5075687D736E756977691A0 dijo:
[quote author=72405C4D585A350 link=1263503959/18#18 date=1265018338]"El permiso A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia".
Esto quiere decir que lejos de imponer un límite de cilindrada de menos de 500 cc, como nos informó Interior y la propia DGT, que a día de hoy sigue haciendo hincapié en ello, el nuevo carnet A2 establece los límites estipulados en la normativa europea pensada para ponerse en marcha en todos los Estados miembros a partir de enero de 2013, mientras que en España se pondrá en marcha a finales de este año (adelantándose a los plazos de la UE), y que consiste en que podremos conducir motos de hasta 47 CV. No podrán limitarse para este carné A2 motos que superen el doble de esa potencia ni que excedan los 0,2 kW/kg. El límite pues para limitar a 47 CV estaría en motos de 95 CV de potencia máxima en versión libre y de 175 kg de peso mínimo.
v-elemento, lee-lo!!!!
donde has aprovado? jua jua jua jua jua, es broma!!!!!
pero la normativa es igual para todos y en este caso una putada para ti!!ya que tienes que esperar dos años para tener una f-800r!!!
lo siento!!!!
Además de lo que ha explicado el compañero, hay una especie de vacío extraño que estaría bien que alguien que sepa nos cuente...
Según dice, hasta 47 caballos una moto de no más del doble. Correcto, y la F800R cumple, pues 47x2 es mayor que los ochentaytantos.
Peeeeero, BMW limita a 34 (aún no está disponible el kit a 47), y la moto en cuestión tiene más de 68... por lo que en teoría y siguiendo la norma a rajatabla...
[highlight]hoy por hoy un A2 no puede llevar una F800R de ninguna de las maneras[/highlight].
¿Alguien confirma o desmiente?
Gracias[/quote]
Según mi opinión lo que no se puede (haciendo, como bien dices, una interpretación
a rajatabla de la norma) es limitar una F800R, o similar, a 34cv. Pero sí que se puede limitar a 47cv. Como quiera que Atimpex (en colaboración con Motos Hernández, que fueron quienes les dejaron las motos para hacer la gestión)
tiene HOMOLOGADO en Industria y para esa moto específicamente un limitador que cumple todos los requisitos, yo, por mi parte, ya no veo el problema por ningún lado...bueno sí, en los 350€ + iva que te cuesta el dichoso limitador, pero bueno :-/.
De cualquier forma, la redacción de la norma, que es cierto que puede llevar a concluir que no se puede llevar una moto "por tener demasiada poca potencia", es tan incoherente que se da por hecho en el sector (según me han comentado) que se "aclarará" en los próximos meses...aunque conociendo a los figuras de Interior-Tráfico, cualquiera sabe
Saludos