Sonómetro y RPM en la ITV.

Karlos BMW

Curveando
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Bilbaino de Deusto, en Lardero (La Rioja).
Resulta que recientemente he pasado la ITV en mi K 100 RS 16V, y nunca me habían medido el ruido con un sonómetro.

El caso es que me indicaron que subiera el motor a 4.000 vueltas y cuando iba por 3.000 le comenté que en 5ª a 4.000 vueltas, la moto iría a 180 Km/h.

La verdad es que se me fué un poco ese dato ;D ;D ;D pero y he ahí la cuestión, que baremo se emplea para medir el ruido?

No por el uso del sonómetro, sino por el regimen de giro del motor, porque no es lo mismo una moto cuya gama máxima de giro del motor es de 8.000 rpm, que 15.000 rpm.

Además, un amigo me comentó que el la pasó a 1.500 rpm con la misma moto, con lo cuál queda claro que parece ser que no hay un criterio, o eso me parece.


Por cierto, la pasé sin problemas, y el inspector iba todo decidido a apuntar que mi K tenía 33.700 km, hasta que le tuve que corregir, ya que le faltaba un 0. 8-)
 
;)Para tu conocimiento te adjunto parte del manual de procedimiento...(el actual proceso de acreditación por parte de ENAC de las empresas que realizan
inspección de vehículos, según lo previsto en el Real Decreto 833/2003, de 27 de junio, hace que, en
la medida que sea posible, se contemplen las recomendaciones de este organismo, así como los de
la norma UNE-EN-ISO/IEC 17020:2004)...

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.
LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.
II.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE DOS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS
5.- Emisiones Contaminantes
5.1.- Ruido
MINISTERIO DE INDUSTRIA,
TURISMO Y COMERCIO
REVISIÓN: 5ª
Fecha: Junio 2006
SECCIÓN: II
CAPÍTULO: 5
APARTADO: 5.1.
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a.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Se medirá el nivel de ruido emitido por las motocicletas y los ciclomotores de 2 ruedas.
La medición del valor real de nivel de emisión sonora del vehículo se hará conforme al método de
medición que se describe a continuación.
Las Comunidades Autónomas, en función de las infraestructuras existentes o métodos alternativos
acreditados, podrán diferir la aplicación de este apartado hasta la fecha en que entre en vigor la
obligatoriedad de inspección periódica de ciclomotores.
b.- MÉTODO
Condiciones del lugar de medición:
Las mediciones se realizarán en un lugar donde no exista ninguna superficie reflectante a menos de
3 metros del vehículo. El nivel sonoro de fondo será inferior en más de 10 dB(A) al valor máximo
admisible para el tipo de vehículo que se pretende evaluar.
Condiciones del vehículo:
Antes de proceder a las mediciones, se pondrá el motor del vehículo a la temperatura normal de
funcionamiento. Si estuviese dotado de ventiladores con mando automático, se excluirá cualquier
intervención sobre dichos dispositivos al medir el nivel sonoro.
Durante las mediciones el mando de la caja de cambios deberá estar en punto muerto. En caso de
que sea imposible desacoplar la transmisión, deberá permitirse a la rueda motriz girar libremente.
Procedimiento de ensayo:
Para la realización del ensayo se utilizará un sonómetro, que será de tipo 1 y deberá cumplir con las
condiciones establecidas en la Orden del Ministerio de Fomento de 16 de Diciembre de 1998 o
normativa que la sustituya en las fases de aprobación de modelo, verificación primitiva, verificación
posreparación y verificación periódica. El sonómetro se posicionará según el croquis de la figura 1 e
indicaciones adjuntas, en respuesta Fast. El índice para valorar el nivel de emisión sonora será el
LA,MAX. En todas las medidas deberá usarse siempre el protector antiviento en el micrófono del
aparato de medida.
Se llevará el motor del vehículo al régimen de giro de referencia. En caso de no conocerse, el
régimen del motor se estabilizará a ¾ del régimen máximo si este es inferior o igual a 5.000 rpm, o
bien en ½ del régimen máximo si este es superior a 5.000 rpm. Una vez estabilizado dicho régimen,
se lleva rápidamente el mando de aceleración a la posición de ralentí
. El nivel de emisión sonora se
medirá durante un período de funcionamiento que comprende un breve espacio de tiempo a
régimen estabilizado, más toda la duración de la deceleración, considerando como resultado válido
de la medida el correspondiente a la indicación máxima del sonómetro. Este procedimiento se
repetirá 3 veces.
 
Totalmente de acuerdo.
Cada vez que he ido a pasar ITV, ya sea en moto o en coche, sufro solo de pensar que vendrán y me diran en un tono autoritario......"acelere, mas, mas,mas" ...pero es lo que hay
 
¿Sabes si la medida fue legal a 4000rpm? .
Esto me recuerda cuando se les metia estropajo de aluminio a las 2T en los escapes
para rebajar el nivel sonoro. Tendremos que llegar a esto para pasar las ITV


Un saludo
 
Me parece ... como mucho ruido, no? :-?

PerryM dijo:
La ITV de Alicante y dice así:

"Observaciones
Informe prueba de comprobación sonora nº 2008-0301-cs-340598
Valor max. Referencia 101,3/400dB (A) / rpm
Resultado: FAVORABLE"


Tal cual te la he escrito.

Esto lo han puesto en el informe de la inspección técnica de vehículos (no donde te sellan la ITV en la documentación) y me dijo el chico que llevara esta hoja la próxima que fuera a pasarla y que se la enseñara al que me hiciera la prueba de ruido.

Vsss
 
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