Sirven las fotocopias de los papeles?

zenuter

Allá vamos
Registrado
11 Ago 2006
Mensajes
543
Puntos
43
Pues eso, que llevo la fotocopia siempre pero no llevo los originales de los papeles (los tengo en casita). Lo que quiero saber es si me paran los municipales o la Guardia Civil, les sirve esa documentación o tengo que llevar el original, o bien los papeles compulsados.

Gracias
 
REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS

TÍTULO IV.
AUTORIZACIONES DE CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
CAPÍTULO I.
MATRICULACIÓN

Artículo 26. Documentación de los vehículos.
1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:
a. El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores. El permiso de circulación podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que surtirá los mismos efectos.
b. La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.
c. En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.
[highlight]2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.[/highlight]
 
La última vez que me paró la Guardia Civil, lo pregunté, y me contestaron que sólo vale si las fotocopias están cotejadas por Tráfico, que es como las llevo yo. Hasta ese momento yo pensaba que también eran válidas si estaban cotejadas por la propia Guardia Civil.
 
Sólo son válidas las fotocopias del permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica compulsadas por la Jefatura Provincial de Tráfico o por la Guardia Civil de Tráfico.
Si no es de Tráfico no valen las compulsas de la Guardia Civil a efectos de documentación del vehículo.
Lo que tengo entendido es que del recibo del seguro, hay que llevar el original.

V´ssssss
 
Buenas¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Da igual quien las autentifique, es decir, un ayuntamiento, un notario... ::) ::) te sirven perfectamente. Yo llevo así las de la lata y las de mis anteriores motos también y sin problemas.
El recibo del seguro, original claro. ;D ;D ;D

Raf-gassss
 
elzelu dijo:
Buenas¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Da igual quien las autentifique, es decir, un ayuntamiento, un notario... ::) ::) te sirven perfectamente. Yo llevo así las de la lata y las de mis anteriores motos también y sin problemas.
El recibo del seguro, original claro. ;D ;D ;D

Raf-gassss

No te lo tomes a mal, pero estás equivocado en este aspecto ;)
 
Yo he escuchado por ahí (fuentes dudosas, de esas que en un momento dado te pueden contar una leyenda urbana), que tienes 15 días para presentar la documentación original en cualquier comisaria, si te cogen con las fotocopias... Me parece raro.

Compulsadas por tráfico pues, pero ¿Cómo se hace?...

gracias por las molestias que os causo.

Saludos
 
Rae dijo:
[quote author=elzelu link=1176920170/0#4 date=1176977472]Buenas¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Da igual quien las autentifique, es decir, un ayuntamiento, un notario... ::) ::) te sirven perfectamente. Yo llevo así las de la lata y las de mis anteriores motos también y sin problemas.
El recibo del seguro, original claro. ;D ;D ;D

Raf-gassss

No te lo tomes a mal, pero estás equivocado en este aspecto  ;)
[/quote]

Pues a mi me la ha compulsado la policia local de mi localidad, me han dicho que si que pueden compulsarla y que es válida, no me han cobrado nada, y ya me han parado en una ocasión, en otra localidad distinta y no he tenido ningún problema.
 
   las normas las regula un reglamento, en este caso, el que he puesto, ¿pone algo por quien tiene que estar cotejadas las fotocopias? creo que no, solo pone, que tienen que estar debidamente cotejadas...
creo recordar que habia una diligencia para cotejar estos casos (documentacion de vehiculos) pero no se donde la tengo y segun ponia en la circular era la correcta... pero esa misma diligencia la podia usar cualquier organismo oficial que pueden cotejar documentos...osease Guardia Civil en general, lo que pasa en que la Guardia Civil no esta obligada a realizar compulsas si no son documentos para solicitar algun tramite administrativo (licencia armas, guia circulacion etc etc) por conducto de la Guardia Civil, como puede ser el caso de las intervenciones de armas y en este caso no entra compulsar documentos privados como son los indicados...
 
Rae dijo:
[quote author=elzelu link=1176920170/0#4 date=1176977472]Buenas¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Da igual quien las autentifique, es decir, un ayuntamiento, un notario... ::) ::) te sirven perfectamente. Yo llevo así las de la lata y las de mis anteriores motos también y sin problemas.
El recibo del seguro, original claro. ;D ;D ;D

Raf-gassss

[highlight]No te lo tomes a mal[/highlight], pero estás equivocado en este aspecto  ;)
[/quote]

Pero como me lo voy a tomar a mal ;) ;) ;), en todo caso me lo tomaré con una cervecita fresca ;D ;D ;D.
Lo pongo por la experiencia personal, te cuento (va a ser cooooooooooorto) 8-) 8-). Me paró la telemérita con mi "yamajilla" una vez y en la lata me han parado dos. Presento copias compulsadas por "ayto de graná" y pregunto ¿sirven así?, respuesta de la telemérita: Por supuesto.

Desconozco si ha habido modificaciones posteriores de este tema, te hablo ya de hace al menos 8 años.

Saludos y me encanta aprender todos los días, sino que voy a hacer, que aburrido saber siempre lo mismo.

Raf-gasssssssssssss
 
Pues yo tuve que ir a la Jefactura de Trafico de Sevilla a compulsarlas, pagando por supuesto (14 euros) :o
 
El artículo 26 del Reglamento General de Circulación, como bien han citando anteriormente, reza:

2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.

Si bien no concreta quién debe de cotejar las mismas, sé de muy buena tinta, que la JPT (al menos de mi zona) ha dictado normas que sólo son válidas las cotejadas por las JPT o bien por la GC de Tráfico (si bien estos últimos, no tienen obligación de cotejarlas a solicitud del usuario).

No dudo que en otras zonas se actue de otra manera, con lo que, a falta de una unidad de criterios, dejamos las cosas a criterio del Agente que en ese momento nos requiera la documentación.

Pero bueno, esto es España.

Eso si, en caso de multarte, presentas el Permiso de Circulación y la Tarjeta de Inspección Técnica en la JPT en un plazo de 15 días, y la multa se reduce a una ínfima sanción.
No es lo mismo con el recibo del Seguro, que, aunque lo presentes, los 60 € no te los quita ni el apuntador  ;D

SAludos para todos y una cervecita helada para mí  ::) y el que desee perder 5 minutos con el menda ;D
 
No soy experto en estas cuestiones pero según la Ley 30/92 de Régimen juríco de las Administraciones Públicas y de Procedimeinto Administartivo y el RD, 772/1999, los registros oficiales de cualquier órgano de la Administación General del Estado y de las CCAA, pueden compulsar documentos que tienen LA MISMA validez que el original. Otra cosa es que creo que solo están obligados a la compulsa de aquellos documentos que se requieran en procedimientos que ellos tramiten.
saludos
 
De todas las opiniones que se han dado en este foro, la única válida a todos los efectos es la de Alzaytun, la documentación compulsada por cualquier órgano de la Administración del Estado, Administración Local y de las CCAA, es totalmente válida a todos los efectos y nadie os puede denunciar por ello. Trabajo en esa materia y esa es la orden que tenemos.
 
Revista de la DGT nº 158. Febrero 2003

Artículo sobre la documentación que hay que llevar en el vehículo. Extracto:

main.php
 
hola chicos vereis os lo puedo decir mas ALTO ;D ;D ;D, pero no mas claro ;) ;), y de sto se ha hablado ya en el foro mogolon de veces y ha salido mucho pero enfin, os dire que todas las fotocopias son validas sin van devidamente cotejadas por un ORGANISMO OFICIAL es decir, ayuntamientos, administraciones, notarias, policias locales etc......, si bien es verdad qeu dichos organismos NO ESTAN obligados a efectuar tal cotejos de dicha documentacion y los unicos que lo estan son las JEFACTURAS PROVINCIALES DE TRAFICO.
Ningun agente que te pare te va a decir nada si estan hechas por estos organismos. y dichas fotocopias son legalmente validas, eso si el recibo del seguro tiene que ser siempre recibo original.
Tambienes verdad qeu no valen las fotocopias compulsadas por particulares, gestorias de viaje, gestorias de compraventa, talleres, concesionarios, etc etc, esos señores no tiene potestad para realizar dichas compulsas, de hechol a minome vale ninguna de esas fotocopias compulsadas por ellos, y si las de cualquier organismo oficial erso si no vale que la firma sea del conserje, tiene que ser la compulsa firmada por el oficial, el secretario, vamos por el responsable de dicho organismo.
Bueno espero que os haya quedado clarito.
 
El lío viene de que al principio, Tráfico sólo admitía sus propias compulsas, pero al final tuvieron que admitir cualquier copia debidamente compulsada. (vaya, lo otro es como si cualquier policía local te dice que no le valen las compulsas salvo las de su propio Ayuntamiento...)
 
La compulsa solo certifica que en el momento de la misma la copia es identica al original, pero no a posteriori.

Ejemplo, compulso documentacion de un vehiculo a 23 de abril de 2007.Este vehiculo debe pasar ITV a 30 de junio de 2007, pero se lleva antes a ITV (15 de mayo de 2007) la inspeccion es negativa y la documentacion ORIGINAL del vehiculo se queda en la estacion ITV.
Cualquiera que acepte una fotocopia con compulsa postdatada puede estar aceptando una copia de un documento en distinto estado al de la fecha de la compulsa.
Asi que ojito, cualquier agente puede no aceptar fptocopias acogiendose a esta posibilidad.
 
DavidRC dijo:
La compulsa solo certifica que en el momento de la misma la copia es identica al original, pero no a posteriori.

Ejemplo, compulso documentacion de un vehiculo a 23 de abril de 2007.Este vehiculo debe pasar ITV a 30 de junio de 2007, pero se lleva antes a ITV (15 de mayo de 2007) la inspeccion es negativa y la documentacion ORIGINAL del vehiculo se queda en la estacion ITV.
Cualquiera que acepte una fotocopia con compulsa postdatada puede estar aceptando una copia de un documento en distinto estado al de la fecha de la compulsa.
Asi que ojito, cualquier agente puede no aceptar fptocopias acogiendose a esta posibilidad.

La compulsacion en el caso que expones, va a ser una incongruencia por la sencilla razon de que solamente te va a valer para 2 meses, con posterioridad al 30 de junio debes volver a compulsar, ya que se debe hacer cada vez que cambien datos en la misma (ITV, Reforma de importancia, etc. etc.) y cada vez que se renueve el seguro (trimestral, semestral, anual). De todas maneras, ante alguna duda o sospecha que tenga el agte. siempre puede tirar de INFORMATICA, para contrastar la situacion en que se encuentra el vehiculo y su documentacion ;) ;) ;)
 
DavidRC dijo:
La compulsa solo certifica que en el momento de la misma la copia es identica al original, pero no a posteriori.

Ejemplo, compulso documentacion de un vehiculo a 23 de abril de 2007.Este vehiculo debe pasar ITV a 30 de junio de 2007, pero se lleva antes a ITV (15 de mayo de 2007) la inspeccion es negativa y la documentacion ORIGINAL del vehiculo se queda en la estacion ITV.
Cualquiera que acepte una fotocopia con compulsa postdatada puede estar aceptando una copia de un documento en distinto estado al de la fecha de la compulsa.
Asi que ojito, cualquier agente puede no aceptar fptocopias acogiendose a esta posibilidad.
como te ha dichomike_13, solo te serviran las fotocopias para dos meses pues a partir del 30 de junio ya tendra caducada la ITV, y al mismo tiempo la fotocopia, que lo lleva antes pues es problema de el que pierde dos meses de ITV, ya qu se la daran desde el dia que va, pero las fotocopias efectivamente siguen siendo validas para esos dos meses aunque le hayan retenido la documentacion en la ITV, pues se entiende que esta persona pasara la ITV en el plazo que le indica lamisma y no antes, este problema se da aunque la compulsa la haga la DGT. pues las fotocopias sonlas mismas que si las compulsara otro organismo y no see comprueba conlas ITV si tienen o no la documentacion intervenida o retenida.
 
Todo lo que decís ya lo sabía por razones de mi trabajo, pero siempre he tenido una duda ¿que período de validez tiene una compulsa? :-?
 
:o :o :o
pues la validez de una compulsa es la del documento compulsado, lo que no quiere decir que la compulsa caduque, sino que lo que caduca es el documento cotejado o compulsado por las diferentes autoridades de este pais en el que nos ha tocado vivir

¿mejor así?
 
Atrás
Arriba