RECONVERTIR PLAZA DE PARKING

Francesc

Curveando
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Barcelona
Hola a todos.

Estamos pensando en reconvertir una plaza de parking de nuestra propiedad, es decir de alquilarla para un coche a alquilarla para 3 motos. Puedo hacerlo???

Gracias.

Francesc
 
Entiendo que sí, a no ser que en los estatutos de la comunidad del garaje, se matice que solo esa plaza puede ser utilizada por un coche. Hay comunidades de garaje que limitan el uso de las plazas, a mi esto me parece un abuso y una limitación del derecho de propiedad.

También es cierto, que en otras comunidades de garaje, el problema de limitación de uso viene motivado por el seguro del garaje y clausulas que matizan el uso de las plazas.

Habla con el presidente del garaje, lee los estatutos y consulta las posibles clausulas del seguro.

Suerte.
 
Buenas,

Francesc, en el caso de Barcelona no se, pero aparte de estatutos de comunidad y todo eso, el otro dia lei, que por ejemplo en Madrid, esta prohibido por ordenanza municipal aparcar mas de un vehiculo en una zona destinada a un solo vehiculo.

Salut i Vsss
 
Hablandolo con la comunidad no creo que tengas problemas...aparte que en tu plaza mientras no molestes a nadie....ahora bien como sean quejicosos te va ha costar lidiar con ellos....
 
796C6D7B666E7F090 dijo:
el otro dia lei, que por ejemplo en Madrid, esta prohibido por ordenanza municipal aparcar mas de un vehiculo en una zona destinada a un solo vehiculo.Salut i Vsss

En cualquier caso él está hablando de un espacio privado no de la vía pública.
Lo que sí tienes que mirar es el seguro de la comunidad que cubre el parking, porque lo normal es que en la póliza se especifique el número de plazas y vehículos amparados en ella.
 
Yo tengo una plaza "doble", en una garaje comunitario, en la que me caben 2 coches y por ahora 2 motos, pero por temas de seguro, sólo me cubren un vehículo.

Es algo que pregunté en una reunión de vecinos y fue la respuesta que obtuve del administrador.

A lo mejor se pueden ampliar las coberturas que te ofrece el seguro...
 
Tu en tu piso de propiedad, ¿puedes alquilar alguna habitación o abitaciones a alguien? SI
Pero en el seguro de hogar que tienes contratado, en caso de robo con violencia o intimidacion en la via pública si lo tienes contratado, ( de esos de asta 300.- €) solo cubriria al tomador del seguro o a los parientes del ambito familiar no a los inquilinos que tengas.

Aplicalo a tu parking.
 
tienes que mirar las clausulas del contrato si puedes hacer realquiler o no, si no se contemplan entonces sin pegas,
pero a los futuros arrendatarios tendras que hacerles contratos por separados estipulandole a cada uno sus clausulas de compartir plaza,gastos, etc..V,s
 
Buenas,

alvinavi, el artículo que lei se referia a cualquier plaza de aparcamiento, publica y privada.

Salut i Vsss
 
Amigo Francesc¡¡¡¡
Cuanto tiempo ¡¡¡¡ Un saludo.

Echale un ojo a esto por si te aclara algo.


http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto-en-una-plaza-de-garaje-s312814.htm


Un coche y una moto en una plaza de garaje
Consulta

Mi problema es que en mi plaza de garaje tengo aparcado un coche y un ciclomotor (no ocupo nada de otras plazas ni suelo de la comunidad), pero el presidente de la comunidad y un par de vecinos me dicen que no puedo mantener el ciclomotor en esa plaza. Argumentan que, según la ley, está prohibido meter más de un vehículo en una plaza de garaje y que si hubiera algún accidente (incendio,etc...), yo tendría que hacerme responsable de los gastos que éste ocasionara, puesto que estoy incumpliendo la ley y el seguro no se responsabilizaría. Quisiera saber si existe esa ley o si hay alguna que diga que puedo meter más de un vehículo. En las juntas de propietarios nunca se ha aprobado que sólo pueda haber un vehículo por plaza.
Respuesta

Las plazas de garaje tienen unas dimensiones mínimas establecidas en los planes de urbanismo o en las normas de cada municipio a las que suelen ajustarse los promotores. Dentro de esas dimensiones, habitualmente delimitadas con una línea en el suelo, puede usted estacionar el número de vehículos que le convenga, siempre y cuando no perjudique el derecho de otros copropietarios invadiendo sus plazas o causándoles molestias, como ocurre frecuentemente al invadir espacios comunes. A este respecto, los tribunales exigen que la molestia alegada sea efectiva y real. A título de ejemplo, citamos la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de 28 de julio de 2003, conforme a la cual "..... el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por sí misma una actividad molesta o prohibida, ....".

Además, los tribunales no permiten que mediante estipulación contenida en los estatutos o mediante acuerdo de la comunidad de copropietarios se pueda limitar su derecho de propiedad sobre la plaza. Es decir, con arreglo a las limitaciones expuestas, no pueden exigirle que aparque un solo vehículo si en su plaza caben dos vehículos o un vehículo y un ciclomotor perfectamente y sin causar molestias.

Por ejemplo, la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza en fecha 24 de junio de 2002 dispuso en un caso similar al suyo que "... es evidente que la prohibición impuesta por la Comunidad a los copropietarios de estacionar dos vehículos en una plaza, pese a gozar la misma de las dimensiones suficientes, entraña una limitación al derecho soberano de propiedad, impuesta sin soporte justificativo alguno, que podría venir sólo determinado por el desarrollo de las actividades relacionadas en el número 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (actividades prohibidas en los Estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas), no siendo el caso, y que contraviene claramente lo específicamente dispuesto en el Artículo 348 del Código Civil.

No puede, por otro lado, ampararse dicha limitación en supuestas exigencias derivadas de la seguridad del edificio, o en supuestos usos o costumbres de la Comunidad, por cuanto, como bien señala el recurrente, la licencia de apertura de garaje no establece limitación alguna del número de vehículos a estacionar en el mismo, debiendo, en todo caso, adaptarse la Comunidad a la normativa municipal de incendios aplicable, si entiende que su contenido (coches) exige mayores elementos de seguridad, lo que no se ha acreditado, no siendo el proyecto de edificación del garaje instrumento idóneo para determinar el aprovechamiento de las plazas construidas, y, por último, porque la costumbre o uso esgrimido por la Comunidad, evidentemente, no ha sido aceptada por todos los condóminos...".

Por último, sí es cierto que pueden existir ciertos inconvenientes en cuanto a la cobertura del seguro de incendios de su comunidad, puesto que habitualmente el seguro otorga cobertura atendiendo al número de vehículos con autorización para estacionar y no a los metros cuadrados de superficie del garaje.
 
Gracias a todos por las respuestas. ;)

La pregunta iba por temas de "no molestar" a los vecinos, por que la comunidad es pequeña, 5 pisos de altura x dos vecinos por rellano. Y el parking es de 10 plazas.

El tema seguro esta solucionado.
Lo del Presidente tambien, este año soy yo ::)

El problema es que mi plaza es pequeña, cabe un VW Golf, y la moto la tengo fuera de la plaza (no molesta a nadie y tengo permiso de la comunidad)

Lo que pasa es en la finca de al lado venden una plaza "superguai" a un precio cojonudo y despues de tener 4 Golf's me gustaria tener un coche un poquito mas grande, espacio para la RT y poder comprarme un scruter para ir al curro. Y claro de alguna forma hay que amortizar la compra.

Gracias de nuevo.

Francesc
 
Queda claro, todo lo demas , leyenda urbana

el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por sí misma una actividad molesta o prohibida, ....".

Además, los tribunales no permiten que mediante estipulación contenida en los estatutos o mediante acuerdo de la comunidad de copropietarios se pueda limitar su derecho de propiedad sobre la plaza. Es decir, con arreglo a las limitaciones expuestas, no pueden exigirle que aparque un solo vehículo si en su plaza caben dos vehículos o un vehículo y un ciclomotor perfectamente y sin causar molestias.
 
495C5D4B565E4F390 dijo:
Buenas,

alvinavi, el artículo que lei se referia a cualquier plaza de aparcamiento, publica y privada.

Salut i Vsss

Hola pedrogv
Las administraciones públicas no tiene competencias para interferir en la vida privada de los ciudadanos siempre y cuando no contravengan alguna ley.
En el caso del que hablamos, únicamente es competencia de la junta de propietarios e incluso llegado el caso, los tribunales han dado la razón en numerosas ocasiones al particular en detrimento de los estatutos de la comunidad.

Un saludo
 
4E435946414E59462F0 dijo:
[quote author=495C5D4B565E4F390 link=1268736353/8#8 date=1268816010]Buenas,

alvinavi, el artículo que lei se referia a cualquier plaza de aparcamiento, publica y privada.

Salut i Vsss

Hola pedrogv
Las administraciones públicas no tiene competencias para interferir en la vida privada de los ciudadanos siempre y cuando no contravengan alguna ley.
En el caso del que hablamos, únicamente es competencia de la junta de propietarios e incluso llegado el caso, los tribunales han dado la razón en numerosas ocasiones al particular en detrimento de los estatutos de la comunidad.

Un saludo[/quote]

Buenas,

mira, esta es la pregunta y la respuesta por parte del Colegio de Administradores de Finca de Madrid.
____
angelinho escrito:
Hola, me gustaria saber si en una plaza de garaje de mi propiedad, lo suficentemente grande como para que quepan un coche y una moto sin salir de sus limites, habria algun impedimento o norma que limite que esto se haga. Es en el municipo de Madrid.
Muchas gracias!


El Ayuntamiento de Madrid establece que aunque la plaza de garaje, dada su dimensión lo permita, sólo podrá estacionarse un vehículo por plaza.
_____

Y si que puede interferir o acaso no prohibe los cerramientos de patios y terrazas de atico?

Salut i Vsss
 
312425332E2637410 dijo:
[quote author=4E435946414E59462F0 link=1268736353/12#12 date=1268845848][quote author=495C5D4B565E4F390 link=1268736353/8#8 date=1268816010]Buenas,

alvinavi, el artículo que lei se referia a cualquier plaza de aparcamiento, publica y privada.

Salut i Vsss

Hola pedrogv
Las administraciones públicas no tiene competencias para interferir en la vida privada de los ciudadanos siempre y cuando no contravengan alguna ley.
En el caso del que hablamos, únicamente es competencia de la junta de propietarios e incluso llegado el caso, los tribunales han dado la razón en numerosas ocasiones al particular en detrimento de los estatutos de la comunidad.

Un saludo[/quote]

Buenas,

mira, esta es la pregunta y la respuesta por parte del Colegio de Administradores de Finca de Madrid.
____
angelinho escrito:
Hola, me gustaria saber si en una plaza de garaje de mi propiedad, lo suficentemente grande como para que quepan un coche y una moto sin salir de sus limites, habria algun impedimento o norma que limite que esto se haga. Es en el municipo de Madrid.
Muchas gracias!


El Ayuntamiento de Madrid establece que aunque la plaza de garaje, dada su dimensión lo permita, sólo podrá estacionarse un vehículo por plaza.
_____

Y si que puede interferir o acaso no prohibe los cerramientos de patios y terrazas de atico?

Salut i Vsss[/quote]


Pués a mi la Comunidad de Madrid me puede decir misa...porque no tengo pelas, que si no con tal de jorobar compro otra moto más pa ponerla entre coche y moto..jajaj....de hecho hasta que vendí la antigua tuve dos motos y un coche en la misma plaza...(parecia un ricachon) ;D...me decía del vecino que le diese una..ajaj..yo no estorbaba a nadie y listo....
Pues eso que gracias por la aclaración pero vamos creo que todos pensamos más o menos lo mismo....

Gracias alvinavi ;)
 
524746504D4554220 dijo:
Y si que puede interferir o acaso no prohibe los cerramientos de patios y terrazas de atico?

Salut i Vsss

Bufff,
estamos entrando en temas peliagudos.
Mi opinión es que prohibir se puede prohibir lo que se quiera, otra cosa es que dicha prohibición se ajuste a derecho.
Dicho de otra manera, si uno cree que su derecho a la propiedad ha sido conculcado, pues a solicitar amparo en los juzgados. Gástate la pasta, cruza los dedos y confía en que te salga bien el asunto.
En el tema de este post, ya se han documentado varias sentencias favorables al propietario de la plaza de parking que estaciona más de un véhículo en ella.
En cuanto a lo que comentas respecto al cerramiento de los patios, ten en cuenta que éstos son ZONAS COMUNES cuyo propietario es la Comunidad y el usufructuario el propietario de la vivienda donde se encuentran ubicados.
Pero en fín, creo que nos estamos alejando del tema.
Además, según decía francesc, él lo que no quiere es moletar a sus vecinos.
 
Buenas,

Alvinavi esta claro que francesc no quiere molestar a sus vecinos, y que si en su plaza de garage caben 2 vehiculos sin molestar, la logica te dice que adelante que lo hagas, y si ademas pides permiso a la comunidad y todo estan de acuerdo pues mejor que mejor.

Pero tambien es cierto que en todas las comunidades esta el tipico cascarrabias (envidioso?) que se niega a todo por sistema, y estando, al menos la normativa municipal en Madrid, pues te puede poner algun inconveniente.

En cuanto a las sentencias que ha aportado el compañero Valentino966, he visto que se refieren a Almeria y a Zaragoza, y a lo mejor en estas localidades no existe dicha normativa municipal.

Pero vamos, que yo tambien soy de la opinion, de que si se ha aprobado en la comunidad ya tendria que ser suficiente.

Salut i Vsss
 
Entiendo que si es una propiedad privada la policia municipal no tiene competencia para denunciar el tema de las plazas de garaje, entonces te tendria que denunciar un vecino, juicio y demas por lo que si no molestas entiendo que va aser que no y si es que si pues sacas la moto y a jugar :D
 
Follones de plazas de garaje

NO A LA TIRANÍA DE LAS COMUNIDADES

1) El derecho inalienable es del propietario a hacer en el interior de su plaza lo que le plazca SIEMPRE que no contradiga los estatutos ORIGINALES de la comunidad de garajes o de la general si es la misma para pisos y garajes.

2) Sentencias. Se han citado en el hilo sentencias de las Audiencia Provinciales de Almería y Zaragoza. Si no recuerdo mal las sentencias firmes de las audiencias provinciales sientan jurisprudencia. Nada puede restringir la voluntad del propietario para el uso razonable de su plaza (no se vale criar gallinas).

3) Seguros. Habría que estudiar póliza  a póliza, pero los seguros que contratan normalmente las comunidades NO aseguran los coches del garaje, por lo que difícilmente pueden condicionar el número de vehículos que haya en cada plaza.

4) Boutade guapa. Cuando alguien toque los cojones con las motos del garaje, te levantas y le pides al administrador que traiga a la mayor brevedad posible un notario al garaje que levante acta de todos los coches que sobresalgan más de 1 mm del límite de la plaza (normalmente definido por la mitad de la raya divisoria), y que se conmine a los condueños que se pasen de su límte a aserrar su vehículo en el exceso, o a cambiarlo por uno más pequeño que le quepa... Como de largo se salen el 50%, ya tienes polémica formada... ¿Queréis pelea? Toma !!!!

Lo verdaderamente malo de los follones de garajes son los justicieros que la cogen contra las motos que a su juicio no están bien aparcadas o molestan, y las tiran, rayan rajan los sillines, etc. Es una situación desagradable y de difícil solución.

Suerte y sentido común, y para los condueños, felixibilidad, coñe, ¿no tienen mejores preocupaciones en la vida? Su salud, su economía, el hambre en el mundo...

Manuel
 
Pues yo soy un mal vecino ....... ;D :D

En esta plaza, aparcaba, un Mini, 3 bicicletas, una mecatecno y una Beta, mas las 2 K-75, cuando compré la RS estuvieron las 3 motos :o :o hasta que vendí las 2 K75 y los vecinos protestaban, pero la verdad creo que por envidia.... ;D ;D ;D, ya no vivo en esa casa, pero la verdad aproveché bien el espacio de la plaza ;)

Pongo unas fotitos ......

k75rojaynegra003.jpg


imgp0650.jpg


k75rojaynegra002.jpg
 
4153554D1113260 dijo:
Pues yo soy un mal vecino .......  ;D :D

En esta plaza, aparcaba, un Mini, 3 bicicletas, una mecatecno y una Beta, mas las 2 K-75, cuando compré la RS estuvieron las 3 motos  :o :o hasta que vendí las 2 K75 y los vecinos protestaban, pero la verdad creo que por envidia.... ;D ;D ;D, ya no vivo en esa casa, pero la verdad aproveché bien el espacio de la plaza  ;)

Pongo unas fotitos ......

k75rojaynegra003.jpg


imgp0650.jpg


k75rojaynegra002.jpg


Y por si fuera poco,......¡¡ se salían !! de la plaza :D :D :D
 
0614120A5654610 dijo:
Pues yo soy un mal vecino .......  ;D :D

En esta plaza, aparcaba, un Mini, 3 bicicletas, una mecatecno y una Beta, mas las 2 K-75, cuando compré la RS estuvieron las 3 motos  :o :o hasta que vendí las 2 K75 y los vecinos protestaban, pero la verdad creo que por envidia.... ;D ;D ;D, ya no vivo en esa casa, pero la verdad aproveché bien el espacio de la plaza  ;)


:o ;D ;D ;D ;D a eso se le llama aprovechar bien el espacio...jajajajj con dos huev...jajaj y al que no le guste que no mire..... ;D
 
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