SI PACTO, ¿TENGO QUE DECLARARLO?

superRORO

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Hola, buenos dias a todos.
Tras el encontronazo con la esquina de la puerta de un enlatado y tras meses de calentamientos de cabeza, seguro, medicos y todo eso............ hace una semana se pone en contacto conmigo mi abogado y me dice que ofrecen tal cantidad, yo no la he aceptado pero me lo estoy pensando,

El caso es que añoche un amigo me comento que si recibia la indegnizacion por accidente tras un pacto entre compañias, ese dinero tenia que declararlo, en cambio si lo recibia mediante una sentencia del juez no tenia que hacerlo.

¿Alguien sabe algo de eso al respecto?

Gracias y buen dia a todos
 
superRORO dijo:
Hola, buenos dias a todos.
Tras el encontronazo con la esquina de la puerta de un enlatado y tras meses de calentamientos de cabeza, seguro, medicos y todo eso............ hace una semana se pone en contacto conmigo mi abogado y me dice que ofrecen tal cantidad, yo no la he aceptado pero me lo estoy pensando,

El caso es que añoche un amigo me comento que si recibia la indegnizacion por accidente tras un pacto entre compañias, ese dinero tenia que declararlo, en cambio si lo recibia mediante una sentencia del juez no tenia que hacerlo.

¿Alguien sabe algo de eso al respecto?

Gracias y buen dia a todos



El tratamiento fiscal es el mismo siempre que la cantidad que se pacte no exceda de la cuantia fijada en el baremo para daños derivados de accidentes de circualción. No te preocupes por este baremo, la compañía te pagará conforme al mismo.
 
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