SEGURO ANTIGUO PROPIETARIO

LUCASK1200R

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Hola tengo una duda. He comprado una k1200r y el seguro que tengo hoy por hoy es del antiguo propietario ya que estaba casi recien sacado y me lo cedio (eso si con su nombre en el seguro, yo no figuro en nada). Ahi algun problema por llevar el seguro del antiguo propietario.

gracias.
 
No, siempe y cuando tengas unos años de carnet y edad aproximados al antiguo propietario, es decir, si tu tienes 35 años y 15 años de carnet, tu seguro podria solicitarte una franquicia si le dejas tu vehiculo a una persona con 25 años y 4 años de carnet...
 
Te podrían aplicar la regla de equidad en caso de siniestro.
Imaginemos que la persona que tiene asegurada la moto tiene el perfil siguiente:
45 años de edad y 15 años de carnet - por lo que la compañía le cobra 200 euros por el recibo anual.
Y ahora imaginemos que la persona que coge la moto tiene 21 años y se acaba de sacar el carnet.
Pensemos que según la política de contratación de la compañía esta persona o bien no sería asegurable o pagaría una prima anual de por ejemplo 1000 euros.

Ahora imaginemos lo peor, la persona de 21 años coge la moto asegurada de la persona de 45 años.
Tiene un siniestro cuyo coste es de 100.000 euros.
Aqui la compañía tiene varias opciones :
a) no se hace cargo de nada, porque según su política de contratación no te hubiesen asegurado. Así que la persona de 21 años deberá hacerse cargo de la totalidad del siniestro o llevar a juicio a la compañía de seguros.
Tal vez el juez decida que el consorcio de seguros se haga cargo de los daños, si la persona de 21 años es insolvente.

b) (En el mejor de los casos) Que apliquen la regla de equidad y paguen la parte proporcional de los daños. Es decir en este caso como la prima pagada era de 200 euros y la que hubiera tenido que pagar era de 1000. Ellos se harán cargo de 20.000 euros y en teoría la persona de 21 del resto, es decir 80.000 euros.

Así que cuidado a quien se deja un vehículo.

No todas las compañías actúan de la misma forma, pero se de un caso en el que Allianz aplicó la regla de equidad en un accidente provocado por el hijo de un asegurado que no figuraba siquiera como conductor autorizado en la póliza. Y el padre se tuvo que hacer cargo de una fuerte suma.

Me queda la duda de si el responsable en el momento del accidente es quien conduce, el propietario o el tomador del seguro.
 
tagomago dijo:
Ahora imaginemos lo peor, la persona de 21 años coge la moto asegurada de la persona de 45 años.
Tiene un siniestro cuyo coste es de 100.000 euros.
Aqui la compañía tiene varias opciones :
a) no se hace cargo de nada, porque según su política de contratación no te hubiesen asegurado. Así que la persona de 21 años deberá  hacerse cargo de la totalidad del siniestro o llevar a juicio a la compañía de seguros.
Tal vez el juez decida que el consorcio de seguros se haga cargo de los daños, si la persona de 21 años es insolvente.

Yo tengo entendido que el seguro está obligado a responder, es el vehículo el que está asegurado, pero tiene el derecho de repetir contra tí (o el tomador, o solidariamente, no lo sé) si se violan las condiciones de la póliza.

De todas maneras yo haría un seguro propio. No tienes ninguna garantía de que el antiguo propietario no lo dé de baja, por ejemplo si se compra otra moto e intenta que le descuenten la parte no consumida al asegurarla...

Saludos!
 
yo en tu caso y si tienes contacto con el anterior propietario, lo ideal seria pasar los dos por la oficina del seguro, para formalizar el cambio de titular del seguro y si siguen en las mismas condiciones, de esta forma os evitais problemas los dos.
Yo lo hice cuando vendí mi antigua moto, y el que la compró como cumplia los mismos requisitos que yo, se lo pasaron a su nombre sin ningún problema, y con la misma bonificación.

Saludos
 
SWarrior dijo:
[quote author=tagomago link=1207591892/0#2 date=1207757575]
Ahora imaginemos lo peor, la persona de 21 años coge la moto asegurada de la persona de 45 años.
Tiene un siniestro cuyo coste es de 100.000 euros.
Aqui la compañía tiene varias opciones :
a) no se hace cargo de nada, porque según su política de contratación no te hubiesen asegurado. Así que la persona de 21 años deberá  hacerse cargo de la totalidad del siniestro o llevar a juicio a la compañía de seguros.
Tal vez el juez decida que el consorcio de seguros se haga cargo de los daños, si la persona de 21 años es insolvente.

Yo tengo entendido que el seguro está obligado a responder, es el vehículo el que está asegurado, pero tiene el derecho de repetir contra tí (o el tomador, o solidariamente, no lo sé) si se violan las condiciones de la póliza.

De todas maneras yo haría un seguro propio. No tienes ninguna garantía de que el antiguo propietario no lo dé de baja, por ejemplo si se compra otra moto e intenta que le descuenten la parte no consumida al asegurarla...

Saludos![/quote]

Lo normal es que la Compañía tenga que responder, porque si hay alguien que no tiene la culpa de quién llevaba la moto es el Tercero al que le han causado los daños. Si la compañía se niega a indemnizar lo normal es que un juez les obligue a ello.

La compañía podria repetir contra su asegurado y reclamarle o aplicar la regla de equidad que ya han comentado.

Como te ha aconsejado pirata 1200RT, lo mejor es que intentes cambiar la póliza a tu nombre o hacerte un nuevo seguro, como bien dice SWarrior nada impide que el antiguo propietario modifique la póliza, porque se ha comprado una moto nueva y hace un cambio de vehículo en la misma póliza, y te quedes sin seguro SIN ENTERARTE (el tomador es él y todas las comunicaciones de la compañía se las envian a él...).

Saludos
 
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