Un retrovisor

chupalagamba

Allá vamos
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"Efeando" por BCN
Hola a tod@s... tengo una dudita, a ver si me podéis ayudar.

Tengo una moto de enduro, que ya ha cumplido 4 añitos jooo como pasa el tiempo :'( y debe pasar la ITV. El problema es que la moto tras una caída perdió el espejo derecho, por lo que sólo le queda el espejo izquierdo intacto.

¿Debo instalarle el otro para poder pasar la ITV, o puede pasar con sólo el izquierdo?

Es que hace tanto tiempo desde que me saqué el carnet, que no sé si la normativa que decía que se podía ir como mínimo con un espejo sigue vigente o no... ¿qué me decís?

Muchas gracias por la ayuda.

Saludos y ráfagas desde mi F800S y desde mi "viejita" Yamaha de enduro ;)
 
Entiendo, que si de fabrica venia con los dos espejos, ahora en la ITV te los exigiran. Pues a sido un elemento de seguridad con el que el que ha sido homologado para circular. Y quitarlo supone una modificacion.
Pero puedes probar a ver si suena la flauta y pasan de ello.

Otra cosa es que fuese un modelo de hace años, en los que solo venian con el izquierdo. Al igual que los coches de hace años solo llevaban el izquierdo y el interior.

Vsssssssss
 
Depende del año de fabricación de la moto. A partir de tal año (lo siento, pero no se cual es) las motos tenían que venir con dos retrovisores. Pero vaya, si la moto sólo tiene 4 años, sin duda te exigirán ambos retrovisores. A mi me pasó lo mismo con una Kawa KLX 300 R del 2000 y me tuve que volver a casa a por él, así que en tu caso no hay ninguna duda.

Salut!!!
 
Pues estamos de acuerdo, por mi experiencia de paso por las ITEUVES, y por las de otros conocidos... ya te estás buscando otro espejo retrovisor lo más igualito que el que llevas, en cuanto a formas, dimensiones, y convexidad óptica si es que la tiene el que llevas.  :(

Ah !, y no valen los de los chinos.  Ha de ser Ho-mo-lo-ga-do !.  :( :-/

Saludos.
 
no te quepa duda tienes que tener los dos .tienen que ser homologado aunque sean disintos de los originales.
yo a una 125cc. le puse unos de ciclomotor (homologados) y pasó.
pero como todo dependerá del empleado que lo pase.

V.sssssssssssssssssssssss
 
>:( pos vaya rollo... me tocará desembolsar pasta para comprar uno nuevo... en fin, como uno no acostumbra a llevar retrovisores por mitad del monte...

Muchas gracias a todos por la ayudita!!! ;)

Sois más apañaos!!! ::)

V´sssssss

P.D: Los endureros también saludamos, y sólo me han devuelto saludos algunos "chopperos" y por supuesto "bemeuveros" si es que somos la caña!!!
 
Saludos de un:

Trialero, Endurero, Trailero, Rutero, Carretero, Scooteero, Ciclomotero, Bmuwero-Clásico, Customero, Quadeero, 4x4eero, motard en general, y de cualquier cosa que al tirarle de un cable te de un empellón p'alante, ha de petardear y oler a quemado...  ;D ;D y no sigo por que me salgo de las motos...  ;D ;D ;D

Lo que importa siempre es el indio, no la flecha.  ;)   :)

sldsss.
 
Las motos que pasan de 100 km/h tienen que llevar obligatoriamente dos espejos retrovisores y las que no pasan de 100 Km/h pueden llevar solo el izquierdo. Lo que ya no se es si las motos más recientes tienen que llevar los dos espejos independientemente de la velocidad máxima que alcancen.

;)
 
Interesante..., Curioso como poco... no lo sabía... y dónde se puede mirar, saber, averiguar con qué velocidad máxima se supone que puede circular un modelo determinado de vehículo ?. En la Ficha Técnica no pone nada de velocidades máximas, salvo que sea un ciclomotor, vehículo especial o histórico.
 
mataronet dijo:
Carlos203 tiene razón, pero con matices.

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, Reglamento General de Vehículos.
Anexo III (espejos retrovisores) Punto tercero (segunta tabla explicativa)​


Muy interesante link mataronet !.  A "Favoritos" que me lo he puesto.

Peeero sigo sin ver dónde i cómo queda definida la velocidad que puede alcanzar un vehículo.  Existe alguna catalogación ?. Bueno quiza esto debería ir a otro post, no quisiera romper éste.
Saludos.
 
Carlos203 dijo:
Las motos que pasan de 100 km/h tienen que llevar obligatoriamente dos espejos retrovisores y las que no pasan de 100 Km/h pueden llevar solo el izquierdo. Lo que ya no se es si las motos más recientes tienen que llevar los dos espejos independientemente de la velocidad máxima que alcancen.

;)

no tenía ni ídea, muy interesante ;)
 
Vox-Box, saludos de nuevo company.....
No hay ninguna tabla de velocidades y si la hay no será oficial y solo orientativa.
Se supone que todo lo que no sea un ciclomotor, para nosotros supera los 100 k/h. (hay ciclomotores que los superan y lo se, pero legalmente no pueden) y eso es lo que entedemos y nos tiene que preocupar, respecto a los retrovisores.
La tabla del RGV, que mencioné en el anterior post, esta creada para consultar cualquier vehículo. Si tuvieras un toro de obra tendrias que consultar la tabla, o cualquier otro vehículo especial, pero al fin y al cabo lo que nos atañe es:
+100 k/h = SI...........- 100k/h = NO
 
mataronet dijo:
Vox-Box, saludos de nuevo company.....
No hay ninguna tabla de velocidades y si la hay no será oficial y solo orientativa.
[highlight]Se supone que todo lo que no sea un ciclomotor, para nosotros supera los 100 k/h.[/highlight] (hay ciclomotores que los superan y lo se, pero legalmente no pueden) y eso es lo que entedemos y nos tiene que preocupar, respecto a los retrovisores.
La tabla del RGV, que mencioné en el anterior post, esta creada para consultar cualquier vehículo. Si tuvieras un toro de obra tendrias que consultar la tabla, o cualquier otro vehículo especial, pero al fin y al cabo lo que nos atañe es:
+100 k/h = SI...........- 100k/h = NO

Pues en cierto modo éso es lo que yo intuía-me temía, lo que no es un cliclomotor, lo que no es un vehículo de transporte de mercancías, lo que no es un vehículo especial... pues a 100 km/h !.  De hecho, se toma por exclusión. Bien: - ...no es menos cierto; que diría un letrado.

Pues se lo contaré a mi Montesa Cota 310, a ver si se entera ! ;D ;D ;D, y se espabila un poquito !! ;D ;D ;D; ...que por carretera es más lenta que el caballo del malo !!  ;D ;D ;D

Poe cierto Chupalagamba, cómo has acabado el tema ?, Cuentanos !, se lo has puesto ? o no se lo has puesto ?, has pasado la ITV ?. Cuénta ! Cuénta !,

Saludos.
 
>:( sí , se lo puse para quitarme de historias... salí de la ITV y se lo volví a quitar jejejejeje ;D tengo malos recuerdos de saltar con la moto y clavarme susodichos elementos reflejantes traseros en el pecho y en la cara... me dan miedito :-[

Total, 13 euros de retrovisor a la basura y hasta dentro de 2 años, pero la tranquilidad de pasar la ITV, no tiene precio...

La verdad es que no se lo pregunté al tío porque con todo lo que me habéis contado por aquí ya iba puesto en el tema, pero vaya, que iba con todo en regla y de serie, así que ningún problema, sólo me dijo que iba justa de fonos, y el escape es el de serie, nunca se lo he cambiado, no entiendo por qué me dijo eso... en fin...

Muchas gracias a todos por vuestros consejos y vuestra sapiencia motoril!!! (menudos palabros me invento jeje)

V´ssssssssss ;)
 
Me invade una duda.
Las motos no tienen que pasar la primera ITV a los cinco años ?
O voy errado

Salu2
 
Antes era así, pero por lo visto lo han equiparado a los coches y ahora también es a los cuatro.

Salut!!!
 
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