ME HA "ATROPELLADO" UN GUARDIA CIVIL

tomas

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:'( Estoy acojonado y necesito desahogarme, ahí va:

el pasado fin de semana Viajaba por la Sierra de Albacete con mi BMW R1150GS y mi pareja. Le enseñábamos la zona a otra pareja de moteros de este foro (no mencionaré sus niks). Ya era de noche, llovía débilmente, estábamos cansados tras 400 km.
Me para una pareja de Guardias Civiles con un trato profesional, aséptico y correcto en todo momento. Pasan coches sin cesar, todos a más velocidad de los 50 km/h permitidos. La pareja de la GC no para a nadie, saluda a casi todos porque es un pueblecito de la sierra y se conocen entre ellos. Me revisa toda la documentación, desde el carnet de conducir hasta el seguro. Perfecto, me hubiese gustado que me hiciese la prueba de alcoholemia, soy abstemio.
Se lleva toda mi documentación y al rato regresa y me pide el permiso de circulación de la moto :-? ¡pero si está en la documentación que me ha recogido!
Con los nervios me vuelvo loco revisando todo mi equipaje. Llueve, no hay luz. Estoy cansado y nervioso. Me quedan 150 km y dos puertos de montaña con gravilla para llegar a casa.

Tras unos minutos que parecen eternos el mismo GC. me dice que ha encontrado el permiso, que lo tenia él. Claro :-X

Me indica que debería haber pasado la ITV, que me caducó hace casi un año y me sanciona con 150 €. Me retira el permiso de circulación de la moto. Me siento sobre un tronco incrédulo ante lo que me estaba pasando. No podía creer mi error. Yo trabajo con la moto en una revista especializada y tengo responsabilidades por lo que se trata de un asunto, para mi, muy grave. Si te retiran el permiso de circulación del vehículo puedes seguir circulando con un resguardo que te dan en el momento pero puedes tener problemas con el seguro en caso de accidente o con la propia GC.

Mi moto está matriculada el 21-5-2.001. La primera ITV es obligatoria pasarla, sólo coches, a los 4 años. Pero las motocicletas tenemos que pasar la primera itv a los 5 años. TODAVÍA ME QUEDAN DOS MESES PARA PASAR LA PRIMERA ITV, mi moto no tiene 5 años aún. :'( :'(

Me han retirado el permiso de circulación de mi vehículo, con todos los perjuicios morales, económicos y molestias como pérdidas de tiempo que este hecho conlleva. Todo ello de forma ilegal y por un señor que representa la ley y a todo un colectivo.

Espero que haya sido yo quien se haya equivocado, pagar la sanción y olvidarme de este asunto. Espero que sean erroneos mis calculos y me tenga que morder la lengua :P

Perdonadme por este ladrillo pero necesitaba desahogarme con otros moteros.
 
Creo que tienes razón!!!

Portada > Economía doméstica

Economía doméstica

ITV o Inspección Técnica del Vehículo
Cita ineludible
Si un vehículo circula sin superar la ITV, su titular se expone a una multa de hasta 1.500 euros

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Un total de 7,4 millones de turismos en España pasaron en 2003 a su revisión anual, la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). De acuerdo al Real Decreto del 24 de septiembre de 1985 número 1987/1985, vigente desde 1987, los automóviles con más de cuatro años de antigüedad –cinco para motocicletas y seis para caravanas- y de matriculación española deben superar las revisiones periódicas en las estaciones habilitadas específicamente para ello por las comunidades autónomas. Este chequeo, dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología, tiene tres objetivos: asegurar que los vehículos en circulación mantengan unas condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos, reducir el riesgo de accidentes por causas técnicas y proteger el medio ambiente a través de la reducción de las emisiones de los gases de escape. Finalizado el examen, se emite un informe.
Examen obligatorio

El dictamen puede ser favorable, desfavorable o negativo. Si es favorable, el conductor, tras abonar una media de 34 euros, puede circular con su coche con la seguridad de que funciona correctamente. Deberá colocar la pegatina que le entreguen –en la que figura la fecha de la última ITV- en una parte visible del coche. Por el contrario, si el vehículo ha superado el examen sólo a medias y el resultado es desfavorable –el 22,6% de los automóviles que visitaron la ITV obtuvieron esta nota en 2003-, se concede a su propietario un plazo no superior a dos meses para que realice los arreglos pertinentes. Durante ese tiempo sólo podrá utilizar el automóvil para acudir al taller y volver a la ITV, quedando inutilizado para circular libremente por la vía pública. Finalmente, si en el informe figura un resultado negativo, el vehículo permanecerá temporalmente en el lugar donde se realiza la inspección hasta que una grúa lo traslade a un taller mecánico. Una vez allí, el automóvil deberá ponerse a punto de acuerdo a las anotaciones realizadas por los técnicos.

¿Qué ocurre si no estamos de acuerdo con el resultado de la ITV? Poco se puede hacer en ese caso: si el propietario del vehículo se niega a realizar los arreglos o cambios que los técnicos de la ITV le exigen, el vehículo podrá ser dado de baja de la circulación en ese mismo momento. En principio, no existe la posibilidad de reclamar contra estos resultados y pedir a otra estación una nueva revisión. En teoría sólo se puede hacer si lo autoriza expresamente el órgano competente de la comunidad donde se realizó la inspección, en la práctica es una situación que apenas ocurre.

Cuándo acudir a la cita

La primera vez que un vehículo ha de pasar la ITV su propietario debe tomar la iniciativa: habrá informarse sobre cuándo le corresponde y sobre los talleres homologados a los que puede acudir. En la página web www.aeca-ITV.com se puede encontrar toda la información necesaria. Para posteriores revisiones el taller al que fuimos tomará la iniciativa de recordarnos mediante carta que llegó el momento de presentar de nuevo el vehículo a la ITV.

Automóviles. Están obligados a pasar la primera ITV los vehículos de uso privado que tengan cuatro años de antigüedad. A partir de ese momento, la visita obligatoria deberá repetirse cada dos años hasta que cumpla los diez años. Después la revisión será anual.

Motocicletas. La ley regula que las motocicletas deben pasar la primera ITV cuando superen los cinco años de antigüedad. A partir de este momento su examen se llevará a cabo cada dos años.
 
Pero pronto a los 4 años:



España

Miércoles, 22 de febrero de 2006

REVISIONES
Las motocicletas pasarán la primera ITV a los cuatro años, no a los cinco

Esta medida obligará a otros vehículos como ciclomotores o cuadriciclos a pasar también la inspección.


ELMUNDO.ES

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Los fabricantes de motos esperan otro récord de ventas

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MADRID.-El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio rebajará de cinco a cuatro años el plazo en que las motocicletas deberán pasar su primera Inspección Técnica de Vehículos (ITV), según informaron a Europa Press fuentes del Departamento que dirige José Montilla.
El Gobierno pretende aprobar y publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el próximo mes de junio el Real Decreto que modificará el plazo para que las motocicletas pasen la ITV y que obligará a otros vehículos como ciclomotores o cuadriciclos a pasar también la inspección.
 
Anocheciendo.......Llovía........Dos parejas (seguro que no jovencitos haciendo el loco).........Me imagino que respondísteis educadamente........... Pues parece que, al menos esa tarde, el señor GC estaba de mala uva.

Lo siento... ¡Saludos y suerte con el recurso contra la sanción !.
 
pues si, tienes razon, tu moto debe pasarla como cualquier otra a los 5 años, supongo que el guardia civil no debia ser de trafico, sino un rural, si fuese de trafico el error ya me pareceria mas grave, si es un rural, pues un error lo puede tener cualquiera, pero si no sabe, pues que no se meta en esos temas, con el papel que te hizo por retirarte el permiso de circulacion y la denuncia tendras que ir a trafico y resolverlo, como tu dices tendras que perder tu tiempo por el error de otro :-/
 
No estas confundido, estas en lo cierto, las motocicletas son a los cinco años después de la primera matriculación, por lo tanto tienes que contar esos cinco años a partir de esa fecha, cuando son vehículos rematriculados solo se mira la primera fecha, la segunda no es válida.

por lo tanto, tu vehículo esta en regla, con lo que tendrás que ir a tráfico para que te devuelvan el permiso de circulación y sobre todo para que no te cobren una multa que no te corresponde.

si te vuelven a parar no te podrán denunciar una vez más por no haber pasado la itv, sino por no presentar el permiso de conducir.

si puedes y tienes tiempo, ya que tienes el número del agente llama por teléfono también a la comandancia donde esté adscrito y exponles el asunto, quizás
aún no hayan remitido a tráfico la denuncia ni el permiso
un saludo
 
Eran rurales. Tengo muy buenos amigos en tráfico, muy moteros y con una sensibilidad especial para con las motos. He trabajado en vueltas ciclistas con GC. varios años y son gente como los demás... pero jamás pensé que podían existir personajes como el que se ha cruzado en mi camino.
Individuos como este son los que dan mala imagen a un colectivo estupendo que se deja la piel en las carreteras y siempre están a nuestro servicio.

El trato fué correctísimo por ambas partes, ellos asépticos... yo resignado.
Alguien que representa la ley y tiene esa responsabilidad está obligado a ser profesional y, sobre todo, a conocer la normativa que tiene que aplicar.

Despues de este hecho se me ha quedado una sensación de impotencia, inseguridad y desprotección que voy a tardar en olvidarla. :-[
 
Hay mucho imbecil suelto, pueden caer en el cuerpo de la GC o en cualquier sitio.

Pues nada, pierde un poco de tiempo y reclama, y ya que te pones a peder tiempo, intenta meterle algo de Cargos y Perjuicios.......si es cierto que tienes todo en regla.

A mi me pasó algo parecido, el gili no sabía si le tocaba a los 4 o a los 5, tuvo que llamar a su centralita, y para colmo, me perdieron el permiso de circulación, no aparecía por ningún lado.

Lo dicho, incompetentes hay en todos lados, y la GC no iba a ser una excepción.

V´ssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
 
Salud al foro

Tomas dijo:
Eran rurales. Tengo muy buenos amigos en tráfico, muy moteros y con una sensibilidad especial para con las motos. He trabajado en vueltas ciclistas con GC. varios años y son gente como los demás... pero jamás pensé que podían existir personajes como el que se ha cruzado en mi camino.
Individuos como este son los que dan mala imagen a un colectivo estupendo que se deja la piel en las carreteras y siempre están a nuestro servicio.

El trato fué correctísimo por ambas partes, ellos asépticos... yo resignado.
Alguien que representa la ley y tiene esa responsabilidad está obligado a ser profesional y, sobre todo, a conocer la normativa que tiene que aplicar.

Despues de este hecho se me ha quedado una sensación de impotencia, inseguridad y  desprotección que voy a tardar en olvidarla. :-[

Haz un escrito al Subdelegado del Gobierno de tu provincia, que es el que tiene la competencia de las FFCCSS y de Tráfico, quéjate y pídele compensación, que seguro que al incompetente ese no le vuelven a quedar ganas de pasarse con nadie más, un profesional, está obligado a conocer las Leyes, Reglamentos, Disposiciones y Normas. >:( >:(

"MANOLETE SI NO SABES TOREAR, PA QUE TE METES" :-X
 
Gracias por la información, Acelera..

La verdad es que no tengo intención de interponer ninguna demanda contra esta persona. Mis objetivos son:
1- Que me devuelvan mi permiso de circulación "robado" ¡ya!
2- Que alguien se asegure de que este señor se aprende la normativa vigente y cualquier otra que tenga que aplicar en su trabajo. Que este señor de la talla mínima necesaria para representar a un honorable colectivo.
3- Poder volver a pasar por la preciosa zona sobre mi moto sin sensación de impotencia ni de que me va a "asaltar" un representante de la ley.

Vaya nochecita he pasado. :-[
 
tomas, intenta recuperar con calma el permiso de circulación, con calma por que lo tienen ellos y te pueden complicar un poco mas la vida a la hora de recuperarlo. el proceso burocrático.
cuando lo tengas "te pomas un café" con ese pollo.

y que ante este tipo de negligencias no estemos cubiertos...manda wuebos.
>:(
 
Hay un punto en el que muchas veces no caemos. Tenemos que pasar la ITV de nuestros vehículos al complir la antigüedad, no a partir de su matriculación. A mi me pasó con un Land Rover que estuvo más de un año en la campa antes de su compra y a los tres años me enviaron una carta de la ITV. Acudí diciendoles que estaban equivocados y que me quedaba todavía un año. Me hicieron ver que en la tarjeta de inspección técnica emitida por Rover, el vehículo ya cumplía los cuatro años y que por ese documento se regían los plazos. Por lo tanto no cuentan desde la fecha de primera matriculación.
Lo que ocurre es que normalmente esperamos a que nos llegue el vehículo de fábrica porque no hay stock y prácticamente coinciden ambas fechas.
 
Esto no se puede permitir, llega un momento que ya nos sentimos como delincuentes incluso con todo en regla. Me duelen mucho estas cosas. >:(

Esperamos noticias
 
Desde luego, un suspenso para el agente,   pero... POLLO, LADRÓN, INCOMPETENTE, IMBECIL, GILI...

¿Que pasa, que nadie se ha equivocado en su trabajo? Ojo, que no estoi justificando el error del agente,(ya que a causa de ese error Tomas tendrà unas molestias innecesárias). Yo antes de denunciar por un tema que no domino, me aseguraré bien antes de hacerlo, pero incluso en mi especialidad alguna vez me he equivocado, he rectificado y he aprendido de mi error.
 
datograma dijo:
Hay un punto en el que muchas veces no caemos. Tenemos que pasar la ITV de nuestros vehículos al complir la antigüedad, no a partir de su matriculación. A mi me pasó con un Land Rover que estuvo más de un año en la campa antes de su compra y a los tres años me enviaron una carta de la ITV. Acudí diciendoles que estaban equivocados y que me quedaba todavía un año. Me hicieron ver que en la tarjeta de inspección técnica emitida por Rover, el vehículo ya cumplía los cuatro años y que por ese documento se regían los plazos. Por lo tanto no cuentan desde la fecha de primera matriculación.
Lo que ocurre es que normalmente esperamos a que nos llegue el vehículo de fábrica porque no hay stock y prácticamente coinciden ambas fechas.


Creo que ahí está el tema: si un vehículo debe pasar la itv segun la 1ª matriculación, o según la fecha de fabricación........
 
Muy buenas:
Espero que lo soluciones pronto y sin muchos quebraderos de cabeza....
Antes de que pusieras que habían sido los rurales yo y muchos foreros ya imaginabamos que habian sido "ellos".
Venga suerte y saludos desde Asturias
 
Chin dijo:
[quote author=datograma link=1142893531/0#11 date=1142924274]Hay un punto en el que muchas veces no caemos. Tenemos que pasar la ITV de nuestros vehículos al complir la antigüedad, no a partir de su matriculación. A mi me pasó con un Land Rover que estuvo más de un año en la campa antes de su compra y a los tres años me enviaron una carta de la ITV. Acudí diciendoles que estaban equivocados y que me quedaba todavía un año. Me hicieron ver que en la tarjeta de inspección técnica emitida por Rover, el vehículo ya cumplía los cuatro años y que por ese documento se regían los plazos. Por lo tanto no cuentan desde la fecha de primera matriculación.
Lo que ocurre es que normalmente esperamos a que nos llegue el vehículo de fábrica porque no hay stock y prácticamente coinciden ambas fechas.


Creo que ahí está el tema: si un vehículo debe pasar la itv segun la 1ª matriculación, o según la fecha de fabricación........[/quote]

La fecha para computar la antiguedad es la fecha de 1ª matriculación:

http://www.dgt.es/tramites/normativa/pdf/RD_2042_1994.pdf

En el enlace esta recogida la legislación. En el artículo 6 punto 1 (al final del punto 1 casi en el 2) lo recoge muy claro.

Tomas, animate hombre, el cabreo no te lo quita nadie, y la perdida de tiempo tampoco, pero por lo menos podras recurrir la multa.

Saludos.
 
Hola a tod@s:

Estoy totalmente de acuerdo con lo que comentas de que se te ha impuesto una multa y se te ha retirado el permiso de circulación sin motivo, por un error; cosa diferente sería que se te hubiera retirado a sabiendas de lo que hacía.

No es por nada pero para la información de los foreros criticos con la actuación de los rurales, te comento que un "rural" tiene muchas mas cosas en la cabeza a parte de las itv.

Os enumero un poco lo que tiene que saber un "rural":
-Codigo penal para aplicar la ley en la calle y no en un despacho de un juzgado con mil libros de consulta delante. (si el rural la caga=rural a la carcel).
-Ley de enjuiciamiento criminal....otro tanto.
-Ley de caza.
-Costas.
-Montes.
-Legislación fiscal y regimen aduanero y de impuestos especiales.
-Epizootias.
-Extrangeria.
-Drogas.
-Reglamentos de armas y de explosivos.
-Ley del menor.
-Ley de violencia de género.
-Ley de pesca.
-Reglamneto general de circulación y ley de seguridad vial................................etc

Os invito a que busqueis en internet esta legislación y cuando veais el TOCHO que es penseis en lo que tiene que hacer un "rural" sin pensar en las itv.

Reitero que se cometen errores como en cualquier otro trabajo pero que para eso estan los recursos y los pliegos de descargo. ;)

Un saludo 8-)
 
Amigo Mbfgc, no es por llevarte la contra, y tampoco voy a ser exhaustivo, pero por puntualizar un poco...

Para empezar el GC rural (o el de ciudad) que "la caga" ya tiene que hacer una BIEN GORDA para terminar en la cárcel; por equivocarse al imponer una sanción es posible que ni le caiga un arresto, en algunos casos ni siquiera sanción, si acaso mero apercibimiento ("Morales, hombre... que sea la última vez").

Y sin entrar a detallar la lista que has puesto (que además, creo que en cuanto a competencias hasta es posible que se quede corta, falta el tema medioambiental por ejemplo), un GC NO NECESITA saber nada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, eso dejanoslo a los Procuradores (ni siquiera a los Abogados) y a los funcionarios de los Juzgados.

Que sí, que todos esos textos legales son MUCHAS PÁGINAS, pero para empezar no hay que saberse TODOS los artículos (¿necesita saber la Disposición Adicional Cuarta (añadida por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre ): Las referencias que se hacen al Juez de Instrucción y al Juez de Primera Instancia en los apartados 1 y 7 del artículo 544 ter de esta Ley, en la redacción dada por la Ley 27/2003, de 31 de julio, Reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica se entenderán hechas, en su caso, al Juez de Violencia sobre la Mujer. 2. Las referencias que se hacen al Juez de Guardia en el título III del libro IV, y en los artículos 962 a 971 de esta Ley, se entenderán hechas, en su caso, al Juez de Violencia sobre la Mujer.
sobre efectos de aplicación de la norma de, o la Disposición Final aclaratoria sobre refundición de textos legales precedentes y otros ("Quedan derogadas todas las Leyes, Reales Decretos, Reglamentos, Ordenes anteriores en cuanto contengan reglas de enjuiciamiento criminal para los Jueces y Tribunales del fuero común. Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior el Real Decreto de 20-6-1852 y las demás disposiciones vigentes sobre el procedimiento por delitos de contrabando y defraudación.") o los primeros 258 artículos (13 Títulos nada menos:

TÍTULO I. PRELIMINARES
TÍTULO II. DE LA COMPETENCIA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES EN LO CRIMINAL
TÍTULO III. DE LAS RECUSACIONES Y EXCUSAS DE LOS MAGISTRADOS, JUECES, ASESORES Y AUXILIARES DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES Y DE LA ABSTENCIÓN DEL MINISTERIO FISCAL
TÍTULO IV. DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDE EL EJERCICIO DE LAS ACCIONES QUE NACEN DE LOS DELITOS Y FALTAS
TÍTULO V. DEL DERECHO DE DEFENSA Y DEL BENEFICIO DE POBREZA EN LOS JUICIOS CRIMINALES
TÍTULO VI. DE LA FORMA DE DICTAR PROVIDENCIAS, AUTOS Y SENTENCIAS Y DEL MODO DE DIRIMIR LAS DISCORDIAS
TÍTULO VII. DE LAS NOTIFICACIONES, CITACIONES Y EMPLAZAMIENTOS
TÍTULO VIII. DE LOS SUPLICATORIOS, EXHORTOS Y MANDAMIENTOS
TÍTULO IX. DE LOS TÉRMINOS JUDICIALES
TÍTULO X. DE LOS RECURSOS CONTRA LAS RESOLUCIONES DE LOS TRIBUNALES Y JUECES DE INSTRUCCIÓN
TÍTULO XI. DE LAS COSTAS PROCESALES
TÍTULO XII. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS JUECES Y TRIBUNALES RELATIVAS A LA ESTADÍSTICA JUDICIAL
TÍTULO XIII. DE LAS CORRECCIONES DISCIPLINARIAS

por ejemplo?)

Pues con todos los otros textos, lo mismo.

Sí, tienen que estar MUY preparados y no llevan una estantería en el Nissan con la colección completa de textos legales, cortesía de Aranzadi o La Ley... pero es que a un profesional SE LE EXIGE preparación y HUMILDAD, que si no sabes algo se pregunta y listo, y no hace falta que lo haga delante del posible infractor, se va uno al coche y por la emisora pregunta, que tengo amigos y familiares en la GC (tb un rural) y más de una vez, en caso de duda, es lo que se hace, consultar primero con el compañero, y si no para eso está la emisora.

Y desde luego que la exigencia no es la misma, pero aunque un Juez de lo Penal probablemente tampoco se sepan de memoria y como si fuera el Padrenuestro los 640 artículos del Código penal con sus 3 disposiciones adicionales, 12 transitorias, 1 derogatoria y 7 finales tengo entendido que no suelen imponer condenas "de oídas", pq les suena que lo que había hecho este delincuente estaba penado con 5 años de trena...

Se les paga un sueldo del Estado con cargo a nuestros impuestos para que AL MENOS no se incurra en esos errores.

Errores, como no, comprensibles, pq somos HUMANOS y no MÁQUINAS, entiéndaseme bien, no trato de tachar de manera negativa y cargar las tintas contra el Guardia que ha protagonizado la anécdota que nos ocupa, me imagino que NO HABRÁ EXISTIDO MALA INTENCIÓN (de haberla, ya estamos hablando de otra cosa), pero cada cosa en su justa medida: TODOS en nuestro trabajo tenemos que manejar unos conocimientos más o menos extensos para hacerlo bien, TODOS tenemos presiones en nuestro trabajo, TODOS tenemos una responsabilidad y TODOS tenemos en la cabeza mientras trabajamos miles de preocupaciones que nos pueden hacer incurrir en errores... lo que pasa es que normalmente no todos en nuestro trabajo podemos imponer una multa de x dinero a quien nos toca en suerte atender.

Critiquemos a quien lo hace mal, SI LO HACE MAL (insisto, errar es humano y herrar es de herreros) pero tengamos una justa medida para cada comportamiento.

Y en el caso particular que nos ocupa pues parece que va a tocar la molestia de redactar un escrito aportando documentación para que quede sin efecto al sanción por ser manifiestamente inaplicable (si la ITV se apsa a los 5 años contando desde la PRIMERA MATRICULACIÓN y en la tarjeta técnica consta que no se han cumplico los 5 años, pues no hay más que hablar), se solicita la devolución del permiso retenido y la anulación de la sanción... y aquí paz y después gloria...

Fin del rollo ;)
 
Primero antes de todo un fuerte tirón de orejas para el GC rural que seguro por equivocación te retiró el permiso de circulación por no pasar la ITV que no estabas obligado todavía a pasar.
Pero amigo Tomás, tampoco vamos a cargar las tintas únicamente sobre el GC, dices que trabajas para una revista usando la moto, que has hecho Vueltas ciclistas y la moto es además de un medio de vida, una afición, como nos pasa a muchos, Y NO FUISTE CAPAZ DE HACER VER EN EL ERROR EN EL QUE ESTABA CAYENDO EL GC.
Yo no entiendo de muchas cosas, pero los papeles de mi moto los llevo al día: permiso de conducir (se cuando me caduca), permiso de circulación (se que por ahora TODAS las motocicletas pasan la 1ª itv a los 5 años y luego cada 2), tarjeta de inspeccion técnica, recibo de seguro (se cuando me caduca y lo que me cubre) y NINGUN GC rural o de Tráfico, Mosos, Forales, etc me puede decir que mi seguro ha caducado, no he pasado la ITV o algo parecido.
Si hubieras controlado este "detallito" se hubiera solucionado todo en ese momento y con esto no quiero quitar una pizca de culpa al rural.
 
Amigo docemonos, no creo que sepas muy bien de lo que hablas en cuanto a regimen disciplinario de la GC ni a lo que en realidad significa el trabajo y los conocimientos y responsabilidades que asume un GC en el cumplimientoi de sus funciones; ejemplo: dices que no le hace falrta para nada saber la ley de enjuiciemiento criminal.......................entonces como conoceria un GC los derechos que asisten a un detenido y los plazos de deteneción y las condiciones de la asistencia letrada a un detenido etc...... En fin :-?.

No quiero ser peñazo pero te aseguro que si a un GC "le da el toque" un mando "por el inexacto cumplimiento de la legalidad vigente en el Servicio"....no le dice "Morales hombre...... que sea la ultima vez" y por supuesto no te digo nada de si el que te "da el toque" es un juez, además, como sabrás, los GC no se rigen solo por la legislación civil.........sino que les afecta la militar; y si has hecho "la mili" sabrás de lo que te hablo.

Perdón por el rollo y reiterar que el Guardia Civil HIZO MAL en denunciar sin saber con certeza lo que denunciaba y que DEBERIA HABERLO CONSULTADO.

1 saludo :-X
 
mbfgc dijo:
Hola a tod@s:

Estoy totalmente de acuerdo con lo que comentas de que se te ha impuesto una multa y se te ha retirado el permiso de circulación sin motivo, por un error; cosa diferente sería que se te hubiera retirado a sabiendas de lo que hacía.

No es por nada pero para la información de los foreros criticos con la actuación de los rurales, te comento que un "rural" tiene muchas mas cosas en la cabeza a parte de las itv.

Os enumero un poco lo que tiene que saber un "rural":
-Codigo penal para aplicar la ley en la calle y no en un despacho de un juzgado con mil libros de consulta delante. (si el rural la caga=rural a la carcel).
-Ley de enjuiciamiento criminal....otro tanto.
-Ley de caza.
-Costas.
-Montes.
-Legislación fiscal y regimen aduanero y de impuestos especiales.
-Epizootias.
-Extrangeria.
-Drogas.
-Reglamentos de armas y de explosivos.
-Ley del menor.
-Ley de violencia de género.
-Ley de pesca.
-Reglamneto general de circulación y ley de seguridad vial................................etc

Os invito a que busqueis en internet esta legislación y cuando veais el TOCHO que es penseis en lo que tiene que hacer un "rural" sin pensar en las itv.

Reitero que se cometen errores como en cualquier otro trabajo pero que para eso estan los recursos y los pliegos de descargo. ;)

Un saludo 8-)

vale, vale, se puede "equivocar" el personaje, pero.....
La puede liar muy gorda con la equivocación, yo en mi trabajo tengo unas responsabilidades, si tengo que cubrir una rueda de prensa de un supuesto delincuente y escribo lo que a mi me da la gana negativamente por supuesto, estoy haciendo un juicio paralelo y negativo sobre el sujeto, donde lo van a leer más de 3.000.000 de personas, ya de momento lee estoy haciendo un daño de cojones y despúes si quieren que me pidan que rectifique (que no se rectifica normalmente, pero de momento el daño ya está hecho.

No he estudiado 4 años de carrera para despúes tomarmelo a la bartola, si este GC ha estudiado para ser GC debe estar totalmente al día y si no que se recicle haciendo cursos, así que amigo mbfgc, esto no me sirve.

PD: Lo digo cariñosamente heeeee, que leerlo igual suena más fuerte que si te lo digo tomando unas cañas debatiendolo.

un abrazo.
 
Más noticias.

Uet, NO ME PERCATÉ DEL ERROR DEL AGENTE. Llovía, se me mojaba todo, era de noche, tenía bajo mi responsabilidad a otros moteros, me perdió el permiso de circulación de la moto... pero sobre todo, porque he trabajado con ellos y todos han sido muy profesionales, me costó creer que él estuviese equivocado en su trabajo y yo en lo cierto. Al llegar a casa miro la legislación, documentación del vehículo, me lo empapo todo y hablo.
Uet, la próxima vez que me pare un rural de la Sierra de Albacete te voy a llamar para que hables tu con él... si puedes :D

No creo que el agente supiese lo que hacía, literalmente me preguntó "¿y la itv?" a lo que yo le contesté "ni idea, ¿aún no la tengo que pasar, verdad?" y él sólo se dijo: esto es como los coches así que te has pasado casi un año... y plas.

Esta tarde me he ido a la subsección de t´rafico en Albacete. Con la documentación ante un agente hemos hablado y me ha confirmado mucho de lo que vosotros habeis dicho. Mala formación, exceso de trabajo, que nadie le va ni a echar una bronquilla, que ellos también se equivocan... que un poco burro si que es porque se ha pasado. Al final todos nos hemos reido un poco de la situación y del agente. PARA MI, ESTE HA SIDO SU CASTIGO. Le llamarán sus compañeros al pueblo para que no curse la denuncia y me han tratado genial, como "casi siempre". Estoy seguro que esta ley no se le va a olvidar.

Por cierto, referente a las funciones y formación de un GC. Hablando con algunos de ellos, todos coinciden, cuando no tienen claro un asunto no se arriesgan, te broncan y te dejan ir como si te hubiesen hecho un favor, despues el agente se pone las pilas y no lo pillan más con esa duda.
Me parece que el que ha tenido suerte en esta historia es el agente por dar con un tipo como yo. No se si sano o tonto :-?
 
mbfgc dijo:
Hola a tod@s:

Estoy totalmente de acuerdo con lo que comentas de que se te ha impuesto una multa y se te ha retirado el permiso de circulación sin motivo, por un error; cosa diferente sería que se te hubiera retirado a sabiendas de lo que hacía.

No es por nada pero para la información de los foreros criticos con la actuación de los rurales, te comento que un "rural" tiene muchas mas cosas en la cabeza a parte de las itv.

Os enumero un poco lo que tiene que saber un "rural":..............etc.
-Codigo penal para aplicar la ley en la calle y no en un despacho de un juzgado con mil libros de Un saludo 8-)

Totalmente de acuerdo con tu apreciación, excepto por aquello de que, el desconocimiento de la Ley no nos exime de su cumplimiento. Por lo que cuando menos ese agente ha obrado con prepotencia y como bien lo ha definido Tomas, atropellandole en sus derechos. Lo menos que tendría que haber hecho, es informarse antes de retirarle el Permiso de Circulación. Aún a mayores, pienso que lo único procedente es que hubiese cursado la denuncia (admitiendo que todos nos podemos equivocar), sin rretirarle el permiso de circulación, puesto que el vehiculo estaba en perfecto estado "aparente" de funcionamiento.  ¿Morse, estoy equivocado?

Saludos
 
Tomas dijo:
Más noticias.

Uet, NO ME PERCATÉ DEL ERROR DEL AGENTE. Llovía, se me mojaba todo, era de noche, tenía bajo ...........

Esta tarde me he ido a...................... PARA MI, ESTE HA SIDO SU CASTIGO. Le llamarán sus compañeros al pueblo para que no curse la denuncia y me han tratado genial, como "casi siempre". Estoy seguro que esta ley no se le va a olvidar.

Por cierto, referente a las funciones y formación de un GC. Hablando con algunos de ellos, todos coinciden, cuando no tienen claro un asunto no se arriesgan, te broncan y te dejan ir como si te hubiesen hecho un favor, despues el agente se pone las pilas y no lo pillan más con esa duda.  
Me parece que el que ha tenido suerte en esta historia es el agente por dar con un tipo como yo. No se si sano o tonto :-?


Tomás, ni tonto, ni nada, a veces nos pillan de un modo que no sabemos como "resolver". Lo lógico sería que el GC te mandase una nota de disculpa, puesto que tu no estás más que interesado en recuperar tu Permiso de Circulación y en la cancelación de la denuncia.


Suerte y que todo termine bien. Yo por mi parte ya he aprendido algo. GRacias a todos por vuestras informaciones "legislativas. ;)

Saludos y V´ssssssss
 
mbfgc dijo:
Hola a tod@s:

Estoy totalmente de acuerdo con lo que comentas de que se te ha impuesto una multa y se te ha retirado el permiso de circulación sin motivo, por un error; cosa diferente sería que se te hubiera retirado a sabiendas de lo que hacía.

No es por nada pero para la información de los foreros criticos con la actuación de los rurales, te comento que un "rural" tiene muchas mas cosas en la cabeza a parte de las itv.

Os enumero un poco lo que tiene que saber un "rural":
-Codigo penal para aplicar la ley en la calle y no en un despacho de un juzgado con mil libros de consulta delante. (si el rural la caga=rural a la carcel).
-Ley de enjuiciamiento criminal....otro tanto.
-Ley de caza.
-Costas.
-Montes.
-Legislación fiscal y regimen aduanero y de impuestos especiales.
-Epizootias.
-Extrangeria.
-Drogas.
-Reglamentos de armas y de explosivos.
-Ley del menor.
-Ley de violencia de género.
-Ley de pesca.
-Reglamneto general de circulación y ley de seguridad vial................................etc

Os invito a que busqueis en internet esta legislación y cuando veais el TOCHO que es penseis en lo que tiene que hacer un "rural" sin pensar en las itv.

Reitero que se cometen errores como en cualquier otro trabajo pero que para eso estan los recursos y los pliegos de descargo. ;)

Un saludo 8-)

Ese es su problema, como yo en mi trabajo tambien tengo que aprenderme muchos tochos de muchas otras cosas, si no sabe fijo si esta haciendo bien o tiene la menor duda mejor es no multar.

Esa es mi opinion.

Saludos
 
Sin duda este es un tema de suma importancia, y estoy seguro que muchos estamos aprendiendo algo. ;)
 
Más noticias.

El agente con el que he hablado esta tarde (este es de tráfico, por eso está puesto en el tema) me ha llamado a mi movil hace un rato. Me ha contado que se ha puesto en contacto con el agente que me diagnosticó asma cuando lo que ocurre es que yo respiro así. :)

Este agente de tráfico si es de los buenos, me dice que me olvide de la denuncia, que aun no se había cursado. Me envían mi permiso de circulación desde la sierra a mi domicilio por correo.
No creo que el agente "metepatas" tenga sensibilidad suficiente para disculparse ni siquiera para leerse la ley como he hecho yo. Le bastará con la información de su compañero que, seguro, se habrá asegurado que este "compañero" conozca dicha normativa.

He conseguido mi permiso de circulación. También que este individuo quede informado. No he conseguido (ni lo he intentado) poner en aprietos a este señor. Espero que esto le haga recapacitar y, como ser inteligente que debe ser, no vea las cosas como blancas o negras... y que respete más a los moteros, que si somos inteligentes :D

Aunque lo más probable es que ahora esté en el bar del pueblo tomándose una fresca y recibiendo los peloteos de sus vecinos.

Las conclusiones prácticas son:
- Primera itv de una moto a los 5 años tras la primera matriculación. Los coches a los 4.
- los GC tambien se equivocan... los rurales más... y los de este foro nunca ::)
- Más vale maña que fuerza
- Por no llevar la itv en regla- retirada del permiso de circulación y 150 € de sanción (- 30% x pronto pago)
- cuidadín con el agente "metepatas" de Villaverde (Albacete), visto últimamente en la preciosa carretera que une Siles (Jaen) con Riopar (Albacete).

:) Gracias a todos, me habeis sido de gran ayuda para desahogarme ;)
 
Me alegro que al final se haya resuelto el tema así de bien ( dentro de lo malo creo que ha sido la mejor manera ) y demuestra que tambien existen buenos profesionales. Un saludo ;) ;)
 
Como diría Aníbal (el del Equipo A): "Me encanta que los planes salgan bien" :D

VSsssssssssss
 
Salud al foro.

datograma dijo:
Hay un punto en el que muchas veces no caemos. Tenemos que pasar la ITV de nuestros vehículos al complir la antigüedad, no a partir de su matriculación. A mi me pasó con un Land Rover que estuvo más de un año en la campa antes de su compra y a los tres años me enviaron una carta de la ITV. Acudí diciendoles que estaban equivocados y que me quedaba todavía un año. Me hicieron ver que en la tarjeta de inspección técnica emitida por Rover, el vehículo ya cumplía los cuatro años y que por ese documento se regían los plazos. Por lo tanto no cuentan desde la fecha de primera matriculación.
Lo que ocurre es que normalmente esperamos a que nos llegue el vehículo de fábrica porque no hay stock y prácticamente coinciden ambas fechas.


Pues te han tomado el pelo, el artículo 6º del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos, entre otras muchas cosas dice:

1. La inspección técnica periódica de los vehículos se hará de acuerdo con la siguiente frecuencia:


Motocicletas:
Hasta cinco años: exento.
De más de cinco años: bienal.


La antigüedad del vehículo deberá ser computada a partir de la fecha de matriculación que conste en el permiso de circulación.


Sólo he puesto lo que nos atañe, pero podéis leer el Real Decreto entero, yo es que lo tengo en el Disco Duro, y me parece que si lo pongo a quí me pegan ;D ;D ;D
 
Tomas, deberias de cambiarte el nick, el agente te debe haber confundido con El Pernales ;D ;D

Me alegro de que se haya solucionado, al final no has tenido ni que hacer el recurso.
 
docemonos dijo:
Amigo Mbfgc, no es por llevarte la contra, y tampoco voy a ser exhaustivo, pero por puntualizar un poco...

..........., un[highlight] GC NO NECESITA saber nada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,[/highlight] eso dejanoslo a los Procuradores (ni siquiera a los Abogados) y a los funcionarios de los Juzgados.



:o :o :-? ¿¿¿¿No??? :o :-? :-?

Te invito a que te leas el [highlight]art. 520 de la LECrim[/highlight]...., No creo que ningún miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad presente a ningún detenido sin haberle informado antes de los derechos que le asisten (verbalmente y por escrito), como para no saberselo!


bufff, cuidadito con las afirmaciones que hacemos.

Mbfgc, ves, aquí, el que tiene boca se equivoca, incluso los que no son rurales  ;D

Es humano.

Saludos de uno que se cuela de cuando en cuando ;)

J
 
;) ;) Para quien no lo sepa, Ein es un tipo agudo.
A un par de kilómetros de donde tuve el percande apresaron al Pernales. Este hombre era un vandolero serrano de los de trabuco y navaja.

Muy buena apreciación Ein ;D ;D ;D

Esta mañana, en mi correo me he encontrado un sobre que contenía mi permiso de circulación y una nota manuscrita de disculpa por parte del agente implicado, indicándome que la denuncia ha sido retirada. Para mi es más que suficiente, teniendo en cuenta que a este señor le avisaron ayer por la tarde, que trabaja en un pueblo perdido de la sierra y que alguien se ha tomado ciertas molestias para que vuelva a estar en posesión de mi documentación hiperrrápidamente :) :) :)

Asunto zanjado.

Ahora la parte graciosa.
En la misma nota manuscrita el agente me recuerda: "su vehículo matrícula **** deberá pasar revisión en itv con fecha *****"
;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Como lo vuelva a encontrar en la sierra le invitaré a una cerveza bien fría y le pediré que me vuelva a revisar la documentación ;)

¡COMO SOIS LOS GGCC.!
 
Tomas dijo:
;) ;) Para quien no lo sepa, Ein es un tipo agudo.
A un par de kilómetros de donde tuve el percande apresaron al Pernales. Este hombre era un vandolero serrano de los de trabuco y navaja.

Muy buena apreciación Ein  ;D ;D ;D

Esta mañana, en mi correo me he encontrado un sobre que contenía mi permiso de circulación y una nota manuscrita de disculpa por parte del agente implicado, ...................

Asunto zanjado.

¡COMO SOIS LOS GGCC.!


¡ENHORABUENA! Como bien dices asunto zanjado . "Bien esta si Bien acaba" . Y el G.C. ha cumplido con la nota de disculpa. :) ;)

Saludos y que todos sigamos bien.
 
bien esta lo que bien acaba, te trato correctamente y te ha pedido disculpas por un error que ha tenido y que cualquiera puede tener, creo que todos nos equivocamos alguna vez y lo ha solucionado de la manera menos molesta para ti y mas rapida, ole sus güevos ;)
 
Me ha parecido uno de los post más interesantes de los últimos días. Me alegro de que hayas solucionado el problema y realmente siento que pasen estas cosas. Todos nos equivocamos, y en este caso creo que el GC debería llevarse una bronca de alguien que pueda dársela, no creo que sea necesario nada más, salvo pedir disculpas a quien ha perjudicado.
Es cierto que un GC tiene que saber muchas más cosas de las que realmente sabe, y no solo eso, sino que tiene que saberlas de inmediato, no puede sentarse en su despacho y buscar la documentación que necesita o pedir consejo tranquilamente y estudiar el caso con calma, como hacen otros.
También es cierto que, precisamente por eso existe la GC de Tráfico, como especialidad (y dentro de ésta hay otras más específicas como transportes por ejemplo), así que a un rural no creo que nadie le exija meterse de buenas a primeras en asuntos relacionados con tráfico. ¿Conocéis a algún "motorista" que se ponga a custodiar detenidos en un calabozo? Pues eso, cada uno a lo suyo.
 
Pues si, Tippex. ;)

Sólo quería añadir una aclaración interesante que se me había olvidado.

Cuando te retiran el permiso de circulación y se te pasa el susto piensas "al menos puedo seguir usando la moto 10 días con el volante provisional que te dan y sustituye al del vehículo". FALSO. MUCHA PRECAUCIÓN. Este volante sólo sirve para regresar a casa y llevar la moto a la itv. Un nuevo agente puede (si lo cree conveniente y si te para, claro) inmovilizarte la moto que se la llevará la grua y eso es un problema serio a nivel burocrático y económico.

También puedes tener problemas con el seguro en caso de accidente. Mucha precaución chicos.
 
tippex dijo:
así que a un rural no creo que nadie le exija meterse de buenas a primeras en asuntos relacionados con tráfico. ¿Conocéis a algún "motorista" que se ponga a custodiar detenidos en un calabozo? Pues eso, cada uno a lo suyo.

Eso pregúntaselo a los guardias a los que el comandante de puesto les coloque plantón de control de documentación una tarde de domingo :-X :-X
 
Mambrú dijo:
[quote author=tippex link=1142893531/30#36 date=1143060597] así que a un rural no creo que nadie le exija meterse de buenas a primeras en asuntos relacionados con tráfico. ¿Conocéis a algún "motorista" que se ponga a custodiar detenidos en un calabozo? Pues eso, cada uno a lo suyo.

Eso pregúntaselo a los guardias a los que el comandante de puesto les coloque plantón de control de documentación una tarde de domingo  :-X :-X
[/quote]


o un dia o noche cualquiera, que tambien pasa
 
JA,JA. Yo no se lo que me pasa en estas últimas semanas. LLevo años en los que no me han parado y esta misma tarde..... :o

Me pillo la moto para pasar un par de horas en una gasolinera que hay en la carretera de Jaen, muchas curvas de camino a Jerez y muchos moteros plegando a tope. Está a 60 km de Albacete.
Voy a 100 de marcador en esta Nacional. Me adelantan sin parar Rsss a toda pastilla. Me despega las pegatinas una Kawa ZZR 1100 y detrás, pegadito, un Ford mondeo que supongo es de sus colegas. El coche iba a toda leche y me adelanta en linea continua, me pita, me da un susto de muerte y se me acaban los insultos y ademanes.
Voy a cantarle las cuarenta al del coche que ha parado en el arcén junto a su colega de la ZZR. :o :o Tierra, trágame. Es un coche radar y me da el alto, me revisa enterito y, esta vez si :D, todo en regla. Pero al de la ZZR le han arreglado Jerez.

Creo que me voy a pegar la documentación en la espalda para no tener que sacarla tantas veces. :'( :'( :'( :'( :'(
 
Je je, Tomás es que ya has abierto la caja de pandora y no tiene vuelta atrás. A partir de tu desafortunado incidente tooda la GC te tié fichá la documentación de la moto y estás en busca y captura. ;D ;D

VSssssssss y suerte.
 
Esta mañana, en mi correo me he encontrado un sobre que contenía mi permiso de circulación y una nota manuscrita de disculpa por parte del agente implicado, indicándome que la denuncia ha sido retirada. Para mi es más que suficiente, teniendo en cuenta que a este señor le avisaron ayer por la tarde, que trabaja en un pueblo perdido de la sierra y que alguien se ha tomado ciertas molestias para que vuelva a estar en posesión de mi documentación hiperrrápidamente

Asunto zanjado.

Ahora la parte graciosa.
En la misma nota manuscrita el agente me recuerda: "su vehículo matrícula **** deberá pasar revisión en itv con fecha *****"

Se me ponían los ojos como platos según iba leyendo el post.

Una vez más el "romano" que se mete en cosas que no le importan.... los puñeteros "gallifantes" para conseguir las productividades coyunturales.... en fín, cosas que el buen Tomás ni se imagina lo retorcido que puede llegar a ser un individuo, padre de familia, para conseguir una de ellas.

Me veo al Comandante de Puesto (que igual es un guardia igual que él o un cabo tomatero) poniéndole a caer de un burro. Y me veo al guardia que te multó yendo con su coche particular hasta tu casa para meterte en el buzón el sobre con el permiso de circulación -no te lo daría en mano para ahorrarse la vergüenza-. La GC es así... nada que ver con lo que podéis apreciar desde fuera los demás (y seguro que algunos de los que aquí escriben están ahora asintiendo con la cabeza).

La próxima vez que le veas, invítale a un café y tendrás un amigo en la Sierra Albaceteña ;) ... más que nada porque la denuncia la podría haber anulado y remitir tu permiso de circulación junto con la denuncia a la JPT y después hubieses tenido que ir tú allí a recogerlo... un lío. De este modo, que me juego una ronda de birras a que fue con su coche particular a echarlo en tu buzón, te ha ahorrado un viaje a la JPT y aguantar una cola :)

Los del Mondeo, me imagino la escena. Aunque no hubiese estado de más, que una vez que te paraste detrás de los del Mondeo, les hubieses dicho "dale, dale para que deje de ir como va, que así no nos representa a los moteros". Te aseguro que en más de una ocasión me he sentido orgulloso de mi trabajo, cuando teniendo parado a un "carrerillas" (fuese en moto o enlatado) han pasado otros coches y motos y se han puesto a pitar o enseñándome el pulgar hacia arriba. Incluso algunos bajan la ventanilla y dicen "dale, dale" ;D ;D
 
Edmenahi, totalmente de acuerdo contigo, has dado en el clavo.
 
Pues sí Tomás... me temo que como d¡ice GALBIN igual has abierto la caja de Pandora y te ha "fichao" la matrícula y la moto. :D :D
Mantennos al corriente de tus flirteos con la Benemérita !!!! ;)

Saludos desde GC (=isla de GRAN CANARIA!!!!!!) :D
 
Cita de docemonos en 21.03.06 a las 12:04:30:
Amigo Mbfgc, no es por llevarte la contra, y tampoco voy a ser exhaustivo, pero por puntualizar un poco...

..........., un GC NO NECESITA saber nada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, eso dejanoslo a los Procuradores (ni siquiera a los Abogados) y a los funcionarios de los Juzgados.


Perdón si no es el lugar adecuado, pero me es imposible pasar por alto semejante BURRADA:
Desde cuando la Ley de Enjuiciamiento Criminal es "cosa" de Procuradores ( ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ... ) y de Funcionarios de los juzgados ( ;D ;D ;D ) y no de los Abogados????????? :o :o :o :o

TODOS los agentes de la Autoridad -y por tanto los GC- conocen -o al menos DEBEN CONOCER- ciertos Arts. de la citada LECr. para el ejercicio de sus funciones.

Los Funcionarios de Juzgados de Instrucción o Penal -vale, o mixtos que intervienen en temas penales DEBEN CONOCER la LECr. porque tramitan los procedimientos penales y, por tanto aplican a diario lesta Ley

TODOS los Abogados que lleven asuntos penales CONOCEN CON CIERTA PROFUNDIDAD Y MANEJAN Arts. de la LECr. en los diferentes trámites de cualquier procedimiento penal.

NINGUNO O POQUÍSIMOS PROCURADORES de los que intervienen en asuntos penales, conocen la LECR. Me consta con muchos años (+15) de ejercicio de la Abogacía. Lo siento si perteneces a este colectivo. Me gustaría estar equivocado pero nadie me lo ha demostrado aún. ;)

En cuanto a las actuaciones delos GC, como en todo, nunca se debe generalizar... Este GC ha actuado mu bien al saber rectificar, pese a la nefasta actuación inicial propia de la fama que se les atribuye. Yo también conozco otros muchos GC muy correctos y profesionales.
 
Es evidente que el Guardia Civil ha cometido un error.
Imagino que en su pueblo estarán preparando el cadalso para colgarlo en la plaza al amanecer. >:( >:( >:( >:( >:( >:(

El relato de la denuncia es un tanto grandilocuente y creo que no es para tanto.
Acudes a la JPT que te corresponda presentas el pliego de alegaciones correspondiente y todo solucionado. Creo que no se acabará el mundo por una circunstancia como esta.
Todos nos equivocamos, desgraciadamente algunos cuando lo hacemos ocasionamos perjuicios a otras personas. Es de sentirlo, pero tampoco es que recibamos muchas alabanzas cuando le sacamos a alguien el culo del fuego. :-/ :-/ :-/
 
mbfgc dijo:
Amigo docemonos, no creo que sepas muy bien de lo que hablas en cuanto a regimen disciplinario de la GC ni a lo que en realidad significa el trabajo y los conocimientos y responsabilidades que asume un GC en el cumplimientoi de sus funciones; ejemplo: dices que no le hace falrta para nada saber la ley de enjuiciemiento criminal.......................entonces como conoceria un GC los derechos que asisten a un detenido y los plazos de deteneción y las condiciones de la asistencia letrada a un detenido etc...... En fin :-?. .

Hombre, eso de no saber de lo que hablo... de momento en el despacho los clientes no se quejan por que no sepamos llevarles los pleitos, y creo que mis familiares y amigos GC no me van a tener engañado con respecto a su trabajo... y sobre lo de "no saber NADA de la LECrim" los miembros de la GC, pues quizá sea exagerado ese NADA, pero creo que como profesional de los pleitos deberás concederme que ese texto ESENCIALMENTE lo que regula es el funcionamiento de los Tribunales, no el de la Guardia Civil... que sí, que esta tb actúa en ocasiones sujeta a ese texto, pero a lo que yo me refería tanto en la LECrim como en los demás textos, es q NO TIENEN QUE APLICARLOS ÍNTEGROS en su trabajo diario... tb comentaba yo que en la exhaustiva relación de textos legales que deben aplicar en ese colectivo faltaban cosas, como lo de que quedaba fuera el tema medioambiental...


mbfgc dijo:
reiterar que el Guardia Civil HIZO MAL en denunciar sin saber con certeza lo que denunciaba y que DEBERIA HABERLO CONSULTADO.

Ves, en eso sí estamos de acuerdo ;)
 
OSM-650 dijo:
TODOS los Abogados que lleven asuntos penales CONOCEN CON CIERTA PROFUNDIDAD Y MANEJAN Arts. de la LECr. en los diferentes trámites de cualquier procedimiento penal.

NINGUNO O POQUÍSIMOS PROCURADORES de los que intervienen en asuntos penales, conocen la LECR.  Me consta con muchos años (+15) de ejercicio de la Abogacía. Lo siento si perteneces a este colectivo. Me gustaría estar equivocado pero nadie me lo ha demostrado aún.   ;)

La primera afirmación no te la voy a negar, por supuesto, pero me vas a permitir que la segunda TE LA NIEGUE CATEGÓRICAMENTE.

El despacho donde trabajo lleva abierto y funcionando con éxito desde antes de que yo naciera (y tengo 35 años), y aunque los asuntos penales que llevamos sean sólo un 15/20% aproximadamente sobre el total no conocemos otra manera de llevarlos sino es teniendo en cuenta ese curioso librito que cada años nos regalan los de La Ley, Aranzadi o el que toque y que nos dice como, cuando y de qué manera debemos llevar esos papelitos que nos mandan los Abogados al Juzgado, tanto como los que del Juzgado nos ponen ocasionalmente en los casilleros del Servicio Común de Notificaciones por no hablar de que a la hora de proponer pruebas, periciales, práctica de las mismas, testificales, en fin, esas cosas, en el Código de Comercio y en la Ley de Puertos hemos intentado buscar ayuda pero no la hemos encontrado.

No sé en qué localidad ejerces ni con qué compañeros te las ves, pero desde luego has tenido auténtica mala suerte al dar con unos que desconocen la LECrim... supongo que en ese caso te encagarás tú mismo de la parte de representación procesal además de la defensa letrada... se ahorra dinero en aranceles, cierto, pero creo que no está legalmente permitido en todos los casos salvo que te dediques sólo a monitorios sin oposición, ciertos laborales y contenciosos y cosas así ;)
 
docemonos dijo:
... y aunque los asuntos penales que llevamos sean sólo un 15/20% aproximadamente sobre el total [highlight]no conocemos otra manera de llevarlos sino es teniendo en cuenta ese curioso librito que cada años nos regalan los de La Ley, Aranzadi o el que toque y que nos dice como, cuando y de qué manera debemos llevar esos papelito[/highlight]s que nos mandan los Abogados al Juzgado, ...
                        :o   :o   :o   :o   :o   :o

              Pues si toda vuestra fuente de conocimiento jurídico procesal se basa en una de esas Agenda de las editoriales... Ya me lo has dicho todo.   ;)

              Dejemos las cosas como están... Mis mejores saludos moteros!!!! Que ruedes a gusto y que tu BMW te de felicidad durante muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchos kilómetros!!!   :)
 
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