SE VOLO LA PAPELETA

villita

Curveando
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Hola gente;
Oues resulta que he ido a recoger la moto donde la estacione, fuera de la zona para motos, no cabia.pero no molestaba nada la moto, es una plaza sin salida y con una anchura de la calle superior desde donde la tenia yo la moto a la pared de 3 metros, 4 y 5 metros por lo menos.
Tota, que se me ocurre mirar al suelo y hay un papel verde, que me he imaginado que era una multa, pero no mia por supuesto, la cojo mientras arranco y leo los datos y leches si es mia :o, la mira y remiro y me han puesto 120 euros :o, pero por que me dio por coger el papel por curiosidad simplemente.
Y si se ha volado o me lo han quitado, que hago yo para enterarme que me han sancionado, muy discutible donde estaba la moto.
Que hariais vosotros?.echarme una mano por favor.gracias.
 
Hola,

sobre el lugar de estacionamiento no puedo decirte nada, deberíamos ver el sitio o tener más señas, pero sobre la notificación de la denuncia sí.

Cuando te denuncian y no te lo notifican en el acto, posteriormente deben notificartelo en el domicilio, ya que la simple copia en el vehículo no tiene validez a efectos de notificación.

Otra cosa es que te quieras dar por enterado y realices alegaciones, o por el contrario pagues la sanción con el beneficio de la reducción. Eso sí, como el trámite de notificación no se entiende realizado, cuando recibas la notificación en el domicilio, te concederán el plazo de los 30 días para abonar con la reducción del 30%.

Creo que vale la pena esperarte, ya que en ocasiones incumplen plazos etc a la hora de notificar, por si acaso.

Saludos, V´ssssss
 
   Hola, como te han comentado, iniciarán el proceso, enviándote notificación al domicilio.

   Quizás deberías asegurarte, si en ese lugar, realmente no se puede estacionar. Me explico.
   
   En mi ciudad (Zaragoza), está permitido el estacionamiento de motocicletas sobre la acera, siempre y cuando, se reunan una serie de requisitos, que vienen contemplados en las Ordenanzas MUnicipales.

   Puedes acceder a las Ordenanzas de tu ciudad através de internet y buscar el apartado estacionamientos de vehículos.

  Suerte. ;)
 
No lo he entendido bien, pero si la moto la tenias pegada a la pared, en ninguna ordenanza municipal de tráfico te lo permiten, creo, por lo menos en las grandes ciudades esta prohibido dejar la moto pegada a la pared, un amigo ciego de logroño, me dio la explicación, es por ellos, que van tanteando con el baston la pared, y para dejar el paso libre, por eso si la tenias pegada a la pared es facil que te multaran
 
Hola;
Os explico el tema:
Es una zona peatonal que solo autorizan a las motos a atravesarla para ir alli a un aparcamiento de motos, que caben 3-4 motos normalitas, la mia evidentemente es demasiado grande.Nunca hay sitio para aparcarla, pero vale eso es normal.Es como una plaza grande, pero donde yo estacione lo he hecho en otras ocasiones e incluso la ultima vez llegue a esta plaza y estaba un agente de movilidad y lo hice y nadie me dijo nada, nunca jamas me han sancionado, por ese motivo la puse pegada a una obra que hay ahora no en una pared, me explique mal.No entorpecia ni obstaculiazaba si hubuiera transito ese ese momento
No tene transito de vehiculos,es cortada.Al otro lado de la pared osea de la calle, estaba de mi en paralelo por lo menos a 8-10 metros, fiate si habia anchura de calle.
La sancion pone: estacionanda en zona peatonal estando fuera del aparcamiento de motos.
Ya estoy infringiendo cuando accedo desde la via hasta esta plaza que tengo que circular unos 200 metros con peatones hasta alli, siempre dirigiendome a los agentes que estan al comienzo de la zona peatonal que voy al aparcamiento de motos de tal sitio y sin problema alguno.
Por eso no entiendo por que me han puesto esta sancion, aunque puesta esta.
Pero si ne hago el loco, que alego que no tengo constancia del papel, se volo como realmente paso, por que me dio por mirar el suelo y por curiosidad lo recogi.
Se que por aqui, ya ha habido gente que le ha pasado esto y el problema en las motos de poner las denuncias ya tal, or eso mi consulta.
Aunque me beneficiaria del 50% de descuento antes de 15 dias. :-?
 
Un inciso. No te beneficias del 50% sino del 30%, ya que la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico entraga en vigor en el plazo de 6 meses, excepto el tema de la suspensiones del carnet de conducir y los puntos , que es de entrada en vigor inmediata.

Saludos.
 
Detras pone claramente que te beneficias de un 50% de descuento.Y lo que pone va amisa :-?
 
Pues eso que te llevas, porque legalmente no es así, lo que ocurre que hay ayuntamientos que han visto la entrada en vigor y en vista a "lo más favorable al infractor", han entendido que debe aplicarse el 50%, pero lo que no han visto es que la Disposición Transitoria primera establece que los procedimientos anteriores a la entrada en vigor (mayo) se regiran por la normativa vigente en ese momento, salvo que pudieran derivarse efectos más favorables referentes a la suspensión del permiso de conducción y a la pérdida de puntos.

De hecho, la DGT ha remitido a los ayuntamientos una Instrucción en la que indica que esto no entra en vigor hasta mayo. Las denuncias de GC de Tráfico o al ir a pagarla a la propia JPT te indican que es un 30.

En este caso me alegro por ti, más barato.

Saludos.
 
Ya te digo.A si que lo mas seguro que la page, pero antes voy a buscar al agente que me sanciono, por que aqui nos conocemos la mayoria y haber que me cuente, por que otras veces o muchas veces mejor dicho, no ha pasado nada.Bueno en fin...
 
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