Un vehiculo, coche o moto, se declara siniestro total cuando la reparación es antieconómica. Es decir, si cuesta más reparar que lo que vale la moto. En este caso al compañía solo tiene que pagarte al valor de la moto.
Esta práctica es legal pero hay mucho que discutir.
Primero el valor de la moto. Se trata del valor venal o valor en venta. Es decir, por cuanto se podría haber vendido la moto antes del accidente. En coches el asunto está muy trilllado, por las listas del Ganvam, pero en motos se puede discutir algo más, pues el mercado es distinto. Asi como en coches solo cuenta el año de matriculación, en motos se tiene en cuenta datos como el kilometraje.
En segundo lugar, es práctica generalizada que, además del valor venal, se pague un porcentaje adicional, entre un 20 y un 50 % más, por lo que se denomina valor de afección.
Por último, la mayoria de los tribunales admiten que, si reparas la moto y hay factura de reparación, la compañía tiene que pagarte la reparación, aunque supere el valor venal de la moto, salvo casos extremos. En estos casos tienes que pagar la factura y despues reclamársela a la compañía. Pero existe el riesgo de que el juzgado no te estime la reclamación, por lo que es conveniente que te asesores bien sobre cual es la práctica en los tirbuansls que serán competentes para conocer el asunto.
Debes saber que, además del seguro obligatorio contra terceros, es probable que tu póliza incluya tambien un seguro de protección jurídica, que te cubre los gastos de un abogado de tu elección para reclamar contra la compañía contraria.
Infórmate bien.