ley mal hecha, pero así están las cosas.
 
Mi esposa con su L conduce un coche de 140 cv (lleva 80 Km en casi un año, ojo)... ¿Quién puede hacer más daño?.... está claro.

Será injusto comparativamente, pero... así están las cosas
 
Estoy con jlbello, a mí en BMW me querían vender una moto limitada en papeles pero deslimitada a nivel mecánico, la comercial me dijo ..."pues no debería pasar nada porque vendo muchas así..." total que yo me dije y para que c*ñ* voy a llevar una limitación en papeles que no tengo que llevar (Será algún tema fiscal de BMW???).

Llamé a mi corredor de seguros y me dijo: "...ni se te ocurra... porque puede que no pase nada pero y si por alguna circunstancia atropellas a alguien, levantan atestado y revisan tu moto, te la inmovilizan, la llevan a un banco de potencia y !zas! te pillan...lo que viene: el seguro se lava las manos por conducir un vehículo el cual no estás capacitado para llevar, y paga de tu bolsillo la indemnización consiguiente...."

Perdón por el ladrillo, pero el tema me parece realmente grave, hay que ir con todo en regla y esperar los dos años de rigor !!!

El otro día se lo comenté a un amigo que tiene una ZX6R limitada en papeles pero no en mecánica y se acojonó tanto que el día siguiente se la llevó a la ITV y después a Kawa para que le firmaran la deslimitación (ya puede deslimitarla)...

Saludos

Carlos
 
Hombre, carlos.trillo. El caso de tu amigo es el contrario.

El sí puede conducir motos de más de 34 CV. Comete una irregularidad al llevar ¿administrativamente? mal los papeles de la moto, pero es un vehículo que está en condiciones de conducir y además, el propio vehículo puede ser conducido.

Entiendo que en este caso cabe la posibilidad de que sea multado, pero el seguro no podría proceder a cobrar el siniestro al conductor (¿en base a qué?) ni existe la opción 'penal' de considerar que no tiene carné,ya que sí lo tiene.

Este caso es casi más parecido a no pasar la ITV que otra cosa.

El de Groucho es otra cosa muy distinta.
 
YO PIENSO QUE ES UNA IRRESPONSABILIDAD,
HAY QUE SER CONSECUENTE,SI CREES QUE TIENES UNA MOTO MUY GRANDE PERO QUE ES UNA TORTUGA ? IR A 120 O 140Km/h NO ES UNA VELOCIDAD LENTA,ES IR A LA VELOCIDAD LEGAL, PUES QUE SE COMPRE UNA MOTO DE 34cv Y ASI NO IRA ILEGAL DESLIMITANDOLA
 
Si realmente, hablamos de lo bonito que el sol (es una chorrada).

La ley te dice una cosa y tienes múltiples opciones para hacerla caso o saltártela. No es una cuestión de velocidad punta, ni de justicia comparativa respecto a los coches (no te digo ya los camiones). Es cuestión de ir por la vida sabiendo que haces lo correcto aunque no te lo parezca (a mí me encantaría ir a 180 km/h en la autovía que suelo pillar, sin NADA DE TRÁFICO, pero la ley no me cuenta eso, a pesar de ser muy injusta).

Lo de la limitación se pasa volando (como casi todo en la vida, que los años pasan como los cohetes), y si bien no exprimes la moto todo lo que quieres, por lo menos vas legal si vienen mal dadas.

Lo de los concesionarios diciendo que no pasa nada, es otro cantar que algún día saldrá en uno de esos programas que denuncian cosas (porque realmente te venden lo ilegal como lo habitual, lo normal), y el problema será cuando pase algo por un concesionario flexible, un seguro "Laxo" en esos temas, de los que ni preguntan y un señor que tenga una moto y desconozca el alcance de su desconocimiento sobre limitaciones, seguros y legalidad vigente... 50 millones de las antiguas pesetas tardo muchísimo en ganarlos (hay mucha gente que cobra más que yo).

Groucho ha preguntado (porque quiere hacer las cosas bien, seguro)
 
Como tampoco entiendo comprar motos ilimitadas y preguntar para limitarlas (K1200R, HAYABUSA, GS!1200, RT 1200R...); lo de las deportivsa puede tener su porqué (te encanta la moto y no quieres comprar otra dentro de dos o tres años), pero lo de la gs1200 o las RT ?... no me lo explico. Lo siguiente una LT limitada (ya puestos)...
 
[highlight]Groucho[/highlight], pienso que cada uno podremos decirte una cosa, pero lo mejor, que creo que ya lo tendrás bien meditado, es lo que te diga tu sentido común.
Un Saludo.
 
En la compañia de seguros te aseguran si tienes carnet para conducir el vehiculo.... (si no está limitada no tienes carnet)
Si no tienes carnet, te arriesgas a una pena de prisión, amén de la correspondiente multa.

Dicho esto, ...
Es imposible que te detecten en un control rutinario (a menos que vayas a velocidades excesivas para la potencia declarada....)
No es recomendable limitar ciertos vehiculos, ya que su peso, dimensiones, etc,, estan calculados para una potencia (no me imagino una K1200LT limitada per ejemplo).

Y mi opinión personal..
Resulta que si despues de sacerse uno el carnet esta dos años sin acercarse a una moto, depues te puedes pillar un avión de 200CV, que ya tienes suficiente 'experiencia' para llevarla :o :o :o
Encontraria la limitación de potencia correcto si se aplicase correctamente (en TODOS los vehículos), no como está legislado.

V'ss
 
brigadier dijo:
[highlight]Groucho[/highlight], pienso que cada uno podremos decirte una cosa, pero lo mejor, que creo que ya lo tendrás bien meditado, es lo que te diga tu sentido común.
Un Saludo.


Brigadier,me lo has quitado de la boca,
 
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